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SFC - Circular Externa 34 de 2012

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Circular Externa 34 de 2012
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2012

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 034 DE 2012 ( Septiembre 04 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES

ASEGURADORAS AUTORIZADAS PARA EXPLOTAR EL RAMO SOAT.

Referencia: Modificaciones al numeral 3.1.3.3 del Título Sexto Capítulo Segundo de la Circular Básica Jurídica, al Plan Único de Cuentas del Sector Asegurador y a la Proforma F.3000-72 (Formato 363) Apreciados señores: Con ocasión de la expedición del Decreto 0967 de 2012, por el cual se define la cobertura por gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones con cargo al seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito – SOAT y para el adecuado registro de las transferencias al FOSYGA, este Despacho, en uso de las facultades consagradas en los numerales 9 y 14 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario modificar el numeral 3.1.3.3 del Título Sexto Capítulo Segundo de la Circular Básica Jurídica y la descripción de las siguientes cuentas de la Resolución 2300 de 1990 correspondiente al Plan Único de Cuentas del

Sector Asegurador:

2550 CONTRIBUCIONES, AFILIACIONES Y TRANSFERENCIAS

2630 DE RIESGOS EN CURSO

5150 CONTRIBUCIONES, AFILIACIONES Y TRANSFERENCIAS

Adicionalmente y como consecuencia de la anterior modificación se ajusta la proforma F.3000-72 (Formato 363) “Pólizas Expedidas” y el instructivo correspondiente. Las entidades aseguradoras efectuarán pruebas de transmisión de la mencionada proforma entre el 17 y el 21 de septiembre de 2012 con la información correspondiente al corte a 31 de julio de 2012. La primera transmisión oficial se realizará entre el 24 y el 28 de septiembre de 2012, con la información correspondiente a los cortes a 31 de julio y 31 de agosto de 2012. La presente Circular rige desde la fecha de su publicación Se adjuntan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

Superintendente Financiero de Colombia 050000

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