SFC - Circular Externa 24 de 2010
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 24 de 2010
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2010
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 024 DE 2010 ( Agosto 20 )
Señores
MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, REPRESENTANTES LEGALES Y
REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS Y EMISORES DE VALORES Referencia: Disposiciones especiales relativas a las operaciones de las entidades señaladas en el parágrafo tercero del artículo 75 de la Ley 964 de 2005.
Apreciados señores: Como es de su conocimiento el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2555 de 2010 mediante el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.
En el mencionado decreto se incorporaron, entre otras, las disposiciones de la Resolución 1200 de 1995 de la Superintendencia de Valores que en virtud de las normas vigentes corresponde expedir al Gobierno Nacional. No obstante, la Resolución 1200 de 1995, derogada en su totalidad por el Decreto 2555 de 2010, también contenía instrucciones que son de competencia del Superintendente Financiero. En consecuencia, la Superintendencia Financiera de Colombia, en uso de sus facultades, en especial de las consagradas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y en el numeral 33 del artículo 3 del Decreto 2739 de 1991, considera necesario impartir instrucciones relativas a las operaciones de las entidades señaladas en el parágrafo tercero del artículo 75 de la Ley 964 de 2005, organismos de regula.
Para tal fin, mediante la presente circular se dispone la creación del Título X de la Circular Básica Jurídica en el cual se instruye sobre los siguientes temas: emisión de bonos de las sociedades comisionistas de bolsa, prácticas inseguras y no autorizadas, contenido de los comprobantes de liquidación, operaciones de democratización y pólizas de seguros. La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación. Se adjuntan las páginas pertinentes. Cordialmente,
ROBERTO BORRÁS POLANÍA
Superintendente Financiero de Colombia 050000