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SFC - Fondos de valores. Participación en OMAS Concepto No. 2007024210-001 del 17 de mayo de 2007 id2007024210

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Fondos de valores. Participación en OMAS Concepto No. 2007024210-001 del 17 de mayo de 2007 id2007024210
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2007

FONDOS DE VALORES, PARTICIPACIÓN EN OMAS Concepto 2007024210-001 del 17 de mayo de 2007.

Síntesis: Para las operaciones de expansión y contracción monetaria el Banco de la República estableció que las sociedades comisionistas de bolsa son agentes colocadores de OMAS, quienes podrán presentar ofertas a nombre de terceros, entendidas éstas como fideicomisos, fondos que administran y en desarrollo de los contratos de comisión para la compra y venta de valores. La constitución de depósitos remunerados en el Banco de la República pueden ser realizados siempre que se respete la política de inversión, y todos los límites establecidos en el contrato de suscripción de derechos del fondo. «(…) consulta relacionada con la posibilidad que los fondos de valores puedan participar en las subastas de operaciones del Banco de la República de contracción monetaria, mediante la constitución de recursos remunerados.

Al respecto me permito informarle que de acuerdo a la reglamentación del Banco de la República para las operaciones de expansión y contracción monetaria, específicamente en la circular externa reglamentaria DODM – 142, está establecido que las sociedades comisionistas de bolsa son agentes colocadores de OMAS, quienes podrán presentar “ofertas a nombre de terceros, entendidas éstas como fideicomisos, fondos que administran y en desarrollo de los contratos de comisión para la compra y venta de valores”. En lo que es competencia de esta Superintendencia, me permito aclararle que la constitución de depósitos remunerados en el Banco de la República pueden ser realizados siempre que se respete la política de inversión, y todos los límites establecidos en el contrato de suscripción de derechos del fondo. (…).»

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