SFC - Circular Externa 53 de 2007
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Circular Externa 53 de 2007
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 053 DE 2007 ( Octubre 30 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES, REVISIORES FISCALES Y DEMÁS
ADMINISTRADORES DE LAS SOCIEDADES AUTORIZADAS PARA ADMINISTRAR CARTERAS COLECTIVAS Referencia: Expedición de las instrucciones para la valoración de las carteras colectivas definidas en el Decreto 2175 de 2007. Como es de su conocimiento, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2175 de 2007 por medio del cual se reguló la administración y gestión de las carteras colectivas administradas por las sociedades comisionistas de bolsa de valores, por las sociedades administradoras de inversión y por las sociedades fiduciarias. En este decreto se estableció que la Superintendencia Financiera de Colombia debía expedir las reglas para determinar (i) El valor de las participaciones en las carteras colectivas y (ii) El valor de la respectiva cartera colectiva. Por consiguiente, la Superintendencia Financiera de Colombia, en uso de sus facultades legales; en particular, de las establecidas en el inciso 2º del artículo 33 y en el artículo 89, ambos del Decreto 2175 de 2007, en el artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, en el literal a) del numeral 3º del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el literal a) del artículo 6 de la Ley 964 de 2005, expide las instrucciones necesarias al respecto. Estas instrucciones estarán contenidas en el nuevo texto del Capítulo XI de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995), el cual se
subroga en su integridad mediante esta circular. La presente Circular Externa rige a partir del 12 de diciembre de 2007 y deroga todas las normas que le sean contrarias. Se anexa el texto del capítulo correspondiente.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
CÉSAR PRADO VILLEGAS
Superintendente Financiero de Colombia 050000