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SFC - Circular Externa 29 de 2011

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular Externa 29 de 2011
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2011

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 029 DE 2011 ( Julio 22 )

Señores REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS Referencia: Modificación al Capítulo Segundo del Título VI de la Circular Básica Jurídica y adecuación de formatos.

Apreciados señores: La Superintendencia Financiera de Colombia en uso de sus facultades, en particular de las establecidas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, considera necesario impartir las siguientes instrucciones:

1. Rentas Voluntarias Con el fin de facilitar el registro de las operaciones y la clasificación de aquellos productos cuya naturaleza y estructura técnica corresponda a una renta voluntaria con diferentes tipos de destinación, se adiciona el Capítulo Segundo del Título VI de la Circular Básica Jurídica, con el fin de crear el “Ramo de Seguro de Rentas Voluntarias” y se adecuan los formatos 232 – Primas por Recaudar, 237 – Reservas para Siniestros Avisados y 290 – Resultado Técnico y Estadístico.

El registro de las reservas correspondiente a este nuevo ramo se debe efectuar en la cuenta PUC 510495 Otras.

2. Reserva matemática Con ocasión de la expedición de la Resolución 1555 de 2010 mediante la cual se actualizaron las Tablas de Mortalidad de Rentistas - Hombres y Mujeres y con el fin de facilitar la revisión integral del cálculo de la reserva matemática, se modifica el Formato 394 - Reserva Matemática para los Productos de Seguros que

Generan el Pago de una Mesada o Beneficio Periódico.

3. Pruebas Entre el 3 y el 14 de octubre de 2011 las entidades destinatarias de la presente circular deberán realizar pruebas de transmisión para el Formato 394 con base en la información correspondiente al corte a septiembre 30 de 2010. Para los formatos 232, 237 y 290, se realizarán las pruebas de transmisión en las mismas fechas, con base en información al corte a 30 de septiembre de 2011.

4. Transmisión Entre el 1 y el 30 de noviembre de 2011 se deberá efectuar la primera transmisión con los ajustes incorporados en la presente circular, así: Para el Formato 394 con la información correspondiente a los cortes a septiembre 30 de 2010, diciembre 31 de 2010, marzo 31 de 2011, junio 30 de 2011 y SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 029 de 2011 Página 2 septiembre 30 de 2011. Esta información sustituye el envío en medio magnético del detalle de pólizas expedidas que deben reportarse con los balances de fin de ejercicio a que hace referencia el numeral 3 de la Circular Externa 041 de 1990, respecto de los productos indicados en el mencionado formato.

Para los Formatos 232, 237 y 290 con la información con corte a 30 de septiembre de 2011.

5. Vigencia La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.

A partir del corte a septiembre 31 de 2011 se eliminan los formatos F.3000-62 “Número de pensionados por sobrevivencia del Sistema General de Riesgos Profesionales” y F.3000-64 “Número de pensionados por invalidez del Sistema

General de Riesgos Profesionales”. Se adjuntan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

Superintendente Financiero de Colombia 050000

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