SFC - Casas de cambio extranjeras. Apertura de sucursales Concepto No. 2009046064-001 del 23 de julio de 2009 id2009046064
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Casas de cambio extranjeras. Apertura de sucursales Concepto No. 2009046064-001 del 23 de julio de 2009 id2009046064
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2009
CASAS DE CAMBIO EXTRANJERAS, APERTURA DE SUCURSALES Concepto 2009046064-001 del 23 de julio de 2009.
Síntesis: El régimen de cambios internacionales vigente en el país no contempla disposición alguna referida a la viabilidad jurídica de que en el territorio nacional se establezcan y operen sucursales de casas de cambios del exterior. «(…)consulta acerca de los requisitos necesarios para la apertura en Colombia de una o más “sucursales” de una casa de cambios legalmente constituida y en funcionamiento en los Estados
Unidos de América. Al respecto, amablemente le informamos que la Resolución Externa 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República, contentiva del régimen de cambios internacionales vigente en el país, no contempla disposición alguna referida a la viabilidad jurídica de que en el territorio nacional se establezcan y operen sucursales de casas de cambios del exterior; razón por la cual no resulta procedente absolver los interrogantes relacionados en su solicitud en punto a las gestiones a realizar para tales efectos. No obstante y en la medida en que puede resultar de su interés para un mayor conocimiento del tema, se considera del caso manifestar que los artículos 62 a 67 de la mencionada resolución definen la naturaleza de tales instituciones, señalan las normas que rigen sus actividades y los requisitos que se deben cumplir para su organización y funcionamiento en Colombia (forma societaria, patrimonio mínimo1 e infraestructura requerida), para lo cual se hace necesario contar con la autorización previa otorgada por este Organismo conforme a las previsiones del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Si usted desea conocer el texto de la Resolución Externa 8 de 2000 de la Junta Directiva del
Banco de la República puede consultarlo en la página Web: www.banrep.gov.co, a través de la ruta Reglamentación/Cambiaria/Régimen de cambios internacionales/Resolución externa/Resolución externa 8 de 2000 y sus modificaciones. Asimismo, en la página Web de esta Superintendencia: www.superfinanciera.gov.co, se encuentra publicado para la consulta del público el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, al cual puede acceder por conducto del enlace Normativa/Estatuto Orgánico del Sistema Financiero/Parte/Parte Tercera2 (artículos 53 y siguientes). (…).» 1
En la página Web: www.superfinanciera.gov.co, siguiendo la ruta Entidades Supervisadas/Capitales mínimos para operar, puede consultar el valor actualizado del patrimonio requerido en este año para la constitución de una casa de cambio conforme a los términos de la Resolución 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República.
2 En ésta se encuentran las reglas y el procedimiento a seguir para la constitución y funcionamiento de las entidades vigiladas por esta Autoridad.