SFC - Capítulo 13-16 - Circular 030 de 2019, Anexo 3
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Capítulo 13-16 - Circular 030 de 2019, Anexo 3
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 16 MÁRGEN DE SOLVENCIA Y OTROS REQUERIMIENTOS DE PATRIMONIO
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ANEXO 3
METODOLOGÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES CON IMPORTANCIA SISTÉMICA (EIS) De acuerdo con las disposiciones establecidas por el artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010 los establecimientos de crédito con importancia sistémica están obligados a constituir el colchón de capital que corresponde al 1% del valor de los activos ponderados por nivel de riesgo de crédito, mercado y operacional que deberá mantenerse en el Patrimonio Básico Ordinario neto de deducciones (PBO) de conformidad con la metodología que defina esta Superintendencia. El presente anexo describe la metodología que utiliza la SFC para la definición de los establecimientos de crédito con importancia sistémica, la cual está alineada a la propuesta del Comité de Basilea (BIS, 2018) y evalúa cuatro criterios: tamaño, interconexión, sustituibilidad y complejidad, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010. Las entidades que se definan como sistémicas bajo la metodología aquí señalada, se entenderán como sistémicas tanto a nivel individual como consolidado.
1. Cálculo del nivel de sistemicidad La SFC evalúa cuatro categorías: el tamaño de la entidad, su interconexión, la ausencia de sustitutos o de infraestructura financiera fácilmente disponible para los servicios que prestan y su complejidad. La combinación de
éstas permite dimensionar las externalidades negativas, derivadas de eventuales complicaciones en la entidad, respecto de la estabilidad financiera. Cada una de estas categorías pondera al 25% y al interior de las mismas los pesos de cada indicador se distribuyen conforme se reporta en el cuadro 1. Cuadro 1: Método de medición basado en indicadores Categoría (ponderación) Indicador Ponderación del indicador Exposición total calculada como el valor de apalancamiento al que se Tamaño (25%) refiere el artículo 2.1.1.3.6 del Decreto 25% 2555 de 2010 Activos dentro del sistema financiero 8.3% Pasivos dentro del sistema financiero 8.3% Interconexión (25%) Títulos en circulación 8.3% Pagos liquidados y compensados a Sustituibilidad (25%) través del sistema de pagos 12.5% Volumen transado 12.5% Derivados (OTC) 8.3% Activos de nivel 3 8.3% Complejidad (25%) Inversiones negociables y disponibles 8.3% para la venta Activos que no tienen información de mercado observable para su valoración, conforme a la jerarquía de valor razonable del
IFRS 7
Fuente: Basilea (2018), SFC.
El tamaño es la medida tradicional de importancia sistémica dado que cuanto mayor sea la dimensión de una entidad, más difícil será que otras asuman rápidamente sus actividades, y por lo tanto mayor será la probabilidad de que su quiebra altere el funcionamiento del mercado. Este indicador se mide utilizando el valor de apalancamiento al que se refiere el artículo 2.1.1.3.6 del Decreto 2555 de 2010.
El grado de interconexión refleja la probabilidad de que las dificultades financieras de una institución puedan generar que otra(s) entidad(es) también lo experimente(n), como consecuencia de la red de las obligaciones contractuales en las que operan estas instituciones. Este indicador tiene tres dimensiones las cuales ponderan 8.3% cada una: (i) activos dentro del sistema financiero, (ii) pasivos dentro del sistema financiero y (iii) valores en circulación. La sustituibilidad captura el hecho que, a mayor importancia sistémica de una entidad, bien sea en una determinada línea de negocio o como proveedor de servicios de infraestructura (por ejemplo, sistemas de pagos) mayor alteración o disrupciones en el mercado provocará su quiebra. Ante la ausencia de activos en custodia, el indicador captura dos dimensiones las cuales ponderan 12.5% cada una: (i) la actividad de pagos, y (ii) el volumen de operaciones suscritas en los mercados de deuda y de capital. Finalmente, el criterio de complejidad hace referencia a la dificultad en términos de costo y tiempos para la resolución de una entidad en problemas. Su medición se realiza a partir de tres indicadores, los cuales ponderan 8.3% cada uno: (i) el importe nocional de derivados OTC, (ii) los activos de Nivel 3 y (iii) los valores mantenidos con fines de negociación y disponibles para su venta. Las fuentes de información que utiliza la SFC en la medición de estas cuatro categorías son detalladas en el cuadro 2 y corresponde a la reportada por cada entidad. Circular Externa 030 de 2019 Diciembre de 2019
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Página 2 Cuadro 2: Detalle de indicadores y fuentes de cálculo Categoría (ponderación) Indicador Ponderación Fuente Balance y Formatos 1.1 Exposición total calculada como el valor de 110 (hasta
1. Tamaño (25%) apalancamiento al que se refiere el artículo 2.1.1.3.6 25% dic-20) o del Decreto 2555 de 2010 239 (a partir de ene-21) 2.1 Activos dentro del sistema financiero 2.1.1 Posiciones activas en el mercado monetario con Formato entidades financieras 396 y 397
Formato 2.1.2 Cartera otorgada a entidades financieras 341 8.30% Formato 2.1.2.3 Títulos emitidos por otras entidades financieras 351 Formato 2.1.2.4 Derivados activos OTC mark to market con 468, 469, contrapartes financieras 471 y 472 2.2 Pasivos dentro del sistema financiero 2.2.1 Posiciones pasivas en el mercado monetario con Formato
2. Interconexión (25%) entidades financieras 396 y 397
Formato 2.2.2 Depósitos y cartera de entidades financieras 459 y 341 8.30% Formato 2.2.3 Bonos emitidos por el banco que tenga otra entidad 459 y 351 Formato 2.2.4 Derivados pasivos OTC mark to market con 468, 469, contrapartes financieras 471 y 472 2.3 Títulos en circulación Balance, 2.3.1 Bonos, CDTs y acciones 8.30% Formato 351 3.1 Pagos liquidados y compensados a través del
12.50% CUD sistema de pagos
3. Sustituibilidad (25%) SEN y 3.2 Volumen transado 12.50%
MEC Formato 4.1 Derivados brutos OTC 8.30% 468, 469, 471 y 472
4. Complejidad (25%) Formato 4.2 Activos de nivel 3 8.30% 351 4.3 Inversiones negociables y disponibles para la Formato 8.30% venta 351 CUD: Sistema de Cuentas de depósito, es el sistema de pagos de alto valor administrado y operado por el Banco de la República. MEC: Mercado Electrónico Colombiano, administrado por la Bolsa de Valores de Colombia. SEN: Sistema Electrónico de Negociación, es un sistema para la negociación y de registro de operaciones sobre Valores, administrado por el Banco de la República.
2. Cálculo de la puntuación El grado de sistemicidad se obtiene a partir del puntaje obtenido por la entidad, el cual se calcula de la siguiente manera: a) Para cada indicador, se dividirá su valor entre la suma de los valores del indicador para todas las entidades susceptibles de ser identificadas como entidades sistémicas. b) El valor resultante se multiplicará por la ponderación correspondiente del indicador. c) La suma de los puntajes de los indicadores de una categoría determina la puntuación de ésta para cada entidad. d) La suma de las puntuaciones de las 4 categorías determina la puntuación total (grado de sistemicidad) de cada entidad.
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3. Determinación de las entidades con importancia sistémica Una vez establecido el puntaje de sistemicidad de la entidad, la SFC utiliza dos criterios: a) La metodología Diana de Cluster, mediante el cual se identifican dos grupos: i) entidades que clasifican para ser sistémicas y ii) entidades que no clasifican para ser sistémicas. La actualización de los grupos será anual. Esta metodología fue seleccionada como resultado de validar las medidas de connectivity, dunn y silhouette, entre las metodologías de hierarchical, kmeans, pam, diana, clara y agnes, para diferentes tamaños de clúster. Como resultado de dicha evaluación, la SFC constató que la metodología escogida preveía las mejores condiciones de consistencia, homogeneidad y estabilidad. b) Puntuación total por entidad igual o superior a 6.45% Teniendo en cuenta lo anterior, serán entidades sistémicas todas aquellas que cumplan con los dos criterios señalados anteriormente, es decir, que hagan parte del primer grupo en el Cluster y obtenga una puntuación igual o superior a 645 pb.
4. Publicación de información y notificación La SFC publicará las puntuaciones de los establecimientos de crédito identificados como entidades con importancia sistémica a más tardar en noviembre de cada año con información cifras a junio del mismo año.
Los establecimientos de crédito que sean considerados como EIS serán notificados de forma individual por la SFC, especificando el plazo para dar por cumplimiento al colchón de que trata el artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010. Las entidades que dejen de ser consideradas como EIS no tienen la obligación de mantener el colchón sistémico
señalado en el artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010, a partir de la fecha de la publicación del listado por parte de la SFC. Por lo tanto, las entidades que siendo EIS dejen de serlo podrán desacumular su capital conforme a las normas vigentes. En tales eventos podrán enviar una comunicación a la SFC informando su decisión de desacumular el colchón, con la indicación de los mecanismos establecidos, el plazo en el cual se completará dicho proceso y una justificación de la suficiencia de su capital después del mismo. Lo anterior sin perjuicio de las medidas de supervisión que considere apropiadas adoptar la SFC. Circular Externa 030 de 2019 Diciembre de 2019