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SFC - Circular 005 de 2012, formato 12

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular 005 de 2012, formato 12
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2012

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE V - PROFORMAS F.6000

Página 23

TEMA: Estados Financieros de Publicación

NOMBRE DE PROFORMA: Estado de Resultados Comparativo

NUMERO DE PROFORMA: F.6000-12

NUMERO DE FORMATO: N.A.

OBJETIVO: Dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 3o., del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero sobre la publicación de los estados financieros TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Fondos de Cesantía PERIODICIDAD: Dependiendo de la fecha de cierre de la entidad FECHA DE REPORTE: Por lo menos con un mes de antelación a la fecha de celebración de Asamblea o Junta de Socios FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Fecha de cierre de estados financieros TRAMITE: 16 - Balance corte de ejercicio y/o anexos.

MEDIO DE ENVÍO: Papel

DEPENDENCIA USUARIA: Dirección de Ahorro Individual y Prima Media

INSTRUCTIVO: GENERALIDADES La información a reportar en esta proforma deberá ser remitida a esta Superintendencia en original, debidamente suscrita por el representante legal, el revisor fiscal y el contador de la entidad, ciñéndose en todo a la estructura de los mismos. Por lo tanto, aquellos rubros del balance que presenten saldos cero o que no apliquen para el tipo de entidad correspondiente deberán ser indicados de esa manera en la proforma que ha de enviarse para su correspondiente aprobación.

No obstante, la entidad podrá a su buen criterio, para efectos de publicación, excluir aquellas cuentas o

subcuentas que no revelen saldo, sin que con ello se modifiquen los datos remitidos. Para efectos de identificación de las notas a los estados financieros, se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2.2 del Capítulo IX de la Circular Básica Contable y Financiera, los cuales deben presentarse por cada tipo de fondo de pensiones obligatorias o portafolio del fondo de cesantías.

ENCABEZADO.

Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla de la entidad.

Tratándose de la publicación de estados financieros de los fondos de pensiones o patrimonios autónomos pensionales, se deberá indicar: Tipo de fondo: Identificar el tipo de fondo de pensiones obligatorias al que pertenecen los estados financieros (conservador, moderado, mayor riesgo o especial de retiro programado) o indicar si corresponde al fondo de pensiones voluntarias o patrimonios autónomos pensionales. En el caso de los estados financieros de los patrimonios autónomos pensionales administrados, se deben remitir los mismos en forma consolidada. Tratándose de la publicación de estados financieros de fondos de cesantías, se debe indicar el portafolio al cual pertenecen los estados financieros (corto o largo plazo) Se debe marcar en el campo correspondiente si los estados financieros contaron o no con la autorización de que trata el artículo 11.2.4.1.1 del Decreto 2555 de 2010.

CIRCULAR EXTERNA 005 DE 2012 MARZO DE 2012

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