SFC - Circular Externa 36 de 2009
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 36 de 2009
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2009
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 036 DE 2009 ( Septiembre 28 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS
SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DE
CESANTIA.
Referencia: Modificación al régimen de inversiones de los fondos de pensiones obligatorias.
Apreciados señores: Este Despacho en uso de sus facultades, en especial las previstas en el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el numeral 9º del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, considera necesario efectuar algunas modificaciones al “Régimen de Inversión de los Recursos de los Fondos de Pensiones Obligatorias” previsto en el Capítulo Cuarto del Título IV de la Circular Externa 007 de 1996
(Circular Básica Jurídica). En virtud de lo anterior, mediante la presente Circular Externa se modifican los subnumerales, 1.1.11. “Inversiones en fondos de capital privado de que trata el Decreto 2175 de 2007”, 1.2.5. sobre participaciones en fondos representativos de precios de commodities, 1.2.7. “Participaciones en fondos de capital privado constituidos en el exterior” y 1.3.4. sobre productos estructurados. Así mismo, se incluye un parágrafo al numeral 1 y se precisan los subnumerales 2.1. y 2.2. relacionados con los requisitos de calificación para las inversiones admisibles y el subnumeral 3.15 correspondiente al límite máximo de la inversión en los activos allí indicados.
Por último, se modifica el numeral 12. sobre “Custodia”, razón por la cual los contratos celebrados con entidades del exterior, deberán ajustarse a lo dispuesto en el Capítulo Cuarto del Título IV de la Circular Externa 007 de 1996 (Circular Básica Jurídica). Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía deberán remitir a más tardar el 2 de enero de 2010 a la Delegatura de Pensiones, Cesantías y Fiduciarias copia de las modificaciones efectuadas a los contratos celebrados con entidades del exterior traducidos oficialmente al español, si fuere del caso. La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación. Se anexan las páginas pertinentes. Cordialmente,
ROBERTO BORRÁS POLANÍA
Superintendente Financiero de Colombia 050000