SFC - Información relevante. Estrategia comercial, Introducción o retiro de productos y servicios Concepto No. 2008021144-001 del 22 de abril de id2008021144
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Información relevante. Estrategia comercial, Introducción o retiro de productos y servicios Concepto No. 2008021144-001 del 22 de abril de id2008021144
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- —
INFORMACIÓN RELEVANTE, ESTRATEGIA COMERCIAL, INTRODUCCIÓN O RETIRO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Concepto 2008021144-001 del 22 de abril de 2008.
Síntesis: La introducción de nuevos productos y servicios o su retiro debe estar relacionada con la estrategia comercial, no obstante ello no implica que la expresión “retiro” se circunscriba a la acción de retirar de la orbita de actuación del emisor. Corresponde a los administradores del emisor identificar todo aquello que pueda afectar la estrategia comercial de la sociedad a su cargo y debe suministrarse como información relevante al mercado público de valores la introducción de nuevos productos y servicios o su retiro del mercado cuando ello resulte relevante en la estrategia comercial del emisor. «(…) expone algunas consideraciones y presenta una serie de inquietudes, relacionadas con el sentido y alcance de lo señalado en el artículo 1.1.2.18 literal c) numeral 5) de la Resolución 400 de 1995, las cuales serán resueltas en el mismo orden planteado: (1) “La introducción o retiro debe ser conexa a la estrategia comercial, es decir debe tener una vocación de permanencia en el mercado que administra el emisor. En este sentido, ¿Se entiende por retiro la “acción de retirar de la orbita de acción del emisor en forma permanente la posibilidad de ejecutar ciertos productos o servicios?” Para resolver su inquietud debe recordarse que el artículo 1.1.2.18. de la Resolución 400 de 1995 señala que los Emisores deben divulgar al mercado como información relevante “(…) los hechos que se relacionan a continuación:(...) c) Situación comercial y laboral: (...) 5.
Introducción de nuevos productos y servicios o su retiro del mercado cuando ello resulte
relevante en la estrategia comercial del emisor.” Como se puede advertir la introducción de nuevos productos y servicios o su retiro debe estar relacionada con la estrategia comercial, no obstante ello no implica que la expresión “retiro” se circunscriba a la acción de retirar de la órbita de actuación del emisor en forma permanente la posibilidad de ejecutar ciertos productos o servicios. En efecto, la condición que da lugar a la obligación de publicar en el Registro Nacional de Valores y Emisores como información relevante este asunto es que el mismo resulte relevante en la estrategia comercial del emisor. Ahora bien, puede resultar relevante en la estrategia comercial del emisor el retiro por algún tiempo de un producto o servicio, como por ejemplo el abandono de una actividad de explotación económica que genera importantes flujos de efectivo por las condiciones y circunstancias existentes en un momento determinado entre tanto estas se presenten, razón por la cual, dicho asunto debe revelarse al mercado como información relevante. (2) “Qué tipo de productos o estrategias pueden afectar la estrategia comercial de un proveedor de infraestructura como es la BNA?” Corresponde a los administradores del emisor identificar todo aquello que pueda afectar la estrategia comercial de la sociedad a su cargo. En efecto, es de señalar que los administradores tienen el deber de realizar todos los esfuerzos conducentes al desarrollo del objeto social , una 1 herramienta fundamental para el efecto es la estrategia comercial, en ese orden deben velar porque la misma se adelante con eficiencia y eficacia. Ahora bien, solo pueden cuidar de manera diligente y cuidadosa el logro de la estrategia comercial si conocen aquellos eventos que pueden afectarla, razón por la cual, basados en su
expertis tienen la obligación de identificarlos. (3) “En caso que la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de la BNA decida suspender o retirar operaciones, que sean decisiones coyunturales que no reflejan, necesariamente, la estrategia comercial de la Bolsa Nacional Agropecuaria S. A., más si responden a decisiones financieras por ponderación de riesgo en un momento del mercado coyuntural, más no eliminan de la orbita de acción de la BNA a (sic) posibilidad o la intención de desligarla de su objeto social ¿Debe ser transmitida como información relevante?” Al respecto, debe reiterarse que, de acuerdo con lo señalado por el artículo 1.1.2.18 literal c) numeral 5) de la Resolución 400 de 1995, debe suministrarse como información relevante al mercado público de valores la introducción de nuevos productos y servicios o su retiro del mercado cuando ello resulte relevante en la estrategia comercial del emisor. Por lo demás, es de recordar que en caso de determinar que el asunto no se enmarca en el supuesto de información relevante contenido en el numeral 5), literal c) del artículo 1.1.2.18 de la Resolución 400 de 1995, deberá verificarse si el mismo se encuadra en alguno de lo otros supuestos que la norma en cita define como objeto de información relevante. (…).» ___________________ 1 Numeral 1, artículo 23 Ley 222 de 1995.