SFC - Circular Externa 01 de 2023
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 01 de 2023
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2023
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2023 ( Febrero 01 )
Señores REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS Referencia: Por medio de la cual se imparten instrucciones relativas a los derivados de crédito que pueden celebrar las entidades vigiladas Apreciados señores: Como es de su conocimiento, mediante la Resolución Externa 10 del 16 de diciembre de 2022, la Junta Directiva del Banco de la República modificó el artículo 65 de la Resolución Externa 1 de 2018 para permitir que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) puedan celebrar cualquier tipo de derivado de crédito con agentes del exterior autorizados, siempre que se trate de contratos emitidos en moneda extranjera o en moneda legal por emisores extranjeros sobre activos externos o locales. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Resolución, esta Superintendencia, en ejercicio de las facultades previstas en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010 imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Modificar el subnumeral 5.2. del Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera «Instrumentos financieros derivados y productos estructurados» con el objetivo de atender lo dispuesto por la Junta Directiva del Banco de la República mediante la Resolución Externa 10 del 16 de diciembre de
2022 para permitir que las entidades vigiladas realicen derivados de crédito en los términos previstos en la referida Resolución.
SEGUNDA: Modificar los subnumerales 2.1., 2.1.1.1. y 2.1.7. del Anexo 1, los literales d) y h) del subnumeral 1.1.1., y los subnumerales 1.6., 1.9., 1.9.1. y 1.9.2. del Anexo 2, y el subnumeral 1.1., los literales d) y h) del subnumeral 1.1.1.1. y el subnumeral 1.1.7. del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Básica Contable y Financiera «Reglas relativas al sistema de administración de riesgo de mercado», con el propósito de instruir a las entidades vigiladas para que den cumplimiento a las reglas en materia de administración del riesgo de mercado cuando celebren derivados de crédito en virtud de lo dispuesto por la Junta Directiva del Banco de la República mediante la Resolución Externa 10 de 2022.
TERCERA: Modificar los subnumerales 2.1., 2.1.1.1., y 2.1.7. del Anexo 6, el numeral 2 y los subnumerales 2.1.1., 2.6., 2.9., 2.9.1. y 2.9.2. del Anexo 7, y el numeral 2 y los subnumerales 2.1.1. y 2.7. del Anexo 8 del Capítulo XXXI de la Circular Básica Contable y Financiera «Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR)», de conformidad con la instrucción segunda de la presente
Circular. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 001 de 2023 Página 2
CUARTA: Vigencia. La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Se adjuntan los archivos correspondientes. Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia 50000