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SFC - Circular Externa 25 de 2018

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular Externa 25 de 2018
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2018

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 025 DE 2018 ( Noviembre 23 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO, CAJAS

DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, INSTITUCIONES OFICIALES ESPECIALES

AUTORIZADAS PARA CAPTAR AHORRO DEL PÚBLICO Y SOCIEDADES ESPECIALIZADAS EN DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS Referencia: Instrucciones sobre los regímenes de autorización para los reglamentos de los productos de las secciones de ahorros y depósitos electrónicos.

Apreciados señores: Con el propósito de hacer más eficiente el proceso de autorización de los reglamentos de los productos de las secciones de ahorro de las entidades vigiladas , dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 5 del artículo 127 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y al principio de materialidad consagrado en el artículo 67 de la Ley 1328 de 2009, este Despacho, en ejercicio de sus facultades legales y en particular las establecidas en el numeral 5º de artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Modificar los numerales 1 y 6 de la Parte II, Título I, Capítulo III de la Circular Básica Jurídica con el fin de reglamentar los regímenes de autorización de los productos de las secciones de ahorro y depósitos electrónicos.

SEGUNDA: Modificar el Anexo 1 del Capítulo II del Título IV de la Parte I de la Circular

Básica Jurídica, con el fin de incorporar y ajustar los códigos de trámite relativos a la remisión a esta Superintendencia de los documentos necesarios para la autorización de los reglamentos de las secciones de ahorro.

TERCERA: Para asegurar la correcta transmisión de la información, las entidades destinatarias de esta circular podrán realizar pruebas entre el 26 y el 30 de noviembre de

2018.

CUARTA: Las instrucciones contenidas en la presente Circular entran en vigor a partir del 10 de diciembre de 2018.

QUINTA: Instrucción transitoria. Las solicitudes de autorización y de modificación de los reglamentos de las secciones de ahorro que al momento de la entrada en vigencia de esta circular se encuentren en trámite, podrán continuar éste mediante el procedimiento vigente al momento de haber sido radicados. Así mismo, las entidades podrán desistir expresamente del mismo para someterse a las reglas de los regímenes aquí previstos.

SEXTA: La presente circular rige a partir de su publicación.

Se anexan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero de Colombia 050000

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