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SFC - Circular Externa 24 de 2019

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular Externa 24 de 2019
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2019

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 024 DE 2019 ( Octubre 01 )

Señores REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO Referencia: Creación de los formatos relativos a la información de los Apoyos Transitorios de Liquidez (ATL) Apreciados señores: En desarrollo de las disposiciones contenidas en la Resolución Externa 2 del 22 de febrero de 2019 de la Junta Directiva del Banco de la República y en la Circular Reglamentaria ExternaDEFI360 del 25 de febrero de 2019, específicamente respecto del requerimiento de información a los establecimientos de crédito que acceden a los Apoyos Transitorios de Liquidez (ATL) y en ejercicio de sus facultades legales y en particular las establecidas en el numeral 5º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, este Despacho imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Crear el Formato 401 (Proforma F.1000-142) Reporte de calificación crediticia de la cartera de créditos entregada y endosada al Banco de la República – ATL y el Formato 402 (Proforma F.1000-142) Reporte de accionistas y asociados con participación en el capital social del establecimiento de crédito superior al 1%, así como de sus administradores y personas relacionadas, y de entidades que tengan el carácter de filial, subsidiaria o matriz. SEGUNDA. Para asegurar la correcta transmisión de la información de los formatos a los que se refiere la instrucción primera de la presente Circular, las

entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias entre el 12 y el 22 de noviembre de 2019, con información con corte al 31 de agosto de 2019. TERCERA. La primera transmisión oficial de la información contenida en los formatos a los que se refiere la instrucción primera de la presente Circular se realizará con la información correspondiente a los ATL que se realicen con posterioridad al 30 de noviembre de 2019. CUARTA. La presente Circular rige a partir de su publicación. Se anexan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero de Colombia 50000

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