SFC - Circular Externa 28 de 2020
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 28 de 2020
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 028 DE 2020 ( Septiembre 07 )
Señores REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y REVISORES FISCALES DE EMISORES DE VALORES Referencia: Imparte instrucciones relacionadas con la emisión de bonos verdes en el mercado de valores.
Respetados señores: Teniendo en cuenta que los mercados financieros juegan un rol fundamental en la gestión de riesgos ambientales, sociales y de gobernanza, así como en el apalancamiento de oportunidades asociadas con la movilización de los recursos hacia proyectos con impactos positivos en el medio ambiente requeridos para la transformación hacía una economía baja en carbono y con el menor impacto ambiental posible, resulta necesario impartir instrucciones relacionadas con la suficiencia de la información en el proceso asociado a la emisión, colocación y reporte de información de bonos verdes, en Colombia.
Como un ayuda al mercado con el fin de identificar altos estándares de revelación y transparencia, que pueden ser adoptados voluntariamente por los emisores, se pone a disposición la Guía de buenas prácticas para la emisión de Bonos Verdes. Por lo anterior, este despacho, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el literal a) del numeral 3) del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el artículo 5.2.1.1.4 y el numeral 5° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA. Adicionar el numeral 1.3.6.1.2.8 al Capítulo II Título I de la Parte III de
la Circular Básica Jurídica, con el fin de incorporar instrucciones relativas a la información mínima que debe contener el prospecto de información de las emisiones de bonos verdes. SEGUNDA. La presente Circular no aplica para ningún proceso de emisión de valores que se encuentre en curso al momento de su expedición. TERCERA. La presente circular rige a partir de su publicación.
JORGE CASTAÑO GUTIERREZ
Superintendente Financiero de Colombia 50000