SFC - Circular Externa 33 de 2021
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 33 de 2021
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2021
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 033 DE 2021 ( Diciembre 27 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS
ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS, COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO,
ORGANISMOS COOPERATIVOS DE GRADO SUPERIOR,
COOPERATIVAS FINANCIERAS, SOCIEDADES ESPECIALIZADAS EN
DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS (SEDPE), ENTIDADES
ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE PAGO DE BAJO VALOR
(EASPBV) Y BANCO DE LA REPÚBLICA Referencia: Creación de las proformas F.0000-167 (formato 412) “Cantidad de puntos de atención de canales por municipio” y F.0000168 (formato 413) “Operaciones a través de los canales de distribución o servicios transaccionales dispuestos por las entidades vigiladas” y derogatoria de la proforma F.0000-141 (formato 444) “Transacciones a través de los canales de distribución” Apreciados señores: Esta Superintendencia, atendiendo a la transformación digital del país y la relevancia que ha adquirido el sistema de pagos en la economía, considera necesario mejorar la estructura actual de la información recopilada con el fin de fortalecer el análisis y monitoreo que realiza a los canales y volúmenes transaccionales. Lo anterior, con el fin de contar con información oportuna y detallada de las operaciones, los canales de distribución, la cantidad de puntos de atención y los pagos clasificados por actividad económica.
En virtud de lo anterior, este Despacho en ejercicio de sus facultades legales en especial, las establecidas en el numeral 5 del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 4 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Crear la proforma F.0000-167 (formato 412) “Cantidad de puntos de atención de canales por municipio” del Anexo No. 1 de la Circular Básica Contable y Financiera.
SEGUNDA: Crear la proforma F.0000-168 (formato 413) “Operaciones a través de los canales de distribución o servicios transaccionales dispuestos
por las entidades vigiladas” del Anexo No. 1 de la Circular Básica Contable y Financiera.
TERCERA: Para asegurar el reporte correcto de la información en los formatos a que se refiere la presente Circular, las entidades destinatarias deberán realizar pruebas obligatorias entre el 1 y el 15 de febrero de 2023, con la información correspondiente al corte del 31 de diciembre de 2022.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 033 de 2021 Página 2
CUARTA: La primera transmisión oficial de los formatos que se crean a través de la presente Circular se deberá realizar a más tardar el 10 de marzo de 2023, con la información correspondiente a enero y febrero del mismo año. Para el reporte de marzo de 2023 en adelante, se deberá tener en cuenta el plazo definido en los instructivos.
QUINTA: Derogar la proforma F.0000-141 (formato 444) “Transacciones a
través de los canales de distribución” del Anexo 1 de la Circular Básica Contable y Financiera a partir del 1 marzo de 2023. La última transmisión de este formato se deberá realizar con la información al corte del 31 de diciembre de 2022, dentro de los primeros cinco (5) días del mes de febrero de 2023 conforme a los plazos establecidos en el instructivo. Se adjuntan las páginas correspondientes. La presente Circular rige a partir de su publicación. Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia 50000