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SFC - Circular Externa 18 de 2008

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular Externa 18 de 2008
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2008

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 018 DE 2008 ( Junio 05 )

Señores

MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, REPRESENTANTES LEGALES Y

REVISORES FISCALES DE LAS SOCIEDADES COMISIONISTAS DE

BOLSAS DE VALORES, SOCIEDADES FIDUCIARIAS Y ENTIDADES QUE

ADMINISTREN CARTERAS COLECTIVAS Y/O FONDOS O PATRIMONIOS

AUTÓNOMOS DISTINTOS A LOS DE SEGURIDAD SOCIAL.

Referencia: Modificación al Capítulo VI de la Circular Externa 100 de 1995 “Reglas Relativas al Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez

(SARL)”.

Apreciados señores: Esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, ha considerado necesario modificar el numeral ii) del 5.2.1 del capítulo VI “Reglas Relativas al Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez (SARL)” adoptado mediante la Circular Externa 016 de 2008, con el fin de establecer que las entidades destinatarias de la presente circular en el diseño e implementación de los modelos internos mediante los cuales deben medir el riesgo de liquidez atiendan exclusivamente la naturaleza, particularidades y operaciones autorizadas a las mismas.

Las sociedades comisionistas de bolsas de valores, sociedades fiduciarias y entidades que administren carteras colectivas y/o fondos o patrimonios autónomos distintos a los de seguridad social, tendrán como plazo máximo el 6

de julio de 2008 para presentar ante esta Superintendencia el cronograma a que se refiere la Circular Externa 016 de 2008, atendiendo los requisitos allí establecidos, así como lo dispuesto en el numeral ii) del 5.2.1 del capítulo VI de la Circular Externa 100 de 2005 que se modifica mediante la presente norma. La presente Circular rige a partir de la fecha de publicación, modifica la Circular Externa 016 de 2008 y el numeral ii) del 5.2.1 del Capítulo VI “Reglas Relativas al Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez (SARL)” de la Circular Externa 100 de 1995 adoptado con la citada circular externa. Se adjunta la página pertinente. Cordialmente,

CESAR PRADO VILLEGAS

Superintendente Financiero de Colombia 050000

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