SFC - Crédito mercantil. Valoración. Contabilización Concepto No. 2006070706-002 del 2 de febrero de 2007 id2006070706
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Crédito mercantil. Valoración. Contabilización Concepto No. 2006070706-002 del 2 de febrero de 2007 id2006070706
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2007
CRÉDITO MERCANTIL, VALORACIÓN, CONTABILIZACIÓN Concepto 2006070706-002 del 2 de febrero de 2007.
Síntesis: Si la decisión adoptada por el Banco ha sido la fusión de las líneas de negocio, en este caso efectivamente la valoración debe realizarse sobre los activos que resulten de la combinación de los estados financieros tanto de la adquirida como de la adquirente. Además de la anterior posibilidad, la normatividad también contempla que si la entidad dentro de sus estrategias ha decidido continuar operando con el negocio adquirido de manera independiente, puede hacerlo, en cuyo caso las líneas de negocio continuarán claramente diferenciadas y valoradas de acuerdo con el valor de mercado. El registro del crédito mercantil se debe hacer a partir del sexto dígito y asignado a cada una de las líneas del negocio tal como lo señala la Circular 034 de 2006. La revelación de todo el detalle debe efectuarse en las notas a los estados financieros, señalando a partir del estudio técnico efectuado por el experto la clase de línea de negocio asociada al crédito mercantil, la distribución inicial del crédito mercantil a cada línea de negocio, método utilizado para la valuación de las líneas de negocio, etc. «(…) solicita aclaración sobre algunos aspectos relacionados con el Crédito Mercantil adquirido reglamentado por esta Superintendencia a través de la Circular Externa 034 de 2006.
Sobre el particular y en el mismo orden de su consulta, me permito informarle lo siguiente:
A. Valoración de las unidades de negocio La interpretación dada por la entidad sobre el particular, esto es, “Las líneas de negocio de la entidad adquirida se valorarán a precios de mercado, en el momento cero. Para determinar a
futuro si hay o no pérdida del valor del crédito mercantil asociado, se valorará la misma línea combinada con la de la entidad adquirente” a la luz de la aludida disposición es correcta siempre y cuando la decisión adoptada por el Banco sobre el particular haya sido la fusión de las líneas de negocio, en cuyo caso efectivamente la valoración debe realizarse sobre los activos que resulten de la combinación de los estados financieros tanto de la adquirida como de la adquirente. Sin embargo, es de aclarar que además de la anterior posibilidad la normatividad también contempla que si la entidad dentro de sus estrategias ha decidido continuar operando con el negocio adquirido de manera independiente, puede hacerlo en cuyo caso, las líneas de negocio continuarán claramente diferenciadas y valoradas de acuerdo con el valor de mercado.
B. Contabilización del Crédito Mercantil El registro del crédito mercantil en los estados financieros, se debe hacer a partir del sexto dígito y debe estar asignado a cada una de las líneas del negocio tal como lo señala la Circular 034 de 2006.
Ahora bien, la revelación de todo el detalle del mismo, debe efectuarse en las notas a los estados financieros, señalando a partir del estudio técnico efectuado por el experto: la clase de línea de negocio asociada al crédito mercantil, detalle de la distribución inicial del crédito mercantil a cada línea de negocio, método utilizado para la valuación de las líneas de negocio, etc, de conformidad con lo señalado en el numeral 1.4 de la citada normatividad.
C. Plazo para la asignación del Crédito Mercantil Sobre este punto la Superintendencia ha evaluado la solicitud planteada por el Banco mediante
comunicación del 18 de enero del presente año, y ha encontrado procedente la misma, en cuanto a que revelará en las notas a los estados financieros correspondientes al segundo ejercicio de 2006, la descripción de la identificación de cada línea de negocio asociada al crédito mercantil adquirido, el detalle de la distribución del crédito mercantil adquirido a cada una de las líneas de negocio, el método y estimaciones utilizadas para la valuación de las líneas de negocio en el momento de adquisición, el saldo inicial del crédito mercantil, amortización acumulada y saldo final y aspectos relevantes del concepto el experto. Por su parte, en las notas a los estados financieros correspondientes al segundo semestre de 2007, se revelará el resultado de la valoración de cada una de las líneas de negocio sobre los activos de las unidades fusionadas y/o unidades que continúan independientes y al cierre del segundo semestre del presente año, efectuará la actualización anual de las valoraciones de las unidades generadoras del efectivo o líneas de negocio identificadas. (…).»