SFC - Contrato cuenta de ahorros Cuenta pensional. Compensación 2016118117
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Contrato cuenta de ahorros Cuenta pensional. Compensación 2016118117
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- —
o R
SUPERINTENDENCIA FINANO""" AE COLOMBIA
A L a C Ú B a g o t á D . € . , R $ 0 D 1 d E a 6 l S e 1 l 1 8 o A 1 : 1 79 2 C 39 0 0 E R e f e r e n c i a : A C C I Ó N D E P R O T E C C I Ó N A L C O ' P d a i O m t y E m s E l I r e m o s l a d e s LEY 1480 DE 2011 Y 24 DEL CÓDIGO GENER£ boto DE Soo in F eri mado: » 5 1-7 STE
Meda: By
LEDATLRA
Telar, 1 ce GE 01
Radicado interno: 2016118117
506 FUNCIONES JURISDICCIONALES
23 FALLO
Expediente: ¿2016-2090
Demandante: ALBA LIGA PANTOJA FAJARDO
Demandado: BANCO DAVIVIENDA S.A.
Asunto: AUDIENCIA PUBLICA — PROCESO VERBAL DE MENOR CUANTÍA.
En Bogotá D.É.,, a los 30 dias del mes de octubre de 2017, fecha y hora señaladas en audiencia del pasado 22 de junio, la Delegatura para Funciones Jurisdiccionales se constituye
en audiencia del artículo 373 del Código General del Proceso, disponiendo la grabación de lo actuado mediante sistema de grabación acorde con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 107 Ibidem, registro que forma parte integral de la presente acta. Asiste la audiencia Carolina Jiménez Ortiz, profesional de la Delegatura. En la sede de la Delegatura, comparece la demandante ALBA LIGA PANTOJA FAJARDO, identificada con cédula de ciudadanía numero 27,064,617, acompañada por el abogado FABIÁN ALEJANDRO RODRÍGUEZ LEÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.052.400.473 y tarjeta profesional No. 284.375 del Consejo Superior de la Judicatura, quien aporta poder de suslllución en un folio. se hace presente la entidad demandada BANCO DAVIVIENDA S.A. a través de su apoderado judicial, la abogada ZULMA ROCIO BAQUERO MALDONADO, identificada con la cédula de ciudadanía Mo. 52.152.059 y tarjeta profesional 99.432 del Consejo Superior de la Judicatura.
SE RECONOCE PERSONERÍA AL ABOGADO FABIÁN ALEJANDRO RODRÍGUEZ LEÓN,
COMO APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDAMTE.
PRUEBAS DOCUMENTALES DECRETADAS — SE RECIBE DE LA PARTE DEMANDADA EN UN FOLIO SOLICITUD DÉBITOS 4 CUENTAS — 5E LE CORRE TRASLADO A LA
PARTE DEMANDANTE.
SE ACEPTA DESISTIMIENTO DEL SEÑOR HERNANDO JAWIER ROSERO PANTOJA
SE ACEPTA DESISTIMIENTO DEL SEÑOR SANTIAGO ORDUZ
TESTIMONIO DEL SEÑOR JESÚS RIGSOBERTO ROSERO PANTOJA, IDENTIFICADO CON CEDULA DE CIUDADANIA Mo. 79.472.740, CIERRE DE LA ETAPA PROBATORIA Y CONCEDE OPORTUNIDAD A LAS PARTES PARA
ALEGAR DE CONCLUSIÓN.
ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDANTE ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDADA Una vez escuchados los alegatos de las partes se decreta un receso, para entrar a proferir la sentencia, suspendiendo la grabación correspondiente. Calla 7 No, 4-49 Bogotá D.C. N U S R O O P D O T A D N E I C A H N I M | 1 0 2 0 4 9 5 0 0 2 0 4 9 ) 15 7 5 ( : r o d a t u m n o C S Í A P O V E U N
- . o c . v o g . a r e i c n a n i f r e p u S e e w Audiencia 2016 — 2090
REANUDA LA GRABACIÓN
SENTENCIA
(En archivo de audio) De conformidad con el numara! 6 del artículo 107 del Código General del Proceso, se procede a consignar su parte resolutiva: Conforme con las consideraciones expuestas, la DELEGATURA PARA FUNCIONES
JURISDICCIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA, administrando justicia an nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: DECLARAR no probadas las excepciones que el BANCO DAVIVIENDA S.A, denominó “FALTA DE LEGITIMACIÓN. EN LA CAUSA POR PASIVA DEL BANCO DAVIVIENDA PARA REINTEGRAR LAS SUMAS PAGADAS POR LA SEÑORA ALBA LIGIA PANTOJA DEBITADAS DE SU CUENTA DE AHORROS Y ARONADAS AL PAGARÉ
SUSCRITO JUNTO CON COOPERATIVA MULTACTIVA COALCO Y DAVID PANTOJA
CABRERA”, "CONFIGURACIÓN DEL PAGO CON SUBROGACIÓN (LEGAL) PARA QUE LA
DEMANDANTE PUEDA PERSEGUIR El REINTEGRO DE LAS SUMAS PAGADAS POR ELLA DE LOS SENORES DAVID PANTOJA Y COOPERATIVA MULTIACTIVA COALCO”, "COMPENSACIÓN" y “CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y LEGALES A A CARGO DE BANCO DAVIVIENDA DERIVADA DE LOS CRÉDITOS AVALADOS POR LA DEMANDANTE”, por las razones expuestas a lo largo de esta decisión.
SEGUNDO: DECLARAR clvil y contractualmente responsable a BANCO DAVIVIENDA S.A, en los términos de esta providencia, respecto de los débllos efectuados por compensación el día 19 de octubre de 2015, con cargo a los recursos depositados en la cuenta de ahorros de
titularidad de ALBA LIGIA PANTOJA FAJARDO.
TERCERO: CONDENAR a BANCO DAVIVIENDA S.A. a pagar a la demandanle la señora
ALBA LIGIA PANTOJA FAJARDO, la suma de VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($29.300.000), pago que deberá efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de ejecutoria de esta decisión, junto con los intereses corrientes paclados en el respectivo conirato, liquidados desde la fecha de cada uno de los débitos y hasta su pago. A partir del onceavo día se generarán miereses de mora a la tasa legalmente permitida.
CUARTO: DENEGAR las demás pretensiones de la demanda.
QUINTO: CONDENAR a BANCO DAVIVIENDA S.A. al pago de las costas del proceso. Para el ofacto, liquidense por Secretaría incluyendo como agencias la suma de UN MILLÓN DE
PESOS MONEDA CORRIENTE.
Cumplido lo anterior, por Secretaría archivesa al expediente. La anterior decisión es notificada a las partes en estrados.
CONCEDE RECURSO DE APELACIÓN PRESENTADO POR LA PARTE DEMANDADA EN EL EFECTO DEVOLUTIWO. SE CONCEDE LOS 3 DÍAS PARA PRESENTAR REPAROS.
SOLICITUD DE ACLARACIÓN DEL EFECTO EN QUE SE CONCEDE RECURSO DE
APELACIÓN, SE NIEGA. NUEVA SOLICITUD DE ACLARACIÓN, SE NIEGA.
La anterior decisión es notificada a las partes en estrados, Mo siendo más el motivo de la presente audiencia, se tanmmina y firma por quienes en ella intervinieron. Audiencia 2016 - 2090
LA DELEGATURA PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES, id CAS TILB rand RA Y
LA DEMANDANTE,
q Ga , Tete én pil re
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDANTE,
LA APODERADA JUDICIAL DE BANCO DAVIVIENDA S.A.,
ZULMA ROCIO BAGUERO MALDONADO
EL TESTIGO, ¿HTFO ROSERO PANTOJA alos honorarios de la abogada Gladys Yaneth Moseno, al 10% >30.000.000, este para abonar alos créditos de dicha empresa y avalista de CCALEO y quien posee un saldo aprox. de de la señora ALBA
LIGIA PANTOJA con
CC. 2064617, colaboración procediendo hacer débito automático a la cuenta ricm hemas venido haciendo con este cliente, solicito tu e e ALBA LIGIA
PANTOJA
FAJARDO
27054617
AHORROS
| 450570004272 3.045.520 009200721058 ALBA LIGÍA
PANTOJA
FAJARDO
27064617
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¡ ¡ ¡ A V V D B i D i a c e r n i t e p c o c o r a c c i r i a ó t D e n a a V v m a p i e d r v e n g i r a t e C s n o o a d e n a M d t a J s e u r S t r h e o i C i . s l r d d é e d i d p c i r e o R t e n i o e s d n g e C o O c = p E C O y i o r b C t B o o r E a b r a r R n m a O z e n a z a a R P E e e r s y g o a n i a o o J u n r a i d l e i . c a . . . 1 3 2 2 E c 2 o 2 a e dA ] n 0
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N L A e A
A L o e s c o s ]
DELEGATURA PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES
Superintendencia Financiera de Colombia
E. S.P.
ACCIÓN DE PROTECCIÓN DÉL CONSUMIDOR
REFERENCIA
INANCIERO. LEY 1480 DE 2011 Y ARTÍCULO 24 DE LA [ LEY 1564 DE 2012
¡ ALBA LIGIA PANTOJA FAJARDO
DEMANDANTE
DEMANDADO
BANCO DAVIVIENDA $. A.
EXPEDIENTE
¿2016-2000
RADICADO INTERNO
¿AMB LES ASUNTOSUSTITUCIÓN DE PODER PABLO TOMÁS SILVA MARTHO, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadania N 30,490.633 , portador de la tarjeta profesional de abogado N 88,882 del €, S. de la.., en mi calidad de apoderado espectal de la señora ALBA LIGA PANTOJA FAJARDO, por medio del presente escrito y de la inanera más respetuosa me dirijo a usted con el fin de manifestar que SUSTITUYO el poder que me fuere otorgado por la parte actora, a Favor del doctor FABIÁN ALEJANDRO RODRÍGUEZ LEÓN, mayor de edad, idemificado con cédula de eludadania N 1.052.400.47%4., portador de la tarjeta profesional de abogado N 284,375 del CS. dela f,, para que me sustituyan en cuslqguier momento y con las mismas facultades que me fueron conferidas inicialmente. Sipvase recónocer personería juridica a quien sustituyo el poder,
Alemarmere, nd A
PABLO TOWMÁS SILVA MARINO
CC. 80.496.033 TT. P, 88.883 del €, S. de la J.
FIA NDIEEF RODRÍGUEZ LEÓN . €. 052.400.473
T. P. 284.375 del C.S. de la J.
DILIGENCIA DE PRESENTACIÓN PERSONAL Artículo 2.2.6.1.2.4.1 del Decreto 1069 de 2015 61509 Í En la ciudad de Bogotá D.C,, República de Colombia, el treinta (30) de octubre de dos mil diecisiete (2017), en la Notaría Primera (1) del Círculo de Bogotá D.C., compareció: PABLO TOMAS SILVA MARIÑO, identificada con la cédula de ciudadanía / NUIP 40080496633 y la T.P. 388882, presentó el documento dirigido a DELEGATURA PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES y manifestó que la firma que aparece en el presente documento es suya y acepta el contenido del mismo como cierto. e cia A A F i r m á a u t ó g r a f a - - - - - - - - 3 0 / 1 0 / 2 0 1 71 1 : 1 7 : 4 7 : 0 5 7 Conforme al Artículo 18 del Decreto-Ley 019 de 2012, el compareciente fue identificado mediante cotejo biométrico en línea de su huella dactilar con la información biográfica y biométrica de la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Acorde a la autorización del usuario, se dio tratamiento legal relacionado con la protección de sus datos personales y las políticas de seguridad de la información establecidas por
la Registraduría Nacional del Estado Civil.
BLANCA SIWIA SEGURA RUBIO
Notaria primera (1) del Círculo de Bogotá D.C. - Encargada El presente documento puede ser consultado en la página web www.notornasegucorma. .c o
Número Unico de Transocción: 4hmoobpzi6xs