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SFC - Circular 048 de 2003, formato 202

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular 048 de 2003, formato 202
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2003

SUPERINTENDENCIA BANCARIA

DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 15

TEMA: Captaciones

NOMBRE DE PROFORMA Captaciones por rango

NUMERO DE PROFORMA: F.0000-38

NUMERO DE FORMATO: 202

OBJETIVO: Conocer, conforme a rangos preestablecidos, los volúmenes de captación de dinero en cada uno de los establecimientos de crédito.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero, Icetex, Bancoldex, FEN, entidades cooperativas.

TRÁMITE: 216 Estadística – Información de entidades financieras.

PERIODICIDAD: Mensual FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Último día del mes.

FECHA DE REPORTE: Término establecido para presentación de estados financieros.

DOCUMENTO TECNICO: SB - DS - 003.

TIPO Y NUMERO DEL INFORME 0 - Establecimientos financieros sucursales y agencias en el exterior.

MEDIO DE ENVÍO: RAS.

DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Análisis Financiero y Estadística y Fogafin.

INSTRUCTIVO:

1. ENCABEZADO Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la Superintendencia Bancaria y el nombre o sigla de la entidad.

Semana del – al: Diligenciar las fechas de la semana de la cual se reporta la información bajo el formato DD día,

MM mes y AAAA año.

2. CUERPO DEL FORMATO

UNIDAD DE CAPTURA 01

Los rangos se encuentran definidos en pesos. Las captaciones por rango se deberán reportar en miles de pesos en moneda legal (sufijo 1). En las columnas No CTAS se registra la cantidad total de las mismas existente para cada uno de los rangos por tipo de depósito. Las entidades reportarán los datos atendiendo el tipo de operación que aplica a cada una de ellas, es decir, de acuerdo con la naturaleza de la captación que les es permitido realizar. La información a reportar deberá ser consistente con las cifras registradas en el PUC. En la columna 13 -TOTAL CUENTAS: Se debe reportar la sumatoria de las columnas 1, 3, 5, 7, 9 y 11 para cada una de las subcuentas. En la columna 14 -VALOR TOTAL: Se debe reportar la sumatoria de las columnas 2, 4, 6, 8, 10 y 12 para cada una de las subcuentas.

UNIDAD DE CAPTURA 02

Los valores se deberán reportar en miles de pesos en moneda legal (sufijo 1). En la columna 13 -TOTAL CUENTAS Se registra la cantidad total de los títulos existente para cada uno de las subcuentas relacionadas. En la columna 14 -VALOR TOTAL: Se debe remitir el valor de los bonos y cédulas que de acuerdo con los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución 002 de mayo 30 de 1996 expedida por la Junta Directiva de FOGAFIN continuarán protegidas por el seguro de depósito, esto es, el valor de los bonos y cédulas emitidas hasta el 31 de marzo de 1996 que se encuentren vigentes al corte de trimestre sujeto a liquidación. Circular Externa 048 de 2003 Diciembre de 2003

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