SFC - Circular 049 de 2002, formato 06
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular 049 de 2002, formato 06
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2002
SUPERINTENDENCIA BANCARIA
DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 4
TEMA: Tarjetas de Crédito
NOMBRE DE PROFORMA: Tarjetas de Crédito
NUMERO DE PROFORMA: F.0000-06
NUMERO DE FORMATO: 099
OBJETIVO: Consolidar la información sobre el comportamiento de las operaciones con tarjetas de crédito de las diferentes franquicias que operan en Colombia.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos de Crédito PERIODICIDAD: Mensual FECHA DE REPORTE: Término establecido para la presentación de estados financieros.
FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Corte de estados financieros
DOCUMENTO TÉCNICO: SB DS 015 o SB DS 016
TIPO Y NUMERO DEL INFORME 0 – Estados financieros intermedios
MEDIO DE ENVÍO: RDSI o RAS
DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Análisis Financiero y Estadística
INSTRUCTIVO: ENCABEZADO ENTIDAD: Identificación de la entidad vigilada reportante que diligencia esta proforma. Con este fin indique el código del tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad, asignado por la Superintendencia Bancaria y el nombre o sigla de la entidad.
FECHA DE REPORTE: Se debe señalar bajo el formato DD (día), MM (mes) y AAAA (año a cuatro dígitos), la fecha de reporte de la información.
CUERPO DEL FORMATO: Las subcuentas que se describen a continuación aplican indistintamente a las Unidades de captura 06,
07, 08, 09 y 10. Subcuenta 001 –Saldo Total: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el saldo total de la cartera por operaciones en el exterior y en el país con tarjetas de crédito, al cierre del mes que se reporta. Subcuenta 005: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el flujo de las ventas brutas totales, diferentes de avances, efectuadas durante el mes. Subcuentas 010: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el flujo mensual de los avances en efectivo otorgados por la entidad, incluidos los efectuados por los medios electrónicos, con cargo a los tarjetahabientes. Subcuentas 015: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el flujo mensual de intereses corrientes que se genera con cargo al tarjetahabiente. Subcuenta 020: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el flujo mensual de intereses de mora que se genera con cargo al tarjetahabiente. Subcuenta 025: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el flujo mensual por concepto de fraudes por robo, falsificaciones de tarjetas y otras modalidades de fraude. Subcuenta 030: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el flujo mensual por concepto de castigos de cartera. Subcuenta 035: Debe reportarse el número de tarjetas activas de uso exclusivo nacional, excluyendo las tarjetas extraviadas, canceladas o bloqueadas en forma definitiva o de cualquier otra índole que impida su uso continuo. Subcuenta 040: Debe reportarse el número de establecimientos afiliados a cada una de las franquicias.
CIRCULAR EXTERNA 049 DE 2002 DICIEMBRE 2002
SUPERINTENDENCIA BANCARIA
DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 5 Subcuenta 045: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el saldo total por concepto de las operaciones efectuadas en el exterior con tarjetas de crédito emitidas por las entidades colombianas. Subcuenta 050: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el monto mensual de la cartera por concepto de las operaciones efectuadas en el exterior con tarjetas de crédito emitidas por las entidades colombianas. Subcuenta 055: Debe reportarse el número de tarjetas activas de uso internacional, excluyendo las tarjetas extraviadas, canceladas o bloqueadas en forma definitiva o de cualquier otra índole que impida su uso continuo. Subcuenta 060: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el saldo total de las utilizaciones en Colombia de tarjetas de crédito emitidas por entidades del exterior y recibidas por las entidades colombianas. Subcuenta 065: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el monto total del cupo de crédito asignado a cada franquicia por concepto de tarjetas de crédito. Subcuenta 070: Debe reportarse en pesos, para cada unidad de captura, el monto mensual utilizado por todos los tarjetahabientes en operaciones con tarjeta de crédito.