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SFC - Forex. Mercado Forex. Sociedades autorizadas Concepto No. 2008079882-001 del 6 de diciembre de 2008 id2008079882

Superintendencia Financiera

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Título
SFC - Forex. Mercado Forex. Sociedades autorizadas Concepto No. 2008079882-001 del 6 de diciembre de 2008 id2008079882
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2008

FOREX, MERCADO FOREX, SOCIEDADES AUTORIZADAS Concepto 2008079882-001 del 6 de diciembre de 2008.

Síntesis: Finanzas Forex, constituida en Panamá, no está sometida a la vigilancia de esta Superintendencia ni se encuentra autorizada para promover servicios del sector financiero o del mercado de valores en Colombia o a sus residentes. Los únicos mecanismos legales para promover o publicitar en Colombia o a sus residentes servicios del sector financiero, del mercado forex y del mercado de valores prestados por entidades del exterior son las oficinas de representación de entidades del exterior y los contratos de corresponsalia, que requieren autorización previa de la Superintendencia Financiera de Colombia. «(…) consulta: “Quiero saber a si es legal y si no incurro en ningún delito al invertir unos dineros en el mercado Forex, en otro país distinto a Colombia. “.. .Me han hablado de empresas como EvolutíonMarket Group Inc., Forex Macro y otras...” Sobre el particular, de manera atenta le informo que la Carta Circular 87 del 24 de noviembre de 2008, dirigida a las entidades vigiladas y al público en general, señala información importante a tener en cuenta respecto de la sociedad Evolution Market Group, propietaria de la marca comercial Finanzas Forex, dentro de la que se destaca la siguiente:

1. La empresa EVOLUTION MARKET GROUP, cuyo nombre comercial es FINANZAS FOREX, constituida en la República de Panamá, no está sometida a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, ni se encuentra autorizada para promover servicios del sector financiero o del mercado de valores en Colombia o a sus residentes, ni para captar, administrar o recaudar recursos del público con el objeto de invertirlos en el

mercado forex o en productos del mercado de valores.

2. La Superintendencia Financiera de Colombia no ha autorizado a ninguna persona natural ni jurídica para promocionar en Colombia los productos y servicios ofrecidos por dicha empresa.

3. La Superintendencia de Bancos de Panamá, mediante aviso al público del 17 de abril de 2008, informó que las actividades desarrolladas por EVOLUTION MARKET GROUP, cuyo nombre comercial es FINANZAS FOREX, no se enmarcan dentro de aquellas sujetas a la regulación y supervisión de esa Superintendencia. Adicionalmente, advirtió que: “Dicha empresa, además, no cuenta con licencia bancaria o fiduciaria otorgada por esta

Superintendencia.”

4. La Comisión Nacional de Valores de Panamá, a través de información publicada en su página Web aclaró que dicha entidad: “(...) no tiene competencia para fiscalizar, regular o certificar las actividades realizadas por Evolution Market Group Inc., (Finanzas Forex), así como que la CNV no puede avalar ni garantizar el desempeño de las operaciones que realicen los intermediarios del mercado Forex por cuenta de sus clientes (…)” Adicionalmente, la Carta Circular en mención recuerda que los únicos mecanismos legales para promover o publicitar en Colombia o a sus residentes servicios del sector financiero, del mercado forex y del mercado de valores prestados por entidades del exterior son las oficinas de representación de entidades del exterior y los contratos de corresponsalia, que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2558 de 2007 requieren de autorización previa de la Superintendencia Financiera de Colombia.

De igual forma es pertinente indicar que el producto forex comporta riesgos a los inversionistas que realizan este tipo de operaciones y que su naturaleza impide que resulte

posible garantizar rendimientos o ganancias específicas o determinadas. Finalmente se debe mencionar que no se ha previsto un mecanismo estatal cuya finalidad sea brindar cubrimiento a quienes realicen este tipo de inversiones, por lo tanto el riesgo es asumido totalmente por el inversionista respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, de manera atenta le informo que esta entidad adelantará las gestiones necesarias para determinar si la sociedad mencionada por usted se encuentra realizando alguna actividad reservada a las sociedades vigiladas por esta superintendencia. (…).»

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