SFC - Circular Externa 52 de 2009
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 52 de 2009
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2009
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 052 DE 2009 ( Noviembre 27 )
Señores REPRESENTANTES LEGALES DE EMISORES DE VALORES Referencia: Adopción medidas para transmisión de información relevante en el período comprendido entre el 9 al 11 de noviembre de 2009.
Apreciados señores: Normalizada la transmisión de información al Registro Nacional de Valores y EmisoresRNVE a través de la página Web de la Superintendencia Financiera de Colombia, los emisores de valores cuentan con la información periódica de que tratan los artículos 1.1.2.15 y 1.1.2.16 de la Resolución 400 de 1995 actualizada hasta la fecha.
En lo que hace relación a la información relevante depositada en el RNVE, dado que no se encuentra disponible la comprendida en el período transcurrido entre las 5:00 p.m. del 9 de noviembre de 2009 hasta las 3:46 p.m. del 11 de noviembre de 2009, esta Superintendencia en ejercicio de las facultades previstas en el numeral 2 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2009 en concordancia con el Parágrafo del mismo artículo y el literal A, numeral 1 del artículo 60 del referido Decreto, considera necesario, adoptar un mecanismo que propenda por la protección de los consumidores financieros, contando con el valioso y decidido apoyo de nuestros supervisados, así:
A. En lo que respecta a la Información relevante correspondiente al período comprendido entre las 5:00 p.m. del 9 de noviembre de 2009 hasta las 3:46 p.m. del 11 de noviembre de 2009, se solicita a los emisores transmitirla atendiendo lo
siguiente1:
1. La remisión se debe efectuar vía electrónica por el canal habitual para el
suministro de información relevante establecido en la Circular Externa No. 7 de 2001, advirtiendo en el asunto, para dar claridad al mercado, que se trata de transmisión de información en cumplimiento de la presente circular y la fecha del reporte original.
2. Para tal efecto, la transmisión deberá efectuarse en un término de quince (15) días comunes contados a partir de la fecha de publicación de este instructivo.
3. Culminado el período atrás mencionado, la sociedad cuenta con quince (15) días comunes para verificar que toda la información del período en cita, se encuentre depositada en el RNVE, de manera clara y suficiente, reportando a esta entidad cualquier inconsistencia que como producto de la verificación se detecte. El plazo acá mencionado, se computará desde el primer día hábil siguiente a la culminación del periodo establecido en el precitado numeral 2. 1 Incluye aquellos casos en los que el emisor no pudo acceder al sistema por fallas en el mismo, o que creyendo haber transmitido no encuentra depositada su información.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 052 de 2009 Página 2
4. En caso de presentar alguna dificultad técnica para la transmisión o encontrar algunas inconsistencias de las referidas en el numeral 3 del presente instructivo, favor contactar en el horario de atención al público a Sonia Rocío Aponte o Mercedes Parra Caballero al 5940200, Ext(s). 3038 y 2207 respectivamente, o enviar su solicitud vía correo electrónico a meparra@superfinanciera.gov.co
B. Información correspondiente al período comprendido entre el 11 de noviembre de 2009 a las 3:46 p.m. al 13 de noviembre de 2009, transmitida, dentro del plan de contingencia adoptado por esta Superintendencia, a la Bolsa de Valores de
Colombia. Esta Superintendencia incorporará la información referida al RNVE, siendo pertinente precisar que es responsabilidad del emisor verificar que ésta se encuentre disponible de manera completa, clara y suficiente, reportando a esta entidad cualquier inconsistencia que como producto de la verificación se detecte. Para el efecto, la sociedad cuenta con los quince (15) días comunes a que se hizo referencia en el literal A punto 3 del presente instructivo. Cordialmente,
ROBERTO BORRÁS POLANÍA
Superintendente Financiero de Colombia 140000