SFC - Circular Externa 19 de 2010
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 19 de 2010
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2010
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 019 DE 2010 ( Julio 23 )
Señores REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS Referencia: Incorporación de recomendaciones GAFISUD en el SARLAFT Apreciados Señores: Este Despacho en ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas por el numeral 9º del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, considera necesario impartir las siguientes instrucciones: Primera: Incorporar en el Capítulo Décimo Primero del Título Primero de la Circular Básica Jurídica (SARLAFT) las recomendaciones efectuadas por el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica -GAFISUDacogidas por esta Superintendencia.
Segunda: Realizar algunos ajustes en el Capítulo Décimo Primero del Título Primero de la Circular Básica Jurídica (SARLAFT), con relación a los procedimientos para llevar a cabo el conocimiento de los clientes.
Tercera: Excluir los créditos educativos otorgados a personas naturales a los que se refiere el artículo 10.7.1.1.8. del Decreto 2555 de 2010, de la obligación de diligenciar el formulario de solicitud de vinculación de clientes y de realizar entrevistas. Para que proceda esta excepción, el Instituto Colombiano de Crédito y Estudios Técnicos en el Exterior -ICETEXdeberá contar con mecanismos alternativos que le permitan realizar un adecuado conocimiento de sus clientes y que reconozcan la naturaleza de las operaciones que realiza. Para ello, se adiciona el literal o) al numeral 4.2.2.1.1.2. del Capítulo Décimo Primero del Título
Primero de la Circular Básica Jurídica (SARLAFT). La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Se adjuntan las páginas correspondientes. Cordialmente,
ROBERTO BORRÁS POLANÍA
Superintendente Financiero de Colombia 050000