SFC - Circular Externa 31 de 2017
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 31 de 2017
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2017
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 031 DE 2017 ( Octubre 27 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS
ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS, COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO,
CORPORACIONES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS FINANCIERAS.
Referencia: Imparte instrucciones para la implementación del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) y el reporte de información de los resultados.
Apreciados señores: Esta Superintendencia, en atención a lo señalado en el párrafo tercero de la instrucción quinta de la Circular Externa 051 de 2015, modificado por la instrucción segunda de la Circular Externa 010 de 2017, con el propósito de fortalecer la gestión de los riesgos conforme a las mejores prácticas internacionales y establecer los lineamientos mínimos para la implementación del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) de los establecimientos bancarios, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras, así como establecer el contenido del reporte de información cualitativo y cuantitativo de los resultados obtenidos por todas las entidades, en ejercicio de sus facultades y en especial de las conferidas en el numeral 5° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Modificar el párrafo tercero de la instrucción quinta de la Circular Externa 051 de 2015 y derogar la instrucción segunda de la Circular Externa 010 de 2017, expedidas por esta Superintendencia, con relación al plazo de remisión
de las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor a nivel individual, así: “Los establecimientos bancarios cuyos activos representen menos del 2% del total de los activos del sector bancario con corte a 31 de diciembre 2017, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras, deberán remitir a esta Superintendencia los primeros resultados de las pruebas entre el 24 y el 28 de septiembre de 2018 con corte al 31 de diciembre de 2017”.
SEGUNDA: Modificar el Anexo 1 del Capítulo XXVIII “Reglas Relativas al Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR)” de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF), con relación a la realización de las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor a los establecimientos bancarios, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras.
TERCERA: Modificar el instructivo y la Proforma del Formato 527 (F.1000-138) “Pruebas de Resistencia” requeridas por el supervisor, que define el contenido del reporte de información cuantitativo de las pruebas requeridas por el supervisor.
CUARTA: Pruebas obligatorias. Para asegurar la correcta transmisión de la información del Formato 527 (F.1000-138) “Pruebas de Resistencia” requeridas SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 031 de 2017 Página 2 por el supervisor, los establecimientos bancarios, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras deben realizar pruebas obligatorias entre el 5 y el 16 de marzo de 2018, con base en la información con corte al 31 de diciembre de 2017.
QUINTA: La presente circular rige a partir de la fecha de publicación.
Se adjuntan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIERREZ
Superintendente Financiero de Colombia 050000