SFC - Capítulo - 13-16 - Circular 020 de 2019, Anexo 2
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Capítulo - 13-16 - Circular 020 de 2019, Anexo 2
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 16 MÁRGEN DE SOLVENCIA Y OTROS REQUERIMIENTOS DE PATRIMONIO
Página 1
ANEXO 2
MECANISMOS PARA SOLICITAR LA APLICACIÓN ANTICIPADA DE LOS NUEVOS REQUISITOS DE MARGEN DE SOLVENCIA Y OTROS REQUERIMIENTOS DE PATRIMONIO DE LOS DECRETOS 1477 DE 2018 Y 1421 DE 2019, Y SUS MODIFICACIONES De acuerdo con las nuevas instrucciones del régimen de “Margen de Solvencia y Otros Requerimientos de Patrimonio” que deben cumplir los establecimientos de crédito de conformidad con los Decretos 1477 de 2018 y 1421 de 2019 y sus modificaciones, las entidades de las que trata el presente Capítulo deben solicitar a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) la aprobación de los compromisos que se derivan de la decisión de dar aplicación anticipada de tales requisitos de capital. Para el efecto, las entidades deben diligenciar y remitir a la SFC, de manera individual, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud de aprobación de compromisos: Este documento debe ser diligenciado por la entidad cuando la respectiva junta directiva u órgano que haga sus veces haya aprobado la aplicación anticipada de los Decretos 1477 de 2018 y 1421 de 2019 y sus modificaciones, incluidos al menos los requisitos de riesgo operacional, así como cualquier otro aprobado por el referido órgano de administración, sin hacer uso de la transacción a que se refiere el artículo 7 del Decreto 1421 de 2019 y el 13 del Decreto 1477 de 2018, respectivamente.
2. Acta de junta directiva: Este documento debe adjuntarse a la “Carta de solicitud de aprobación de compromisos”, indicando expresamente y de manera puntual el (los) compromiso(s) que exige para la entidad y sus administradores la decisión de dar aplicación anticipada al nuevo “Margen de Solvencia y Otros Requerimientos de Patrimonio” establecidos en los Decretos 1477 de 2018 y 1421 de 2019 y sus modificaciones y en el Capítulo XIII-16 de la Circular Básica Contable y Financiera de la SFC, incluidos al menos los requisitos de riesgo operacional, así como cualquier otro aprobado, sin hacer uso de la transacción a que se refiere el artículo 7 del Decreto 1421 de 2019 y el 13 del Decreto 1477 de 2018, respectivamente.
En virtud de lo anterior, a continuación se presenta el modelo de comunicación que las entidades deben emplear para solicitar la aplicación anticipada. Toda solicitud debe ser enviada a la SFC con copia del extracto del acta de la junta directiva u órgano que haga sus veces, en la cual conste la manifestación de la aprobación de los compromisos señalados en el numeral 2 del presente Anexo, a través del trámite 126 “Solvencia para establecimientos de crédito”. Anexo 2 – Mecanismos para solicitar la aplicación anticipada Circular Externa 020 de 2019 Septiembre de 2019
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 16 MARGEN DE SOLVENCIA Y OTROS REQUERIMIENTOS DE PATRIMONIO
Página 2 Bogotá, DD de MM de AAAA. Doctor(a)
(NOMBRE DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO)
Superintendente Delegado para Intermediarios Financieros Superintendencia Financiera de Colombia Ciudad Estimado(a) doctor(a): En mi calidad de Representante Legal Principal de (Nombre de la Entidad) me permito someter a consideración de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), el documento con las decisiones y compromisos señalados en el numeral 2 del Anexo 2 del Capítulo XIII-16 de la Circular Básica Contable y Financiera expedida por la SFC. Para el efecto le informamos que, tal y como se establece en el documento que se adjunta, la junta directiva (u órgano que haga sus veces), en reunión realizada el (DD/MM/AAAA) decidió efectuar el compromiso de: Iniciar a partir de (DD/MM/AAAA) la aplicación anticipada de las instrucciones del nuevo marco normativo sobre el “Margen de Solvencia y Otros Requerimientos de Patrimonio”, establecidos en los Decretos 1477 de 2018 y 1421 de 2019 y sus modificaciones, y en el referido Capítulo XIII-16 de la Circular Básica Contable y Financiera de la SFC, incluidos los requisitos de riesgo operacional, sin hacer uso de la transacción a que se refiere el artículo 7 del Decreto 1421 de 2019. (). Iniciar a partir de la fecha antes señalada la implementación de los requisitos relativos a la relación de solvencia básica adicional y los colchones, a que se refiere el artículo 13 del Decreto 1477 de 2018, modificado por el Decreto 1421 de 2019, hasta llegar a su aplicación plena en un término de 4 años. ()
Atentamente, Nombre C.C
REPRESENTANTE LEGAL PRINCIPAL
(NOMBRE DE LA ENTIDAD)
(NIT de la Entidad) () Adicionalmente se deben relacionar los demás requisitos que mediante el acta respectiva la junta directiva u órgano que haga sus veces haya decidido anticipar, sin hacer uso de la transacción a que se refiere el artículo 13 del Decreto 1477 de 2018 y sus modificaciones. () Este compromiso no se requiere si la entidad decide aplicar todo el régimen de los Decretos 1477 de 2018 y 1421 de 2019. Anexo 2 – Mecanismos para solicitar la aplicación anticipada Circular Externa 020 de 2019 Septiembre de 2019