SFC - Canal Internet. Requerimientos mínimos de seguridad. Culpa compartida Delegatura para Funciones Jurisdiccionales
Superintendencia Financiera
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SFC - Canal Internet. Requerimientos mínimos de seguridad. Culpa compartida Delegatura para Funciones Jurisdiccionales
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- —
. 2 ¿e a e TT AM . > : A a Cé: | En qe EROS yse td Jo Irikemmo E e , a . a | e r a a a o l E ¡ N E B 5 11 : A a c i M ' » y h “ > E S A s a c A I C N E D N E A T R N A E I I I R B C E M N P O A U L N S I O E “ F C D S E L A N A O I R S C U E C T N I A O D G I S E C I A L N R R E U A U D F P J 80000 ACCIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR ARTÍCULOS 57 y 58 DE LA LEY 1480 DE 2011 y 24 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO.- Radicado interno: 2016057419
506 —JURISDICCIONALES
23 AUDIENCIA DE FALLO
Expediente: 2016-0954
Demandante: ALEXANDER RIOS RODRÍGUEZ
Demandado: BBVA COLOMBIA S.A.
Asunto: AUDIENCIA PÚBLICA — PROCESO VERBAL SUMARIO.
En Bogotá D.C., a tos 31 días del mes de octubre de 2016, en fecha y hora señaladas mediante auto del pasado 6 de septiembre de 2016 (fl. 210) para llevar a cabo la audiencia contemplada
el artículo 392 del Código General del Proceso, la Delegatura para Funciones Jurisdiccionales se constituye en audiencia inicial para los efectos correspondientes, disponiendo la grabación de lo actuado mediante sistema de grabación acorde con lo dispuesto en el numeral 4% del artículo 107 fbídem, registro que forma parte integral de la presente acta. Asiste la audiencia el abogado Luis Antonio Orjuela Morales, profesional de la Delegatura. En la sede de la Delegatura, comparece el demandante ALEXANDER RÍOS RODRÍGUEZ identificado con cédula de ciudadania número 39.687.867. Por la parte demandada, comparece el señor JUAN DIEGO MANAJARRES GARCÍA identificado con cédula de ciudadania No. 79.909.203 y tarjeta profesional N114.649 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de Apoderado General de BBVA COLOMBIA S.A., tal como consta en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio de Bogotá (fis. 103 a 125), acompañado del abogado RONALD RUEDA REY, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.895.213 y tarjeta profesional No. 216.236 del Consejo Superior de la Judicatura.
DECLARA FALLIDA CONCILIACIÓN Y ORDENA PRACTICAR LOS INTERROGATORIOS DE
LAS PARTES.
INTERROGATORIO AL DEMANDANTE
INTERROGATORIO AL APODERADO GENERAL DE BBVA COLOMBIA S.A.
FIJACIÓN DE HECHOS NO DISCUTIDOS, DEL LITIGIO Y DE LOS HECHOS POR PROBAR DECRETO DE LAS PRUEBAS SOLICITADAS POR LAS PARTES Y DE OFICIO.
PRACTICA DE PRUEBAS
CIERRA DEBATE PROBATORIO Y CORRE TRASLADO PARA ALEGAR.
ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDANTE
ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDADA
Calle 7 No, 4-49 Bogotá D.C, Conmutador: (571) 5 94 02 00 - 594 02 01 MINHACIENDA E mean PAÍS NUEVO O superfinanciera.gov.co www.
FIS BOUICAD ADUCICICA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Audiencia de Fallo 2016 - 0954.
Una vez escuchados los alegatos de las partes, se decreta un receso, para entrar a proferir la sentencia, suspendiendo la grabación correspondiente. Reanudada la audiencia, la DELEGATURA PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, profiere la siguiente:
SENTENCIA
(En archivo de audio) Procede la Delegatura para Funciones Jurisdiccionales de la Superintendencia Financiera de Colombia, bajo la perspectiva del régimen dé protección al consumidor, a resolver en derecho la controversia surgida de la relación contractual establecida entre el ALEXANDER RIOS RODRÍGUEZ y BBVA COLOMBIA S.A. Para el efecto, de conformidad con el inciso 2? del articulo 107 del Código General del Proceso, procede a consignar su parte resolutiva: Conforme con las consideraciones expuestas, la DELEGATURA PARA FUNCIONES
JURISDICCIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: DECLARAR No probadas las excepciones de mérito denominadas "CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DE BBVA COLOMBIA,” y “CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA, y HECHO DE UN TERCERO por las razones expuestas a lo largo de esta decisión.
SEGUNDO: DECLARAR PROBADA de oficio la excepción de INCUMPLIMIENTO
CONTRACTUAL DEL DEMANDANTE.
TERCERO: CONDENAR AL BANCO BBVA a pagar al señor ALEXANDER RÍOS RODRÍGUEZ la suma de $ 2.195.000 dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria de esta decisión.
CUARTO: NEGAR las demás pretensiones de la demanda.
QUINTO: Sin condena en costas.
Cumplido lo anterior, por Secretaria, archivese el expediente. La presente decisión se notifica a las partes en estrados. No siendo más el motivo de la presente, se termina y firma el acta correspondiente por quienes en ella intervinieron.
LA DELEGATURA PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES, Alli j
EL DEMANDANTE,
S U P E R I N T E N D E N C I A F I N A N C I E R A D E C O L O M B I A . A u d i e n c i a d e F a l l o 2 0 1 6 — 0 9 5 4 . 2 á