SFC - Contrato de cuenta corriente Concepto No. 1999004306-0. Enero 28 de 1999. Secretario General id1999004306
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Contrato de cuenta corriente Concepto No. 1999004306-0. Enero 28 de 1999. Secretario General id1999004306
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1999
Doctrinas y Conceptos Financieros 1999 Contrato de Cuenta Corriente Concepto No. 1999004306-0. Enero 28 de 1999. Secretario General.
Síntesis: Terminación unilateral por parte del establecimiento bancario. [§ 0045] «Al respecto es pertinente indicar que las relaciones contractuales entre las instituciones financieras y sus clientes o usuarios están sujetas, en lo no previsto por disposiciones especiales, a la autonomía de la voluntad de las partes, la que les permite decidir si se mantienen o no dichas relaciones.
Por otra parte, en lo atinente al contrato de cuenta corriente bancaria, el artículo 1389 del Código de Comercio habilita a cualquiera de las partes para terminarlo unilateralmente, con los efectos allí previstos. En el mismo sentido, el literal e) del artículo 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993) prevé, para el caso de terminación unilateral por el establecimiento bancario del contrato en mención, que deberán dejarse consignados expresamente los motivos que la determinaron, motivos que deben corresponder a los definidos en los respectivos manuales del establecimiento. En ese contexto, es oportuno precisar que la terminación unilateral del contrato no implica de suyo mal manejo por el cuentahabiente. La cuenta puede ser saldada, modalidad que supone motivos diferentes al mal manejo. Así las cosas, los establecimientos bancarios están habilitados para decidir en forma autónoma sobre la creación o extinción de sus relaciones contractuales, sin perjuicio de la obligación de sujetarse en su actividad a las reglas y prácticas de la buena fe comercial». x SFC - Contrato de cuenta corriente Concepto No. 1999004306-0. Enero 28 de 1999. Secretario General id_1999004306.htm[31/12/23, 11:44:07 a. m.]