SFC - Circular Externa 35 de 2007
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 35 de 2007
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 035 DE 2007 ( Junio 12 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE EMISORES DE
VALORES SOMETIDOS AL CONTROL EXCLUSIVO DE LA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMIBA.
Referencia: Modificación del punto 4 del numeral 2.13 de la Circular Externa No. 005 de 2005 expedida por la anterior Superintendencia de Valores.
Apreciados señores: Este Despacho, en uso de sus facultades legales, en especial lo dispuesto en el numeral 9º del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005 considera pertinente modificar el punto 4 del numeral 2.13 de la Circular Externa No. 005 de 2005 expedida por la Superintendencia de Valores, con el fin de precisar los criterios de independencia que debe acreditar el avaluador para adelantar valoraciones de activos de emisores de valores.
En tal sentido, el punto 4 del numeral 2.13 de la Circular Externa No. 005 de 2005 quedará así: “2.13. Condiciones generales de los avaluadores. (…)
4. Declaración juramentada en la que conste que carece de vínculos con el propietario del activo valuado, su representante legal o socios con participación superior al 10% del capital social; o con los acreedores del emisor, cuya acreencia sea superior al 2% del activo del respectivo acreedor, y que no tiene interés alguno, directo o indirecto, en el resultado del estudio de valoración o en sus posibles utilizaciones.” La presente Circular entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
AUGUSTO ACOSTA TORRES
Superintendente Financiero de Colombia 050100 050300