SFC - Circular Externa 34 de 2012
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 34 de 2012
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2012
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 034 DE 2012 ( Septiembre 04 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES
ASEGURADORAS AUTORIZADAS PARA EXPLOTAR EL RAMO SOAT.
Referencia: Modificaciones al numeral 3.1.3.3 del Título Sexto Capítulo Segundo de la Circular Básica Jurídica, al Plan Único de Cuentas del Sector Asegurador y a la Proforma F.3000-72 (Formato 363) Apreciados señores: Con ocasión de la expedición del Decreto 0967 de 2012, por el cual se define la cobertura por gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones con cargo al seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito – SOAT y para el adecuado registro de las transferencias al FOSYGA, este Despacho, en uso de las facultades consagradas en los numerales 9 y 14 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario modificar el numeral 3.1.3.3 del Título Sexto Capítulo Segundo de la Circular Básica Jurídica y la descripción de las siguientes cuentas de la Resolución 2300 de 1990 correspondiente al Plan Único de Cuentas del
Sector Asegurador:
2550 CONTRIBUCIONES, AFILIACIONES Y TRANSFERENCIAS
2630 DE RIESGOS EN CURSO
5150 CONTRIBUCIONES, AFILIACIONES Y TRANSFERENCIAS
Adicionalmente y como consecuencia de la anterior modificación se ajusta la proforma F.3000-72 (Formato 363) “Pólizas Expedidas” y el instructivo correspondiente. Las entidades aseguradoras efectuarán pruebas de transmisión de la mencionada proforma entre el 17 y el 21 de septiembre de 2012 con la información correspondiente al corte a 31 de julio de 2012. La primera transmisión oficial se realizará entre el 24 y el 28 de septiembre de 2012, con la información correspondiente a los cortes a 31 de julio y 31 de agosto de 2012. La presente Circular rige desde la fecha de su publicación Se adjuntan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia 050000