SFC - Circular Básica Financiera (Circular Externa 004 de 2026) - Parte 1 Capítulo 1 Sección 5 - Definiciones
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Básica Financiera (Circular Externa 004 de 2026) - Parte 1 Capítulo 1 Sección 5 - Definiciones
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2026
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PARTE 1
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
CAPÍTULO 1
SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
(SIAR)
SECCIÓN 5
DEFINICIONES
1.1.5.1. Las siguientes definiciones se deben tener en cuenta para los fines del presente capítulo y sus anexos: Actividad 1.1.5.2. Es un producto, línea, ramo, unidad de negocio, entidad subordinada o proceso que desarrolla la entidad para llevar a cabo su plan de negocio. Actividad significativa 1.1.5.3. Es un producto, línea, ramo, unidad de negocio, entidad subordinada o proceso que es fundamental para que la entidad lleve a cabo su plan de negocio y para que alcance sus objetivos principales. Alta gerencia (AG) 1.1.5.4. Es el grupo de personas responsables de la gestión de los riesgos y quienes reportan directamente a la JD y/o al representante legal, incluido este último. La AG, bajo la dirección y supervisión de la JD, es responsable de dirigir, ejecutar y supervisar las operaciones de la entidad, de manera consistente con el plan de negocio, apetito de riesgo y demás políticas. Apetito al riesgo 1.1.5.5. Es el o los niveles y tipos de riesgos que la entidad está dispuesta a asumir con el fin de cumplir con su plan de negocio. Back office 1.1.5.6. Es el área encargada de realizar los aspectos operativos de la tesorería, en particular, el
cierre y registro contable y la autorización final de las operaciones; es decir, es el área encargada de la complementación y del cumplimiento de las operaciones. Capacidad de riesgo 1.1.5.7. Es el nivel máximo de riesgo que una entidad puede asumir dado su nivel actual de recursos antes de incumplir los controles de ley, los límites de liquidez, y/o comprometer la continuidad del negocio. Consumidor financiero 1.1.5.8. Es todo cliente, usuario o cliente potencial de las entidades vigiladas, en los términos del art. 2 de la Ley 1328 de 2009.SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Cultura de riesgo 1.1.5.9. Es un conjunto de actitudes, valores, normas, pautas y sanciones para un comportamiento responsable a partir del cual los miembros de una entidad comprenden, asumen, gestionan y debaten los riesgos inherentes de las actividades que desarrolla la entidad y son responsables de actuar y tomar decisiones dentro del marco de apetito de riesgo y los límites establecidos para la asunción de los riesgos. Entidad 1.1.5.10. Aquella entidad vigilada por la SFC a la que le aplica la disposición en la cual se usa el término, excepto los holdings financieros a las que se refiere la Ley 1870 de 2017. Adicionalmente cuando se hable de entidad se entiende que se hace referencia de manera individual y consolidada. Estructura de gobierno de riesgos 1.1.5.11. Es una estructura que le permite a la JD y la AG establecer y tomar decisiones sobre la
estrategia y aproximación al riesgo, articular y monitorear la adherencia de riesgo al plan de negocio, e identifican, miden, controlan y monitorean los riesgos. Evaluación integral de los riesgos 1.1.5.12. Evaluación comprensiva y conjunta de los riesgos, incluyendo las relaciones entre los mismos, sin perjuicio de las diferencias propias de cada tipo de riesgo y su gestión. Evento 1.1.5.13. Es el hecho o cambio que puede afectar el logro de los objetivos de la entidad. Evento de riesgo operacional 1.1.5.14. Es aquel hecho o cambio que puede generar pérdidas a la entidad por riesgo operacional. Factores de riesgo 1.1.5.15. Se entiende por factores de riesgo las fuentes generadoras de los mismos, que pueden o no generar pérdidas. Son factores de riesgo el recurso humano, los procesos, la tecnología, la infraestructura y los acontecimientos externos. Dichos factores se deben clasificar en internos o externos. Front office 1.1.5.16. Es el área encargada de la negociación de valores, del cierre y registro en los sistemas de negociación, de las relaciones con los clientes y/o de los aspectos comerciales de la tesorería. Libro de tesorería 1.1.5.17. El libro de tesorería está integrado por el conjunto de posiciones, producto de las operaciones de tesorería, que la entidad mantiene con el objetivo de beneficiarse en el corto plazo de las fluctuaciones de los precios de los activos, las inversiones sensibles a fluctuaciones en las variables de mercado, así como las posiciones de cobertura
mantenidas en este libro.SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Libro bancario 1.1.5.18. El libro bancario está integrado por (i) cualquier operación que no haga parte de las operaciones del libro de tesorería y (ii) las operaciones designadas como cobertura de las posiciones del libro bancario. Sin perjuicio de lo anterior, para efectos de la estimación del riesgo de mercado se deben incluir en el correspondiente módulo de riesgo, las posiciones en instrumentos financieros derivados que componen el libro bancario a las que hace referencia el anexo 6 del presente capítulo. Margen Neto de Intereses 1.1.5.19. Para efectos del cálculo del RTILB, es la proyección de los ingresos por intereses netos de los gastos por intereses en el horizonte de un año. Middle office 1.1.5.20. Unidad de administración de riesgo. Operaciones de tesorería 1.1.5.21. Son las operaciones del mercado cambiario, renta fija, renta variable y aquellos valores indexados a una tasa o índice de referencia, excepto las emisiones propias; operaciones del mercado monetario; operaciones con derivados y productos estructurados; y en general cualquier otra que sea realizada a nombre de la entidad o a beneficio de ella o por cuenta de terceros. Partes relacionadas 1.1.5.22. Son las personas naturales o jurídicas que tienen con todas o algunas de las entidades que integran el conglomerado financiero, o con la entidad vigilada individual en caso de que ésta no haga parte de un conglomerado financiero, vínculos de administración, de
propiedad directa e indirecta igual o superior al 5% y las sociedades donde cualquiera de las personas enunciadas anteriormente, tenga una participación directa o indirecta igual o superior al 10%. 1.1.5.23. Para efectos del cálculo de la participación indirecta se deben tener en cuenta las instrucciones impartidas en los párrafos 2.1.25. y 2.1.26. de la CBRAPIF. 1.1.5.24. Las referencias a partes relacionadas en el presente Capítulo se entenderán aplicables a la gestión de riesgo de liquidez. Perfil de riesgo 1.1.5.25. La exposición a los riesgos actuales y potenciales inherentes al desarrollo del plan de negocio de la entidad. Para propósitos de las instrucciones relacionados con la gestión y medición del riesgo operacional, de acuerdo con las secciones 2 y 3 del presente capítulo, se entiende como perfil de riesgo el resultado consolidado de la medición permanente de los riesgos a los que se ve expuesta la entidad. Plan de contingencia 1.1.5.26. Conjunto de acciones y recursos para responder a las situaciones adversas, fallas e interrupciones específicas de un sistema o proceso, así como para resolver lasSUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA vulnerabilidades identificas en los ejercicios de estrés. El plan debe ser realista, viable y coherente con el plan de negocio y apetito de riesgo. Plan de continuidad del negocio 1.1.5.27. Es el conjunto detallado de acciones que describen los procedimientos, los sistemas y los recursos necesarios para responder, recuperar, reanudar y restaurar la operación, en caso de interrupción. Plan de fondeo de contingencia 1.1.5.28. Es la compilación de políticas, procedimientos y planes de acción para responder a
los recursos necesarios para responder, recuperar, reanudar y restaurar la operación, en caso de interrupción. Plan de fondeo de contingencia 1.1.5.28. Es la compilación de políticas, procedimientos y planes de acción para responder a choques severos que afectan la habilidad de una entidad para fondear algunas o todas sus actividades a tiempo y con un costo razonable. Plan de negocio 1.1.5.29. Es el plan detallado de los objetivos que se quieren alcanzar, en desarrollo de sus actividades, especificando el cómo se va a alcanzar, las actividades necesarias a implementar y en qué tiempos se van a ejecutar, teniendo en cuenta la misión, visión y objetivos de la entidad. Pruebas de estrés 1.1.5.30. Es la simulación de eventos y escenarios adversos para evaluar el impacto en la exposición de cada riesgo. Para su realización las entidades podrán seguir los lineamientos del capítulo 9 de la parte 2 de la CBRAPIF respecto de las pruebas de resistencia (utilizadas para la planeación financiera y gestión de riesgos), así como los desarrollos de información y modelación efectuados para las pruebas requeridas por la SFC (para efectos de la supervisión prudencial y evaluación de la estabilidad financiera). Operaciones de redescuento 1.1.5.31. Se entiende por operación de redescuento aquella en virtud de la cual una institución financiera autorizada por la Ley para realizar estas operaciones canaliza recursos para el fomento de actividades económicas en sectores específicos a través de entidades autorizadas para el efecto y sujetas a la vigilancia de la SFC, con excepción de los
intermediarios de seguros. Riesgo de diferencial de crédito del libro bancario (RSCLB) 1.1.5.32. Este riesgo se define como cualquier tipo de riesgo de diferencial de crédito y diferencial de liquidez que no se explica por el RTILB, ni por el riesgo de crédito. Este riesgo cubre los activos del libro bancario donde los cambios en el valor de mercado de tales activos afectan los resultados del periodo y los resultados integrales. Por lo tanto, considera los activos del libro bancario contabilizados como: (i) activos al valor r azonable con efecto en ORI (inversiones disponibles para la venta) que se espera que posiblemente se vendan antes del vencimiento, y (ii) activos al valor razonable con efecto en resultados (inversiones negociables), incluidos en el libro bancario. Riesgo inherente 1.1.5.33. Es la probabilidad de que la entidad incurra en una pérdida como resultado de su exposición a eventos presentes y futuros, antes de aplicar los mecanismos de mitigación. Esto incluye los riesgos actuales y potenciales.SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Riesgo neto 1.1.5.34. Es el resultado de la mitigación de los riesgos inherentes por parte de la gestión operativa y de la estructura de gobierno de riesgos. Sistema de alertas tempranas 1.1.5.35. Sistema que permite identificar de manera anticipada posibles desviaciones en el apetito de riesgo, en los límites y/o aumentos en los niveles de exposición. Tesorería 1.1.5.36.
Áreas que se encargan de la relación con los clientes y aspectos comerciales, de la negociación o trading, identificación, medición y control del riesgo de mercado, del cumplimiento y del registro de las operaciones de tesorería. Valor económico del patrimonio 1.1.5.37. Es la suma del valor razonable del neto de los activos y pasivos sensibles a las tasas de interés y del neto del valor contable de las partidas de activos y pasivos no sensibles a las tasas de interés. El valor razonable de las partidas sensibles a las tasas de interés, excluidas las exposiciones del libro de tesorería, se debe calcular como la actualización de los flujos futuros del capital e intereses con una curva apropiada de tasas de interés libre de riesgo. Para tal efecto, se podrá emplear la curva de tasas de interés del mercado interbancario de la fecha de referencia. Se considerará también el valor contable de las posiciones sensibles a las tasas de interés que formen parte del libro de tesorería. Tolerancia al riesgo 1.1.5.38. Es el nivel aceptable de variación o desviación frente al apetito de riesgo que la entidad está dispuesto a aceptar en el desarrollo de su plan de negocio. Esta se mide en términos absolutos o porcentuales.