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SFC - Circular 065 de 2007, formato 213

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular 065 de 2007, formato 213
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2007

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I – REMISION DE INFORMACION

PARTE 1 – PROFORMAS F.0000

Página 86

TEMA: Flujo de Caja Ácido Diario NOMBRE DE PROFORMA: Flujo de caja ácido

NUMERO DE PROFORMA: F.0000-44

NUMERO DE FORMATO: 213

OBJETIVO: Conocer la situación de liquidez de las entidades y su proyección.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos bancarios, organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, entidades cooperativas, Bancoldex, FEN,

Findeter, Fondo Nacional de Garantías y Fondo Nacional de Ahorro.

TRAMITE: 19 Flujo de caja ácido.

PERIODICIDAD: Diaria.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Día inmediatamente anterior.

FECHA DE REPORTE: Todos los días.

DOCUMENTO TECNICO: SB DS 003.

TIPO Y NUMERO DE INFORME: 25 Flujo de caja diario.

MEDIO DE ENVIO: RAS.

DEPENDENCIA USUARIA: Direcciones de Supervisión Institucional para Intermediarios Financieros.

INSTRUCTIVO Generalidades En este formato solamente deben incluirse proyecciones de operaciones contractuales, es decir aquellas sobre las cuales existe un derecho o un compromiso previamente adquirido a la fecha de elaboración del informe (no incluir captaciones nuevas, renovaciones de CDTs, nuevas operaciones repo y nuevos créditos interbancarios, cupos de liquidez con otras instituciones, etc.) - Las proyecciones diarias de los flujos de caja siempre deberán considerar un horizonte de 31 días comunes.

  • Las cifras se deben reportar en moneda total y en millones de pesos. - Sin excepción, los conceptos que no presenten movimiento o saldos, deberán reportarse en ceros. - En la proyección de los flujos de efectivo deberán considerarse tanto capital como intereses.

Encabezado Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla de la entidad.

Fecha de reporte: Diligenciar las fecha de la información bajo el formato DD día, MM mes y AAAA año.

Cuerpo del formato - En la columna 1, siempre deberá reportarse el movimiento real (flujo de efectivo) ocurrido en cada rubro el día de corte objeto de la transmisión del presente formato. Unidad de captura 1 - Fechas: En esta unidad de captura, se deberá reportar las fechas correspondientes a los días proyectados con el siguiente formato DDMMAAAA (Sin emplear signos como “-“ o “/” para diferenciar entre días, meses y años). Unidad de captura 2 – Saldo Inicial del Día: Columna 1: Corresponde a la sumatoria del efectivo en caja, el saldo en bancos sin incluir el Banco República, y otros depósitos a la vista con que cerró la entidad el día anterior. Columnas 2 a la 32: Corresponde al saldo final del día inmediatamente anterior. Unidad de captura 3 – Ingresos: Columnas 2 a la 32: Subcuentas 005 y 010Recaudos de cartera de créditos y de cánones de leasing: En estos renglones, se considerará lo pactado contractualmente. Sin embargo, las entidades deberán establecer, mediante análisis

estadísticos, el efecto de aspectos tales como las moras, los prepagos, las reestructuraciones y las refinanciaciones. Circular Externa 065 de 2007 Diciembre de 2007 Proforma F.0000-44 (Formato 213)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I – REMISION DE INFORMACION

PARTE 1 – PROFORMAS F.0000

Página 87 Subcuenta 015Realización o redención de inversiones: Deberá proyectarse el flujo de caja derivado de la maduración de las inversiones de acuerdo con su vencimiento contractual. Subcuenta 020 – Posiciones Activas en Operaciones de Mercado y Relacionadas: Deberá proyectarse el flujo de caja de acuerdo con lo pactado contractualmente. Subcuenta 025 - Posiciones Pasivas en Operaciones de Mercado y Relacionadas: Deberán registrarse los ingresos provenientes de la celebración de repos pasivos e interbancarios pasivos, es decir, la liquidez que generan estas operaciones pasivas. Solamente se diligenciará la columna 1. Subcuentas 030 y 035 - Captaciones Cuenta Corriente y Captaciones Cuenta de Ahorro: Deberán reportarse las captaciones que se realizaron el día de corte objeto de la transmisión del presente formato hechas mediante estos instrumentos. Solamente se diligenciará la columna 1. Subcuentas 040 y 045 - Renovaciones de CDT y CDAT, Captaciones de CDT y CDAT: Solamente se diligenciará la columna 1, que corresponde a los valores reales que por cada uno de estos conceptos hayan presentado movimiento el día de corte objeto de la transmisión del presente formato.

Subcuenta 050 - Colocación de Bonos y Boceas: Deberá proyectarse el flujo de caja derivado de la emisión de bonos únicamente en la columna 1. Solo se podrán hacer proyecciones cuando existan convenios de underwriting en firme. Subcuenta 055 - Préstamos Otras Instituciones Financieras: Deberán reportarse las captaciones que se realizaron el día de corte objeto de la transmisión del presente formato hechas mediante estos instrumentos. Solamente se diligenciará la columna 1. Subcuenta 060 - Aportes de Capital: Deberán reportarse los ingresos de efectivo correspondientes a aportes de capital realizados. Solamente se diligenciará la columna 1. Subcuenta 065 - Otros ingresos: Corresponde a cualquier otro concepto diferente a los anteriores. Los documentos que sirvan de respaldo a estas operaciones deberán estar a disposición de la Superintendencia Financiera de Colombia. Subcuenta 999 - Total ingresos: Corresponde a la sumatoria de las subcuentas 005 a 065. Unidad de Captura 4 – Egresos: Subcuentas 005 y 010 - Retiros Cuenta Corriente y Retiros Cuenta de Ahorro: Deberán proyectarse los retiros máximos probables que puedan realizar los clientes durante el período considerado. Para esto, las entidades deberán basarse en estudios estadísticos que contemplen factores tales como tendencia, estacionalidad y la situación de liquidez del mercado en ese momento. Subcuenta 015 - Posiciones Pasivas en Operaciones de Mercado y Relacionadas: Se proyectarán de acuerdo con lo pactado contractualmente. Subcuenta 020 - Posiciones Activas en Operaciones de Mercado y Relacionadas: Deberán registrarse los

egresos provenientes de la celebración de repos activos e interbancarios activos, es decir, los desembolsos que generan estas operaciones activas. Solamente se diligenciará la columna 1. Subcuentas 025 y 030 - Vencimientos de CDTs y CDAT, Vencimiento de Bonos: Estos rubros se proyectarán según el momento en el cual deba hacerse efectivo su pago de acuerdo con las condiciones contractuales. Subcuentas 035, 040 y 045 - Desembolsos de cartera, Desembolsos de operaciones leasing y compra de inversiones: Se deberán proyectar los desembolsos de efectivo derivados de compromisos previamente adquiridos, sobre los cuales la entidad no tenga discrecionalidad alguna. En la columna 1, deberán reportarse los saldos de las operaciones que tuvieron lugar el día de corte objeto de la transmisión del presente formato. Subcuenta 050 - Préstamos otras instituciones financieras: Se deben proyectar los desembolsos de efectivo según lo pactado contractualmente. Circular Externa 065 de 2007 Diciembre de 2007 Proforma F.0000-44 (Formato 213)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I – REMISION DE INFORMACION

PARTE 1 – PROFORMAS F.0000

Página 88 Subcuenta 055 - Gastos Administrativos: La determinación de las erogaciones por este concepto debe contemplar tanto los compromisos adquiridos como los gastos que se tienen presupuestados. Por ejemplo, gastos laborales, gastos de funcionamiento, etc. Subcuenta 060 - Otros Egresos: Corresponde a cualquier otro concepto diferente a los anteriores. Subcuenta 999 - Total Egresos: Corresponde a la sumatoria de las subcuentas 005 a 060 de esta misma unidad

de captura. Unidad de captura 5 – Saldo al Final del Día: Subcuenta 005: Corresponde a la sumatoria de la Subcuenta 005 de la unidad de captura 2, mas la Subcuenta 999 de la unidad de captura 3, menos la Subcuenta 999 de la unidad de captura 4. Unidad de captura 6 – Encaje Requerido Subcuenta 005: Corresponde al monto del encaje requerido para la bisemana correspondiente. Solamente se diligenciará la columna 1. OTRAS FUENTES DE LIQUIDEZ Unidad de captura 7 – Otras Fuentes de Liquidez: Subcuentas 005 y 010 - Inversiones de renta fija y saldo en el Banco de la República (encaje): Corresponde a los saldos totales de las inversiones de renta fija (descontados los valores incluidos en el renglón 015 de la unidad de captura 3 – Realización y redención de inversiones de la columna 1, así como el monto de las inversiones que tengan alguna restricción para su negociabilidad, tales como las dadas en garantía en virtud de la celebración de operaciones de tesorería o las comprometidas en procesos de tipo jurídico), y de la cuenta en el Banco de la República (saldo del encaje) que mantiene la entidad a la fecha de reporte. Subcuenta 015 - Cupos de Liquidez en Fogafin y Banco de la República: Corresponde a los cupos de liquidez que la entidad tenga disponibles en Fogafin y/o Banco de la República, que estén soportados por convenios efectuados con estas instituciones. Circular Externa 065 de 2007 Diciembre de 2007 Proforma F.0000-44 (Formato 213)

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