🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SFC - Informe oficiales de cumplimiento 2021

Superintendencia Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SFC - Informe oficiales de cumplimiento 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

INFORME OFICIALES DE CUMPLIMIENTO

Y FUNCIONARIOS RESPONSABLES RLAFT

PREPARADO POR LA DELEGATURA PARA RIESGO DE LAVADO

DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

AÑO 2021 Artículo102 Numeral 3 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero – EOSF-. Incluye el deber de las EV de designar funcionarios responsables de verificar el adecuado cumplimiento de los procedimientos diseñados y puestos en práctica para prevenir y controlar el riesgo de LAFT. Capítulo IV, Título IV, Parte I de la Circular Básica Jurídica de la SFC. Establece los parámetros mínimos referentes a la designación de tales cargos en las EV, y los

I. INTRODUCCIÓN clasifica en dos categorías correspondientes a: En este documento se consolida el análisis realizado al comportamiento de las Funcionarios Responsables -FRaquellos funcionarios que designan las Entidades Vigiladas -EVfrente al cumplimento de la obligación legal de contar con EV exceptuadas de la aplicación de las instrucciones contenidas en el funcionarios responsables de las medidas de control y prevención de Lavado de Capítulo IV – Titulo IV Parte Primera de la Circular Básica Jurídica – Activos y Financiación del Terrorismo -LAFTen el periodo comprendido entre 2016

Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y y 2021. Financiación del Terrorismo - SARLAFT. Con el objetivo de prevenir y de corregir prácticas que resultan inseguras para las EV, Oficiales de Cumplimiento -OCaquellos funcionarios que designan las entre las que se destaca la omisión de designación y posesión de los referidos cargos

EV sometidas a inspección y vigilancia de la SFC que deban la Superintendencia Financiera de Colombia ha ejecutado diversas acciones implementar el SARLAFT de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 administrativas que se detallan en este informe. del Capítulo IV – Titulo IV Parte Primera de la Circular Básica Jurídica. En virtud de la relevancia que implica la correcta administración del riesgo de LAFT en las entidades vigiladas, se han establecido obligaciones legales referentes a los Oficiales de Cumplimiento y los “Funcionarios Responsables”, las cuales se encuentran soportadas principalmente en el contexto normativo que se describe a continuación: Nota interpretativa de la Recomendación 18 de las 40 Recomendaciones del GAFI. Incorpora el deber de incluir la designación de un OC a nivel administrativo. Artículo102 Numeral 3 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero – EOSF-. Incluye el deber de las EV de designar funcionarios responsables de verificar el adecuado cumplimiento de los procedimientos diseñados y puestos en práctica para prevenir y controlar el riesgo de LAFT. Capítulo IV, Título IV, Parte I de la Circular Básica Jurídica de la SFC. Establece los parámetros mínimos referentes a la designación de tales cargos en las EV, y los

I. INTRODUCCIÓN clasifica en dos categorías correspondientes a: En este documento se consolida el análisis realizado al comportamiento de las Funcionarios Responsables -FRaquellos funcionarios que designan las Entidades Vigiladas -EVfrente al cumplimento de la obligación legal de contar con EV exceptuadas de la aplicación de las instrucciones contenidas en el

funcionarios responsables de las medidas de control y prevención de Lavado de Capítulo IV – Titulo IV Parte Primera de la Circular Básica Jurídica – Activos y Financiación del Terrorismo -LAFTen el periodo comprendido entre 2016 Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y y 2021. Financiación del Terrorismo - SARLAFT. Con el objetivo de prevenir y de corregir prácticas que resultan inseguras para las EV, Oficiales de Cumplimiento -OCaquellos funcionarios que designan las entre las que se destaca la omisión de designación y posesión de los referidos cargos EV sometidas a inspección y vigilancia de la SFC que deban la Superintendencia Financiera de Colombia ha ejecutado diversas acciones implementar el SARLAFT de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 administrativas que se detallan en este informe. del Capítulo IV – Titulo IV Parte Primera de la Circular Básica Jurídica. En virtud de la relevancia que implica la correcta administración del riesgo de LAFT en las entidades vigiladas, se han establecido obligaciones legales referentes a los Oficiales de Cumplimiento y los “Funcionarios Responsables”, las cuales se encuentran soportadas principalmente en el contexto normativo que se describe a continuación: Nota interpretativa de la Recomendación 18 de las 40 Recomendaciones del GAFI. Incorpora el deber de incluir la designación de un OC a nivel administrativo.

II. OFICIALES DE CUMPLIMIENTO - OC A.ACTUACIONES OC 2016 -2021

Cuantía sanciones en firme 2016-Diciembre 2021 Periodo OC Principal OC Suplente Ambos Otros Subtotales

2016 2017 $50.000.000 $380.000.000 $95.000.000 $75.000.000 $600.000.000 2018 $270.000.000 $270.000.000 $30.000.000 $200.000.000 $770.000.000 2019 2020 $310.000.000 $310.000.000 2021 $100.000.000 $80.000.000 $50.000.000 $119.633.333 $349.633.333 Subtotales $420.000.000 $1.040.000.000 $125.000.000 $394.633.333 por cargo Total $2.029.633.333,00 Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo. Es así como, para los años 2016 y 2019 no hubo sanciones. La referencia a “Otros” corresponde a otro tipo de incumplimientos relacionados con estos funcionarios, como la falta de autonomía, estructura y equipo, no informar renuncia, suplantación, etc. El año en el que más sanciones se impusieron por incumplimiento a obligaciones relacionadas con Oficiales de Cumplimiento fue el 2018, seguido del 2017. En el 2020 y 2021 las cuantías de sanciones fueron similares y disminuyeron en relación con los periodos previos, mientras que en 2016 y 2019 no hubo sanciones en firme por esta causa. RESOLUCIONES SANCIONATORIAS POR INDUSTRIAS 2016 2017 2018 2019 2020 2021 Total Corredores de Seguros 5 5 2 2 14 Aseguradoras 3 2 1 1 7 Fiduciarias 1 2 2 5

Comisionistas de Bolsa 1 3 1 5 Bancos 3 1 4 1 1 2 Cias de Financiamiento Adm de Fondos de Pensiones 1 1 2 IOE 1 1 1 1 Administradoras SPBV 1 1 Coop Financiera 1 1 Adm R Sol con Prima Media 1 1 SEDPE Com Bolsa Agro 1 1 Totales por Año 13 14 7 11 45 Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo, lo que evidencia que, para los periodos 2016 y 2019 no hubo sanciones. La gráfica refleja únicamente las resoluciones sancionatorias en firme. La industria que tiene la mayor cantidad de actuaciones sancionatorias administrativas es la de corredores de seguros con un total de 14, seguida por las aseguradoras con una participación mucho menor por un total de 7, ambas con tendencia decreciente en número de sanciones, debido a un nuevo enfoque de la política de supervisión tendiente a la prevención, el cual se abordará más adelante. La industria con sanciones más cuantiosas es la aseguradora, a pesar de que no es sobre la que recae el mayor número de sanciones. Le siguen los corredores de seguros y los bancos en segundo y tercer lugar con cuantías similares, respectivamente.

ÓRDENES ADMINISTRATIVAS – DISCRIMINACIÓN DE MOTIVOS 2019 2020 2021 Total OC Principal 1 3 4

OC Suplente 6 4 10 Otras 1 3 4 Totales por Año 1 7 10 18 Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo

La referencia a “OTRAS” corresponde a otro tipo de incumplimientos relacionados con estos funcionarios, como la falta de autonomía, estructura y equipo, no informar renuncia, etc. Las Órdenes Administrativas han sido un mecanismo implementado a partir de 2019, con el propósito de que las entidades vigiladas suspendan de manera inmediata las prácticas ilegales, no autorizadas e inseguras especialmente relacionadas con los Oficiales de Cumplimiento.

CONSOLIDADO DE ACTUACIONES

Actuaciones 2016-2021 22 14 13 13 11 Procesos Sancionatorios Iniciados 9 10 6 6 7 Ordenes Administrativas 1 2 Resoluciones en Firme 2016 2017 2018 2019 2020 2021 Las actuaciones de la gráfica comprenden los incumplimientos relacionados con OC referentes a: ausencia de OC Principal, Suplente, ambos y otros (como la falta de autonomía, estructura y equipo, no informar renuncia, etc.) En el comparativo de actuaciones se destaca la disminución en el inicio de procesos sancionatorios y se resalta que las sanciones en firme corresponden a procesos iniciados en periodos previos. Así mismo, se destaca el incremento de Órdenes Administrativas impartidas para el cese inmediato de las faltas evidenciadas relacionadas con los Oficiales de Cumplimiento.

SUPERVISIÓN PREVENTIVA: Requerimientos perentorios Además de las Órdenes Administrativas, cuando la DRLAFT advierte la vacancia del cargo de Oficial de Cumplimiento, envía “Cartas de Supervisión Preventiva” (CSP), que corresponden

a requerimientos en los que se le pregunta a la EV sobre las gestiones adelantadas tendientes a la designación y posterior trámite de posesión del funcionario y se recuerda la necesidad de atender este deber, cuyo incumplimiento puede acarrear consecuencias administrativas e incluso sancionatorias. El tiempo promedio entre el envío de estos requerimientos a las entidades vigiladas y la posesión del funcionario vacante, a la fecha de corte, es de 60 días corrientes. De los 38 requerimientos hechos1, 32 culminaron con la posesión del OC. Sin embargo, en 6 de estos casos, hubo necesidad de impartir Órdenes Administrativas para cumplimiento inmediato, es decir que el porcentaje de efectividad para los mismos fue del 68% (de 38 CSP hubo 26 posesiones). 3% 16% Posesiones obtenidas con la CSP 68% Posesiones obtenidas con la CSP + OA Activos y en seguimiento Activo con OA y sancionatorio 13% 1 16 Requerimientos CSP realizados en el año 2020 y 22 realizados en 2021.

CAMBIO DE LINEAMIENTO: Prelación a emitir medidas disuasorias sobre procesos sancionatorios Con el objetivo de procurar que las EV suspendan de manera inmediata el incumplimiento a sus obligaciones relacionadas con los Oficiales de Cumplimiento, desarrollen mecanismos que permitan anticipar el manejo de las vacancias en dichos cargos, gestionen eficazmente su reemplazo, así como, que tomen conciencia sobre la necesidad de garantizar la continuidad en los cargos de administración y prevención del Riesgo de LAFT, la DRLAFT ha

dado prelación a impartir órdenes administrativas como medida disuasoria efectiva, desde el análisis del supervisor, con una vocación más preventiva que correctiva. Este enfoque, no excluye el inicio de procesos administrativos sancionatorios institucionales o personales, cuando la situación lo amerita. La ejecución de este nuevo lineamiento ha implicado el seguimiento continuo y la aplicación de una supervisión preventiva, que envuelve la comunicación constante con el área de posesiones de la SFC y la presentación de requerimientos a las Entidades Vigiladas, con la consecuente disminución en la duración promedio de vacancias de los OC. Para el 2021 la duración promedio de la permanencia de algún cargo de OC vacante en las EV fue: Duración promedio de Porcentaje del total vacancias OC 2021 de entidades sin OC De 1 a 6 meses 65% De 6 a 12 meses 29% Duración mayor a 1 año 6%

GESTIÓN AÑO 2021

B.ACTUACIONES 2021

2021 Inicio Procesos Sancionatorios 2 Ordenes Administrativas 10 Sanciones en Firme 11 Cartas de Supervisión Preventiva 22 Corresponde a las actuaciones administrativas realizadas en el periodo comprendido entre enero a diciembre de 2021

MOTIVOS DE LAS ACTUACIONES 2021 22

11 10 2 Inicio Procesos Sanciones Ordenes Cartas de Sancionatorios en firme Admin Supervisión OC Principal 1 3 3 7 OC Suplente 1 4 4 14 Otras 1 1 Ambos OC 3 3 Totales por Año 2 11 10 22

Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo. La referencia a “OTROS” corresponde a otro tipo de incumplimientos relacionados con estos funcionarios, como la falta de autonomía, estructura y equipo, no informar renuncia, etc. A lo largo del año 2021, las acciones implementadas se enfocaron en la imposición de Órdenes Administrativas (10) y la remisión de CSP (22), con la consecuente disminución en la apertura de procesos sancionatorios (2 Pliegos de Cargos). Las sanciones (11) corresponden a aquellas que quedaron en firme en 2021, iniciadas en periodos anteriores.

III. FUNCIONARIO RESPONSABLE – FR

C. EV OBLIGADAS A TENER FR PRINCIPAL Y SUPLENTE 2021

Ofic. de representación de inst. Financieras (38) Fondos mutuos de inversión (37) 38 37 Ofic. de representación del mercado de valores (37) Ofic. de reaseguros del exterior (20) Intermediarios de Reaseguros (15) Proveedores de Infraestructura (11) Sociedades calificadoras de valores (3) Infis (3)

C. ACCIONES ADELANTADAS FUNCIONARIO RESPONSABLE 2021

Proveedores de precios para valoracion (2) 20 15 Organismos de autorregulación (1) Fogafin (1) Fogacoop (1) 37 Fondo de garantias de soc comisionistas miembros de bvc (1) 3 3 F.N.G (1) Pensiones de antioquia (1) 11 1 1 1 2 1 1 1

172 EV obligadas a tener F.R

D. GESTIÓN FUNCIONARIOS RESPONSABLES 2021 88% 12% 99% 1% Enero 2021 Diciembre 2021

EV con Funcionarios 151 171 Responsables EV sin Funcionarios 21 1 Responsables En enero de 2021, había 16 entidades que no tenían alguno o ambos funcionarios responsables designados o registrados en el SIRI. En el transcurso de 2021, se reportaron 5 entidades más con alguna ausencia, para un total de 21 entidades sin la designación o registro en el Sistema Integrado de Registro de Información(cid:31) de la SFC (SIRI) durante el año. En 2021, 20 entidades se ajustaron a la norma, sólo con el registro en el Sistema Integrado de Registro de Información de la SFC -SIRIde su FR o bien, con su designación y posterior registro. Únicamente una entidad exceptuada (Oficina Reaseguradora del Exterior) aún no contaba a la fecha de corte del informe con FR suplente (31 de diciembre), a quien fue necesario impartir una orden administrativa.

C. ACCIONES ADELANTADAS FUNCIONARIO RESPONSABLE 2021

Se cuenta con una base de datos elaborada para registrar y analizar continuamente las novedades sobre FR con el propósito de: hacer seguimiento periódico, advertir alguna omisión, revisar la pertinencia de enviar comunicaciones (instruyendo sobre el registro y recordando el deber de tenerlo actualizado) o adoptar alguna medida de supervisión. Como resultado del seguimiento, se elaboraron 55 oficios (requerimientos, prórrogas y respuestas finales) dirigidos a lograr la designación o el registro de FR, atendiendo a las ausencias reportadas durante 2021. Así mismo, se procuró tal designación o registro a través

de correos electrónicos, llamadas telefónicas y la prestación de apoyo técnico a las EV. COMITÉ DE OFICIALES DE CUMPLIMIENTO En el año 2021 se continuó con la realización del Comité de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables, por lo que, desde su lanzamiento el 22 de septiembre de 2020, a la fecha de corte de este informe, se habían realizado 5 de carácter ordinario y 2 extraordinario2. Este Comité ha demostrado ser un canal de comunicación efectivo y amigable con los OC y los FR que apoya la función desempeñada en las EV, y destaca la importancia de su designación y posesión, con las calidades profesionales y de experiencia que permitan una adecuada administración del riesgo de LAFT. Se han abordado asuntos de interés para el supervisor, que permiten la capacitación, así como, temas propuestos por otras autoridades y por los mismos asistentes. Esta medida va de la mano con los resultados de la evaluación del 2017 del Fondo Monetario Internacional sobre las 40 recomendaciones del GAFI, relacionada con la necesidad de reforzar la guía y la retroalimentación a dichos funcionarios. A este Comité también han asistido los supervisores de los sectores financieros en los términos del GAFI (Dian, MinTic y Supersolidaria) y representantes de todos los gremios que reúnen las industrias vigiladas. También se han invitado a otros actores del ecosistema LAFT, como GAFILAT, la UIAF, la Fiscalía General de la Nación, UNODC y los supervisores del

exterior en esta materia y que forman parte del Comité LAFT del Consejo Centroamericano de Supervisores de Bancos, Seguros y de otras Instituciones Financieras3. 2 Los Comités de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables se realizaron en las siguientes fechas: 22 de septiembre y 11 de noviembre de 2020, 22 de enero, 26 de febrero, 25 de mayo, 9 de julio (Saab) y 22 de septiembre de 2021. 3 Ver reglamento del Comité de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables en el siguiente enlace: https://www.superfinanciera.gov.co/descargas/institucional/pubFile1048222/reglamentocomiteoficialescumplimientoyfuncionariosresponsables.docx

IV. CONCLUSIONES Las personas encargadas de la administración de las medidas de control y prevención del lavado de activos de las EV, bien sea Funcionario Responsable u Oficial de Cumplimiento, están en constante rotación, debido al curso normal de su vinculación profesional, ya que pueden renunciar o bien, ser removidos de sus funciones por diferentes motivos, y esta situación no depende exclusivamente de la entidad ni tampoco puede ser controlada por la SFC. Sin embargo, la labor desempeñada permanentemente por la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - DRLAFT, frente a los deberes de las entidades vigiladas relativos a la designación de referidos funcionarios tiene como objetivo generar un resultado en favor de la prevención del riesgo de LA/FT, al evitar la vacancia de los cargos por largos periodos de tiempo y procurar el cumplimiento de las funciones que le corresponden a los administradores de referido riesgo en las entidades supervisadas.

A través de la combinación de los mecanismos de supervisión enunciados, se han generado los resultados positivos descritos en este informe, que han conducido a acciones que pretenden mejorar la labor de supervisión del cumplimiento de las obligaciones referentes a la designación de los funcionarios responsables de la administración de las medidas de control y prevención del lavado de activos. En esa medida, los resultados de los mecanismos implementados se consideran efectivos; no obstante, se subraya la detección y generación de oportunidades de mejora, pues los esfuerzos en la adopción del nuevo lineamiento materializado en una supervisión prospectiva tienen la finalidad de concientizar a las EV para que autónomamente desarrollen procedimientos que no sólo busquen proveer oportunamente las vacantes, sino que actúen previendo la posibilidad de ausencia de sus Oficiales de Cumplimiento de manera que eviten que se prolonguen mediante la anticipación de soluciones, pues dada la importancia de este rol, se hace imperativo garantizar la continuidad en los cargos de administración y prevención del Riesgo de LAFT. Por lo tanto, se espera que los próximos análisis sobre la ocupación de los cargos de Oficiales de Cumplimento y Funcionarios Responsables reflejen, tanto la implementación por parte de la SFC de los mecanismos de supervisión preventiva en pro de la efectividad en el cumplimiento de las obligaciones de su designación, como la transformación hacia una visión prospectiva, anticipativa y autónoma por parte de las vigiladas frente a los efectos adversos de las posibles vacancias. Finalmente, se destaca la relevancia del Comité de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables, como escenario especializado para el intercambio de opiniones sobre la

gestión del riesgo de LAFT, así como, para la capacitación frecuente y retroalimentación sobre asuntos de interés, propiciado por el supervisor, con alta participación de los convocados. Este espacio genera la interacción entre los supervisados y el supervisor que propicia la mejora de la actividad de ambas partes en su prevención y administración.

Consultar sobre este documento ...