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SFC - informe oficiales de cumplimiento 2022

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - informe oficiales de cumplimiento 2022
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

I. INTRODUCCIÓN En este documento se consolida el análisis realizado al comportamiento de las Entidades VigiladasEVfrente al cumplimento de la obligación legal de contar con funcionarios responsables de las medidas de control y prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo -LAFTen el periodo comprendido entre 2016 y 2022.

Con el objetivo de prevenir y de corregir prácticas que resultan inseguras para las EV, entre las que se destaca la omisión de designación y posesión de los referidos cargos, la Superintendencia Financiera de Colombia ha ejecutado diversas acciones administrativas que se detallan en este informe. En virtud de la relevancia que implica la correcta administración del riesgo de LAFT en las entidades vigiladas, se han establecido obligaciones legales referentes a los Oficiales de Cumplimiento y los Funcionarios Responsables, las cuales se encuentran soportadas principalmente en el contexto normativo que se describe a continuación: ▪ Nota interpretativa de la Recomendación 18 de las 40 Recomendaciones del GAFI. Incorpora el deber de incluir la designación de un OC a nivel administrativo. ▪ Artículo102 Numeral 3 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero – EOSF-. Incluye el deber de las EV de designar funcionarios responsables de verificar el adecuado cumplimiento de los procedimientos diseñados y puestos en práctica para prevenir y controlar el riesgo de LAFT. ▪ Capítulo IV, Título IV, Parte I de la Circular Básica Jurídica de la SFC. Establece los parámetros mínimos referentes a la designación de tales cargos en las EV, y los clasifica en dos categorías correspondientes a:

  1. Funcionarios Responsables -FRaquellos funcionarios que designan las EV exceptuadas de la aplicación de las instrucciones contenidas en el Capítulo IV – Titulo IV Parte Primera de la Circular Básica Jurídica – Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT. 2) Oficiales de Cumplimiento -OCaquellos funcionarios que designan las EV sometidas a inspección y vigilancia de la SFC que deban implementar el SARLAFT de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 del Capítulo IV – Titulo IV Parte Primera de la Circular Básica Jurídica.

I I . OFICIALES DE CUMPLIMIENTO - OC ACTUACIONES OC 2016 -2022 Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo. Es así como, para los años 2016 y 2019 no se impusieron sanciones. La referencia a “Otros” corresponde a otro tipo de incumplimientos relacionados con estos funcionarios, como la falta de autonomía, estructura y equipo, no informar renuncia, atender el proceso de supervisión en calidad de OC sin serlo, etc. En el año 2022 el enfoque de supervisión fue de carácter preventivo y se materializó principalmente en actuaciones como cartas de supervisión, cuyo objetivo fue robustecer las diferentes etapas de la gestión de los riesgos LAFT. De esta manera, en relación con el número de sanciones, se impusieron 3 sanciones por un valor total de $70.000.0001, las cuales se dieron por incumplimientos que consideramos prácticas inseguras graves. Se destaca que, el periodo en el que más sanciones se impusieron por incumplimiento a obligaciones

relacionadas con Oficiales de Cumplimiento fue el 2018, seguido del 2017. En el 2020 y 2021 las cuantías de sanciones fueron similares y disminuyeron en relación con los periodos previos, tendencia que continuó y se vio reflejada en los resultados del 2022, mientras que en 2016 y 2019 no hubo sanciones en firme por esta causa. 1 Sanciones en firme en contra de las sociedades: VML S.A. Corredores de Seguros (Resolución N° 1518 de 2022); Seguros Beta S.A. Corredores de Seguros (Resolución No. 0473 de 2022) y Comisionistas Financieros Agropecuarios S.A. (Resolución 0701 de 2022) 2 2 2 2 2 2 2 S p 0 0 0 0 0 0 0 u o P 1 1 1 1 2 2 2 b r e 6 7 8 9 0 1 2 T c r o a i o d t a r g l o o e s O C $ $ $ P $ 2 1 $ 4 5 7 0 3 5 r i 0 0 0 0 0 n . . . . . 0 0 0 0 0 c 0 0 0 0 0 i p 0 0 0 0 0 . . . . . a 0 0 0 0 0 l 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 S O $ A C $ $ $ 1

N C S 3 8 2 7 3 1 $ 8 $ 4 . 0 8 T I u 0 0 0 0 0 0 O O p . 0 . 0 . 0 . 0 . 0 . 0 T N l e 0 0 0 0 0 0 A 0 0 0 0 0 0 E n . . . . . . L S t 0 0 0 0 0 0 e 0 0 0 0 0 0 E 0 0 0 0 0 0 N F $

I R A m

$ 9 $ 3 $ 5 1 7 M 5 0 0 5 E b o . 0 . 0 . 0 . 0 2 s 0 0 0 0 0 0 0 0 0 . . . . 0 0 0 0 1 0 0 0 0 6 0 0 0 0 - 2 0 2 $ $ $ 2 O $ 2 1 3 t 7 0 1 9 r 5 0 9 4 o . . . . 0 0 6 6 s 0 0 3 3 0 0 3 3 . . . . 0 0 3 3 0 0 3 3 0 0 3 3 $ 2 S . 0 u 9 b $ $ $ $ 9 t o 6 7 3 3 $ . 6 t

0 7 1 4 7 3 a 0 0 0 9 0 3 l e . 0 . 0 . 0 . 6 . 0 . 3 s 0 0 0 3 0 3 0 0 0 3 0 . . . . . 3 0 0 0 3 0 , 0 0 0 3 0 0 0 0 0 3 0 0

RESOLUCIONES SANCIONATORIAS POR INDUSTRIAS 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 TOTAL CORREDORES DE SEGUROS 5 5 2 2 2 16

ASEGURADORAS 3 2 1 1 7

FIDUCIARIAS 1 2 2 5

COMISIONISTAS DE BOLSA 1 3 1 5

BANCOS 3 1 4

CIAS DE FINANCIAMIENTO 1 1 2

ADMN DE FONDOS DE PENSIONES 1 1 2

IOE 1 1

ADMN SPBV 1 1

COOP FINANCIERA 1 1

ADMIN R SOL CON PRIMA MEDIA 1 1

SEDPE 1 1

COM BOLSA AGRO 1 1 2

TOTALES POR AÑO 13 14 7 11 3 48 Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo, lo que evidencia que, para los periodos 2016 y 2019 no adquirió firmeza ninguna resolución de sanción. La industria que tiene la mayor cantidad de actuaciones sancionatorias administrativas es la de los corredores de seguros con un total de 16, seguida por las aseguradoras con una participación mucho

menor (7), ambas con tendencia decreciente en número de sanciones, debido al enfoque de la política de supervisión tendiente a la prevención. La industria con sanciones más cuantiosas era la aseguradora hasta 2021, sin embargo, en 2022 las sociedades corredoras de seguros alcanzaron al sector asegurador, ambas con un monto de $430.000.0000 en sanciones impuestas desde el año 2016. Les siguen los bancos, que alcanzaron los $375.000.000 por concepto de sanciones entre 2016 y 2022. La Circular Externa 011 de mayo de 2022 que modifica la norma SARLAFT, incluyó a las Sociedades Corredoras de Seguros entre las entidades exceptuadas de la aplicación de las instrucciones contenidas en el Capítulo IV Título IV Parte I de la CBJ de la SFC, entre otras razones, debido a que su grado de exposición al riesgo de LAFT es considerado bajo2, sin que ello signifique que estén exentas de la obligación de contar con un FR ni de las normas establecidas en los artículos 102 a 107 del EOSF.

ÓRDENES ADMINISTRATIVAS – DISCRIMINACIÓN DE MOTIVOS 2019 2020 2021 2022 TOTAL OC PRINCIPAL 1 3 4

OC SUPLENTE 6 4 1 11

OTRAS 1 3 4

Totales por Año 1 7 10 1 19 Los espacios en blanco reflejan que no hubo ninguna coincidencia en el campo la referencia a “OTRAS” corresponde a otro tipo de incumplimientos relacionados con estos

funcionarios, como la falta de autonomía, estructura y equipo, etc. Las Órdenes Administrativas han sido un mecanismo implementado a partir de 2019, con el propósito de que las entidades vigiladas suspendan de manera inmediata las prácticas ilegales, no autorizadas e inseguras especialmente relacionadas con los Oficiales de Cumplimiento. Se observa que en el 2022 solo se impartió una de estas medidas administrativas, consecuencia de dos situaciones: la primera, consistente en que hubo mayor cumplimiento por parte de las entidades vigiladas en sus obligaciones de designación y posesión de OC derivado de las actuaciones realizadas entre 2016 y 2021 y la segunda, el enfoque preventivo y de seguimiento intensificado que se ha realizado a este tipo de obligaciones en los últimos años.

CONSOLIDADO DE ACTUACIONES 2016-2022

22 Procesos Sancionatorios Iniciados 14 13 13 11 Ordenes Administrativas 10 9 Resoluciones en Firme 77 6 6 3 2 1 1 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2 La Evaluación Nacional de Riesgos (ENR) realizada por la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) en el 2019 examinó la vulnerabilidad al lavado de activos del sector financiero. Al evaluar al sector de los corredores de seguros obtuvo como resultado una calificación considerada como baja, tanto para las amenazas como para las vulnerabilidades LAFT. Las actuaciones de la gráfica comprenden los incumplimientos relacionados con OC referentes a: ausencia de OC Principal, Suplente, ambos y otros (como la falta de autonomía, estructura y equipo,

no informar renuncia, etc.) En el comparativo de actuaciones se destaca la disminución en el inicio de procesos sancionatorios y se resalta que las sanciones en firme corresponden a procesos iniciados en periodos previos. Así mismo, se destaca el incremento de Órdenes Administrativas impartidas en los periodos 2020 y 2021 para el cese inmediato de las faltas evidenciadas relacionadas con los Oficiales de Cumplimiento, en 2022 se enfatiza en la disminución de Órdenes Administrativas y procesos sancionatorios iniciados.

SUPERVISIÓN PREVENTIVA: Requerimientos perentorios En 2022 se continuó con la implementación de las “Cartas de Supervisión Preventiva” (CSP) a las EV cuando la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo -DRLAFTadvierte la vacancia del cargo de Oficial de Cumplimiento, solicitando información sobre las gestiones adelantadas tendientes a la designación y posterior trámite de posesión del funcionario y recordándoles la necesidad de atender este deber, cuyo incumplimiento puede conllevar consecuencias administrativas e incluso sancionatorias.

El tiempo promedio entre el envío de estos requerimientos a las entidades vigiladas y la posesión del funcionario vacante, a la fecha de corte (31 de diciembre de 2022), se mantuvo igual que en el año 2021, es decir, 60 días corrientes. De los 54 requerimientos hechos entre 2020 y 20223, 47 culminaron con la posesión del OC. Sin embargo, en 7 de estos casos, hubo necesidad de impartir Órdenes Administrativas para cumplimiento inmediato, es decir que el porcentaje de efectividad para los mismos

fue del 87% (de 54 CSP hubo 47 posesiones). Porcentaje que aumentó en un 19% con respecto al total de CSP con corte a 20214. 3% 13% Posesiones obtenidas con la CSP 16% Posesiones obtenidas con CSP + OA Activos y en seguimiento 68% Activo con OA y Sancinatorio SUPERVISIÓN PREVENTIVA: Prelación a emitir medidas disuasorias sobre procesos sancionatorios Con el objetivo de procurar que las EV suspendan de manera inmediata el incumplimiento a sus obligaciones relacionadas con los Oficiales de Cumplimiento, desarrollen mecanismos que permitan anticipar el manejo de las vacancias en dichos cargos, gestionen eficazmente su reemplazo, así como, que tomen conciencia sobre la necesidad de garantizar la continuidad en los cargos de administración y prevención del Riesgo de LAFT, la DRLAFT ha continuado dando prelación a impartir medidas 3 16 Requerimientos CSP realizados en el año 2020, 22 en 2021 y 16 en 2022. 4 Porcentaje de efectividad con corte a 2021: 68% (de 38 CSP hubo 26 posesiones) administrativas como mecanismo disuasorio efectivo, desde el análisis del supervisor, con una vocación más preventiva que correctiva. Este enfoque, no excluye el inicio de procesos administrativos sancionatorios institucionales o personales, cuando la situación así lo amerita. La ejecución de este lineamiento se ha realizado desde mediados del año 2020 y ha implicado el seguimiento continuo y la aplicación de una supervisión preventiva, que envuelve la comunicación constante con el área de posesiones de la SFC y la presentación de requerimientos a las Entidades

Vigiladas, con la consecuente disminución en la duración promedio de vacancias de los OC. Para el 2022 la vacancia de algún cargo de OC en las EV fue de 138 días5. A continuación se presenta el comportamiento comparativo con 2021: Duración promedio 2021 2022 de vacancias OC De 1 a 6 meses 65% 85% De 6 a 12 meses 29% 15% Duración mayor a 1 6% 0% año La duración promedio de vacancias de Oficiales de Cumplimiento disminuyó significativamente de un año a otro, encontrando que para el 2022, en su mayoría, las vacancias duraron entre 1 y 6 meses y no hubo entidades con ausencia de OC por periodos superiores a 1 año. COMITÉ DE OFICIALES DE CUMPLIMIENTO En el año 2022 se continuó con la realización las 40 recomendaciones del GAFI, relacionada del Comité de Oficiales de Cumplimiento y con la necesidad de reforzar la guía y la Funcionarios Responsables, por lo que, desde retroalimentación a dichos funcionarios. su lanzamiento el 22 de septiembre de 2020, a la fecha de corte de este informe, se han A este Comité también han asistido los realizado 7 de carácter ordinario y 4 supervisores de los sectores financieros en los extraordinario6. términos del GAFI (Dian, MinTic y Supersolidaria) y representantes de todos los Este Comité ha demostrado ser un canal de gremios que reúnen las industrias vigiladas. comunicación efectivo y amigable con los OC y También se han invitado a otros actores del los FR que apoya la función desempeñada en ecosistema LAFT, como GAFILAT, la UIAF, la

las EV, y destaca la importancia de su Fiscalía General de la Nación, UNODC y los designación y posesión, con las calidades supervisores del exterior en esta materia y que profesionales y de experiencia que permitan forman parte del Comité LAFT del Consejo una adecuada administración del riesgo de Centroamericano de Supervisores de Bancos, LAFT. Se han abordado asuntos de interés para Seguros y de otras Instituciones Financieras7. el supervisor, que permiten la capacitación, así como temas propuestos por otras autoridades y Destacamos que fue creado por la SFC en por los mismos asistentes. Esta medida va de la medio de la pandemia, de manera que mano con los resultados de la evaluación del permitiera fortalecer la comunicación con las 2017 del Fondo Monetario Internacional sobre entidades vigiladas y con otras autoridades en 5 Promedio de días de vacancia del OC, entre 34 entidades que en algún momento del 2022 reportaron ausencia de estos funcionarios. 6 Los Comités de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables se realizaron en las siguientes fechas: 22 de septiembre y 11 de noviembre de 2020 (e), 22 de enero, 26 de febrero (e), 25 de mayo, 9 de julio (Saab) y 22 de septiembre de 2021, 21 de enero, 18 de marzo (e), 3 de junio, 23 de septiembre de 2022. 7 Ver reglamento del Comité de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables en el siguiente enlace: https://www.superfinanciera.gov.co/descargas/institucional/pubFile1048222/reglamentocomiteoficialescumplimientoyfuncionariosresponsables.docx

materia de prevención de LAFT, mediante la expandiendo, involucrando a más participantes participación proactiva de manera virtual, para e inclusive supervisores de otras jurisdicciones la mejora en las medidas, de acuerdo con las y sectores, buscando una mayor cooperación y recomendaciones del GAFI frente a dicho retroalimentación, con eventuales reuniones fenómeno8. El Comité se sigue fortaleciendo y presenciales también.

III. FUNCIONARIO RESPONSABLE – FR EV OBLIGADAS A TENER FR PRINCIPAL Y SUPLENTE 2022 164 EV obligadas a contar con FR durante 2022. 8 https://www.fatf-gafi.org/content/dam/fatf/documents/GAFILAT-SpanishCOVID-19-AML-CFT.pdf

GESTIÓN FUNCIONARIOS RESPONSABLES 2022

Se realizó un seguimiento continuo a las (Sistema de Registro Integral de novedades relacionadas con FR a través del Información) de la SFC. informe elaborado para esos efectos,  La DRLAFT envió 34 requerimientos (sin obteniéndose, entre otros, los siguientes contar los oficios de respuestas, resultados: reiteraciones u orientaciones), hizo alrededor de 9 reuniones y dirigió varios  De enero a diciembre del año 2022, se correos electrónicos a las EV, con la presentaron 34 novedades relacionadas con finalidad de normalizar las novedades FR de entidades vigiladas obligadas a anteriormente expuestas. contar con ellos.  Como resultado de dicha gestión, a  De esas 34 novedades, 21 se debieron a la diciembre de 2022 se logró ajustar la renuncia o remoción de los FR.

situación de 30 de las 34 entidades que  Las 13 novedades restantes, se reportaron novedades. evidenciaron con ocasión del Proceso de  De las 4 novedades que quedaban por Supervisión “Extra Situ” Transversal resolver, 3 se referían a la aclaración que adelantado por el Grupo Evaluación Fondo debían hacer las EV por la disparidad que Monetario Internacional – 40 existía entre el nombre de su FR registrado Recomendaciones GAFI, y se referían a la en el SIRI frente al informado al Grupo GAFI disparidad entre los nombres de los FR en el proceso de supervisión referido, y 1 a reportados al Grupo GAFI (dentro del la ausencia de un funcionario responsable proceso de supervisión) respecto de los de la EV. nombres de los FR registrados en el SIRI NOVEDADES RELACIONADAS CON FR En virtud de la Circular Externa 011 del 20 de al funcionario responsable principal o mayo de 2022 expedida por la SFC: suplente, según sea el caso. Para ello, se debe enviar la información  Se excluyó a los corredores de seguros correspondiente al nombre, al número del ámbito de aplicación de la Parte I, de identificación, al teléfono y al correo Capítulo IV, Título IV de la CBJ de la electrónico de dichos funcionarios a SFC. Esto implica, entre otros, que los través de los canales dispuestos por la corredores deben dejar de designar y SFC para tal efecto. Será posesionar a oficiales de cumplimiento, responsabilidad del representante legal para pasar a designar y registrar a través

de la entidad el diligenciamiento y la del SIRI a sus funcionarios responsables verificación de los datos descritos en principal y suplente. este subnumeral”.  Se modificó el numeral 2.1.2.5. de la  El régimen de transición para ajustarse a referida norma en el siguiente sentido: las modificaciones de la norma finalizó el “Registrar, dentro de los 15 días 6 de enero de 2023. calendario siguientes a su designación,

IV. CONCLUSIONES Desde la SFC reconocemos que las personas encargadas de la administración de las medidas de control y prevención del lavado de activos de las EV están en constante rotación, debido al curso normal de su vinculación profesional, así como, que esta situación no depende exclusivamente de la entidad ni tampoco puede ser controlada por esta Superintendencia. Sin embargo, a través del análisis presentado en este informe que comprende la evolución de la labor desempeñada por la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – DRLAFT entre 2016 y 2022, en relación con los deberes de las entidades vigiladas relativos a la designación de los referidos funcionarios, se observa cómo se han generado resultados en favor de la prevención del riesgo de LA/FT, al evitar la vacancia de los cargos por largos periodos de tiempo y procurar el cumplimiento de las funciones que le corresponden a los administradores de referido riesgo en las entidades supervisadas.

Lo anterior se tiene como consecuencia de la implementación de los mecanismos de supervisión enunciados, entre los que se destaca, la disminución de medidas sancionatorias y de órdenes administrativas, así como, el efecto de las cartas de supervisión preventiva que llevó a disminuir los

periodos de vacancia de OC. Así mismo, se observó la efectividad en los requerimientos para designación de FR, todo lo anterior, reflejo del cumplimiento más adecuado por parte de las entidades vigiladas de sus obligaciones de designación de funcionarios responsables de administrar el riesgo de LAFT. En esa medida, los resultados de los mecanismos implementados se consideran positivos y se espera que sean conocidos por la industria, como se realizó con el informe correspondiente al año 2021, el cual fue socializado en Comité de OC y FR9 y se publicó en la Página web de la SFC10, en donde destacamos la importancia de abordar oportunidades de mejora, en la aplicación de una supervisión prospectiva en la cual las EV autónomamente desarrollen procedimientos que les permita, tanto anticiparse a las posibles vacancias de estos funcionarios, como proveer oportunamente los cargos, considerando la importancia de este rol, en la administración y prevención del Riesgo de LAFT. Por lo tanto, enfatizamos en la implementación de una supervisión en la que la SFC ejecute y optimice los mecanismos de supervisión preventiva, así como que promueva la transformación hacia una cultura prospectiva, anticipativa y autónoma por parte de las vigiladas frente a los efectos adversos de las posibles vacancias. Finalmente, se acentúa la relevancia del Comité de Oficiales de Cumplimiento y Funcionarios Responsables, como escenario especializado para el intercambio de opiniones sobre la gestión del riesgo de LAFT, así como, para la capacitación frecuente y retroalimentación sobre asuntos de interés, auspiciado por el supervisor, con alta participación de los convocados. Este espacio genera la interacción entre los supervisados y el supervisor que propicia la mejora de la actividad de ambas

partes en su prevención y administración. 9 Comité de OC y FR de fecha 23 de septiembre de 2022 10 Ver Informe en https://www.superfinanciera.gov.co/descargas/institucional/pubFile1062146/informeoficialesdecumplimiento2021.pdf

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