SFC - Circular Básica Financiera (Circular Externa 004 de 2026) - Parte 3 Capítulo 11 Sección 4 - Régimen pensiones especiales
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Básica Financiera (Circular Externa 004 de 2026) - Parte 3 Capítulo 11 Sección 4 - Régimen pensiones especiales
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2026
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PARTE 3
INFORMACIÓN FINANCIERA Y ESQUEMAS DE REPORTE
CAPÍTULO 11
ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PENSIONES Y DE CESANTIA
SECCIÓN 4
RÉGIMEN DE PENSIONES ESPECIALES TRANSITORIAS
3.11.4.1. Para efectos del régimen pensional de los aviadores civiles, administrado por la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (CAXDAC), se debe dar aplicación a las disposiciones de los Decretos 1282 y 1283 de 1994.
AMORTIZACIÓN Y PAGO DEL CÁLCULO ACTUARIAL DE PENSIONADOS
3.11.4.2. En relación con la amortización y pago del cálculo actuarial de pensionados que deben realizar las empresas del sector privado conforme a lo establecido en los Decretos 1282 y 1283 de 1994, se debe dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 3 de la Ley 860 de 2003 y de sus respectivos decretos reglamentarios.