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SFC - P2 TIT IV - Anexo 55 circular 036 de 2020

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - P2 TIT IV - Anexo 55 circular 036 de 2020
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA INSTRUCTIVO ANEXO 55: CÁLCULO DE LA RESERVA MATEMÁTICA PARA LOS RAMOS DE SEGUROS QUE GENERAN EL

PAGO DE UNA MESADA O BENEFICIO PERIÓDICO.

TEMA: Reserva Matemática para los Productos de Seguros que Generan el Pago de

una Mesada o Beneficio Periódico.

NOMBRE DE PROFORMA: Cálculo de la reserva matemática para los ramos de seguros que generan el pago de una mesada o beneficio periódico.

NÚMERO DE LA PROFORMA: F.3000-74

NÚMERO DEL FORMATO: 394

OBJETIVO: Recibir información de la valoración de la reserva matemática de ramos de seguros cuyos productos generan el pago de una mesada o beneficio periódico, tales como Riesgos Profesionales, Pensiones Ley 100, Pensiones Voluntarias, y Pensiones con Conmutación Pensional y rentas voluntarias para el seguimiento, revisión, análisis y aprobación del cálculo actuarial en las diferentes modalidades.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Compañías de seguros de vida y sociedades cooperativas de seguros.

PERIODICIDAD: Mensual.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: Último día del mes.

FECHA DE REPORTE: Dentro del término establecido para el reporte del Catálogo Único de

Información Financiera con Fines de Supervisión.

DOCUMENTO TÉCNICO: A-DT-GTI-004 (antes SB-DS-007).

TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 7 Área 9 - Cálculo Reserva Matemática

MEDIO DE ENVÍO: Web.

DEPENDENCIA RESPONSABLE: Delegatura para Seguros

INSTRUCTIVO

Generalidades. El formato debe ser diligenciado en forma individual, esto es, para cada contrato de seguro o de renta expedido. El contrato de Conmutación Pensional, se debe diligenciar para cada pensión conmutada. En Riesgos Profesionales se debe diligenciar por cada siniestro que haya generado una pensión de invalidez o sobrevivencia. Los campos de porcentaje se deben registrar con dos decimales y sin formato de porcentaje. Ej: 4.65% se reporta 4.65. Los campos que se refieran a fechas, deben ser diligenciados bajo el formato dd/mm/aaaa. Los montos de las reservas deben expresarse siempre en pesos colombianos. Para el diligenciamiento de la columna 2 “Unidad” utilizar la codificación del anexo “Códigos de moneda”, que se encuentra en la página Web de la SFC: www.superfinanciera.gov.co, en la sección Interés del Vigilado / Reportes / Indice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guía para el reporte de información sobre valoración de portafolio / Códigos de moneda La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del Representante Legal y del Actuario o persona responsable del cálculo de la reserva. Mientras las entidades, dentro de un plazo prudente puedan informar el detalle discriminado de los valores de las reservas para cada renta, en la columna 38 identificada como “Total Reserva” se puede registrar el único valor de reserva que se tenga. Encabezado.

Tipo y código de entidad: registre el tipo y código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Nombre de entidad: diligencie el nombre o razón social de la entidad, seguido de sus siglas si las hay.

Fecha de corte: registre la fecha de corte del cálculo de la reserva, bajo el formato dd/mm/aaaa.

Cuerpo del Formato. Unidad de Captura 1: Se debe reportar la información relacionada con el causante de la prestación, asegurado, pensionado o rentista. En ella también se registra la información de los beneficiarios pertenecientes a hijos inválidos, hijos menores válidos, cónyuge/compañera o padres y compañera menor de 30 años sin hijos con derecho a renta temporal o los beneficiarios asociados a la renta; se diligencia si aplica, identificando cada beneficiario con su respectivo parentesco. En el caso de varios hijos, solo se requiere diligenciar el de menor edad y los hijos mayores de 18 años hasta los 25, que mantienen derechos por ser estudiantes. En el caso de varios hijos inválidos, solo se requiere diligenciar el de menor edad. Unidad de Captura 2: Registre el total de las columnas 27, 33 a 36, 38 a 41, 77, 78, 84 y 89.

PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 1

Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Información de Póliza, Renta y Siniestro Columna Nombre Descripción 1 Ramo Registre el código del ramo al cual pertenece la reserva de conformidad con el capítulo segundo del título VI de la Circular Externa 007 de 1996: 39 := Riesgos Profesionales 40 := Pensiones Ley 100 41 := Pensiones Voluntarias 42 := Pensiones con Conmutación Pensional 43 := Rentas Voluntarias Celda obligatoria.

2 Unidad Registre el código de acuerdo con el Anexo Código de monedas. Si hay unidades informar su equivalencia en pesos en la Columna 3. Si no aplica no enviar celda. 3 Equivalencia Registre la equivalencia en pesos de la unidad, consignada en la Columna 2, a la fecha de evaluación de la reserva. Si no aplica, no enviar celda. 4 Tasa de Crecimiento Registre el valor de la tasa de crecimiento de la mesada o beneficio periódico para el año en desarrollo de la reserva, efectiva anual, expresada en términos porcentuales. Celda obligatoria. 5 Tipo de Crecimiento Registrar el código del tipo de crecimiento de la mesada o beneficio periódico 1 := Aritmético 2 := Geométrico 3 := IPC 4 := SMMLV 5 := Otro 6 := Sin crecimiento. Para los casos de crecimiento indexado al dólar u otra unidad diligenciar las Columnas 2 y 3. Celda obligatoria. 6 Interés Técnico Registre el valor del interés técnico real utilizado en el cálculo de la reserva matemática, efectivo anual, expresado en términos porcentuales. Celda obligatoria. 7 Rentabilidad Esperada Registre el valor de la rentabilidad esperada del portafolio que respalda la reserva del ramo para el año en desarrollo, efectiva anual expresada en términos porcentuales. Si no aplica, no enviar celda. 8 Número de Póliza Registre el número de la póliza. En el ramo de riesgos profesionales, registre el número del contrato suscrito con el empleador. Celda obligatoria. 9 Vigencia Inicial Registre la fecha de vigencia inicial de la póliza, esto es, la fecha en

que se empieza a asumir el riesgo. Esta fecha debe ser menor o igual a la fecha de corte. Celda obligatoria. 10 Número de Siniestro o Renta Registre el número asignado por la entidad para identificar cada siniestro o renta. Celda obligatoria para los ramos: 39 – Riesgos Profesionales 42 – Pensiones con Conmutación Pensional 43 – Rentas Voluntarias 11 Fecha de Causación del Derecho Registrar:  La fecha de muerte del causante, en caso de ser una renta por sobrevivencia.  La fecha de estructuración de invalidez en caso de invalidez o sustitución por muerte del pensionado invalido.  La fecha en la que se genera la obligación de iniciar el pago de la mesada o beneficio periódico contratado, en caso de vejez o conmutación pensional, para el caso de sustitución pensional la fecha de inicio de pago del causante de la prestación.  La fecha de inicio de pago de la mesada o beneficio periódico en caso de pensiones voluntarias. Celda obligatoria para riesgos asumidos a partir del 1° de abril de 2011. 12 Origen de la Pensión Registre el código origen de la mesada o beneficio periódico: 1 := Invalidez 2 := Muerte (sobrevivencia) 3 := Vejez PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 2 Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 4 := Sobrevivencia por muerte del pensionado por invalidez 5 := Sobrevivencia por muerte del pensionado por vejez

6 := Voluntaria En caso que la renta reportada corresponda a un traslado de la modalidad de pensión de “Retiro Programado” a “Renta Vitalicia”, se deberá indicar en la Columna 76-Observaciones. Celda obligatoria. 13 Clase de Pensión Registre el código de la clase de pensión o renta: 1 = Renta vitalicia inmediata 2 = Renta vitalicia diferida 3 = Renta temporal inmediata 4 = Renta temporal diferida 5 = Otra modalidad de pensión 6 = Renta vitalicia inmobiliaria inmediata 7 = Renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida 8 = Otra modalidad de renta vitalicia inmobiliaria Ejemplo: En los ramos de Riesgos Profesionales y Pensiones Ley 100, cuando los únicos beneficiarios sean hijos menores válidos, aplica la clase de pensión o renta 3. Celda Obligatoria. 14 Tiempo de Diferimiento Registre el número de meses de diferimiento contados desde la fecha de corte, en caso de ser renta diferida. Celda obligatoria para los casos que involucren una renta diferida. Si no aplica, no enviar celda. 15 Temporalidad Registre el número de meses de temporalidad contados desde la fecha de corte en caso de ser renta temporal. Sí se presentan diferentes temporalidades para los beneficiarios o asegurados, se debe registrar la mayor. Celda obligatoria en caso de aplicar. Si no aplica, no enviar celda. Parentesco A - Información del Causante de la Prestación, Asegurado, Pensionado o Rentista Parentesco B – C – D – Información de los Beneficiarios

(Cónyuge, Hijos, Padres, etc.) Se diligencian estos datos en la unidad de captura 01. En todos los casos se debe registrar la información del causante de la prestación, asegurado, pensionado o rentista principal, código “1” en el Parentesco A, cuyas celdas son obligatorias. Los demás beneficiarios se registran en los diferentes campos que se tienen para la identificación de los Parentescos B, C y D, con el código de parentesco que le corresponda, diferente al código “1” ya registrado. El diligenciamiento de los campos subsiguientes al del Parentesco de un beneficiario se hace obligatorio.

Ejemplo: Si solo existe información del causante de la prestación, el cónyuge y un hijo; esta información se registra en los campos del parentesco A, B y C, los campos del parentesco D, al no existir más beneficiarios, no se envían.

Columna Nombre Descripción 16,42,50,58 Parentesco Registre el código de parentesco así: Columna 16: 1 := Causante de la prestación, asegurado, pensionado o rentista principal Columnas 42, 50, 58: 2 := Hijo inválido 3 := Hijo válido hasta la edad 25 4 := Cónyuge o compañera permanente con derecho a pensión vitalicia 5 := Padre 6 := Madre 7 := Compañera menor de 30 años sin hijo, con derecho a pensión temporal 8 := Hermano inválido 9 := Otro - Temporal 10:= Otro - Vitalicio 17,43,51,59 Tipo de Identificación Registre el código de tipo de identificación así: 1 := Cédula de ciudadanía 2 := Cédula de extranjería 3 := NIT,

4 := Tarjeta de identidad 5 := Pasaporte 6 := Tarjeta del seguro social extranjero 7 := Sociedad extranjera sin NIT en Colombia 8 := Fideicomiso PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 3 Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 9 := NUIP o registro civil de nacimiento Celda obligatoria en caso de reportar el parentesco. 18,44,52,60 No. de Identificación Registre el número de identificación. Celda obligatoria en caso de reportar el parentesco. 19,45,53,61 Sexo Registre el código para identificar el sexo del causante de la prestación o asegurado, pensionado o rentista, o del beneficiario: 1:= Masculino 2 := Femenino Celda obligatoria en caso de reportar el parentesco. 20,46,54,62 Fecha de Nacimiento Registre la fecha de nacimiento del causante de la prestación o asegurado, pensionado o rentista, o del beneficiario. Esta fecha debe ser menor a la fecha de corte. Celda obligatoria en caso de reportar el parentesco. 21,47,55,63 Nombre Registre el nombre del causante de la prestación o asegurado, pensionado o rentista, o del beneficiario, de acuerdo al parentesco identificado. Registrar primero los apellidos y luego los nombres. 22,48,56,64 Estudios Registre el código para identificar la condición de estudiante del hijo válido mayor de 18 años: 1 := Si estudia 2 := No estudia Para los demás beneficiarios no aplica. Celda obligatoria en caso de reportar hijos válidos mayores de 18 años. 23,49,57,65 Estado Registre el código de estado del causante de la prestación o

asegurado, pensionado o rentista, o del beneficiario: 1 := Válido 2 := Inválido 3 := Muerto Celda obligatoria en caso de reportar el parentesco. Información Adicional Se diligencian estos datos en la unidad de captura 01; algunos campos contienen información necesaria para el cálculo de la reserva matemática y otros contienen información complementaria. Columna Nombre Descripción 24 Número de Hijos Registre el número total de hijos beneficiarios (válidos e inválidos). Si no aplica, no enviar celda. 25 Número de Hijos Inválidos Registre el número de hijos inválidos beneficiarios. Si no aplica, no enviar celda. 26 Ingreso Base de Liquidación Registre el valor del ingreso base de liquidación a la fecha de causación del derecho, utilizado para el cálculo de la mesada o beneficio periódico. Debe ser mayor que cero (0). Si no aplica, no enviar celda. 27 Mesada o Beneficio Periódico Registre el valor a la fecha de corte de la mesada o beneficio periódico. Debe ser mayor que cero (0). Celda obligatoria. 28 Número de Mesadas o Pagos Registre el número total de mesadas o beneficios periódicos al año Periódicos (pensionales + adicionales). Debe ser mayor que cero (0) Celda obligatoria. 29 Retroactivo Registre el valor total de las mesadas o beneficios periódicos que se pagaron desde la fecha del siniestro o en la que se generó la obligación de iniciar el pago de la renta contratada hasta la fecha de vigencia inicial en la emisión de la renta. Si no aplica, no enviar celda.

30 Grado de Invalidez Inicial Registre el valor del porcentaje de Pérdida de Capacidad Laboral inicial en firme del rentista. Si no aplica, no enviar celda. 31 Fecha Última Modificación Registre la fecha de la última modificación del porcentaje de Pérdida de Capacidad Laboral. Esta fecha debe ser menor a la fecha de corte. Si no aplica, no enviar celda. 32 Grado de Invalidez Actual Registre el valor del porcentaje de Pérdida de Capacidad Laboral actual en firme del rentista. Si no aplica, no enviar celda.

Reservas PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 4

Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Las reservas reportadas en los siguientes campos deben ser calculadas con las Tablas de Mortalidad adoptadas por la Resolución 1555 de 2010. Columna Nombre Descripción 33 Invalidez-Vejez Registre el valor de la reserva matemática, constituida para atender el pago de todas las mesadas o beneficios periódicos por invalidez, vejez, jubilación y pensiones o rentas voluntarias, según el caso. Esta columna debe ser diligenciada para las mesadas o beneficios periódicos a pagar al causante de la prestación. Si no aplica, no enviar celda. 34 Sobrevivencia Registre el valor de la reserva matemática constituida por sobrevivencia, teniendo en cuenta el pago de todas las mesadas o beneficios periódicos. Si no aplica, no enviar celda. 35 Auxilio Funerario Registre el valor de la reserva matemática, constituida para atender

el pago del auxilio funerario. Si no aplica, no enviar celda. 36 Otra Registre cualquier otra reserva asociada a la renta. Si no aplica, no enviar celda. 37 Gastos Registre el valor porcentual que tenga asignado como factor de gastos de administración en el cálculo de la reserva matemática. Celda obligatoria. 38 Total Reserva Valor de la suma total de las reservas (Mesadas o beneficios periódicos, auxilio funerario, sobrevivientes, gastos, otra). Celda obligatoria. 39 Fondo de Ahorro Registre el valor de la reserva por concepto del pago de primas de ahorro en caso de que el producto tenga definida esta modalidad. Si no aplica, no enviar celda. 40 Fondo Rendimientos de Ahorros Registre el valor de la reserva por concepto de los rendimientos generados por el ahorro. Si no aplica, no enviar celda. 41 Cálculo Participación de Utilidades En caso de que el producto ofrezca la participación de utilidades, registre el valor de la reserva por este concepto. Si no aplica, no enviar celda. Información Complementaria En la unidad de captura 01 se diligencian algunos campos complementarios. Columna Nombre Descripción 66 Número de Radicación de la Registrar el número de radicación, ante la Superintendencia Nota Técnica Financiera de Colombia, de la Nota Técnica del producto al que pertenece la renta. Celda obligatoria. 67 Interés Técnico Prima Registrar el valor del interés técnico real utilizado en el cálculo de la prima con que se expidió la renta. Celda obligatoria para los ramos: 40-Pensiones Ley 100

41-Pensiones voluntarias 42-Pensiones con Conmutación Pensional 43-Rentas voluntarias 68 Tasa de Crecimiento Prima Registrar el valor de la tasa de crecimiento de la mesada o beneficio periódico, utilizada en el cálculo de la prima con que se expidió la renta, expresada en términos porcentuales. Celda obligatoria para los ramos: 40-Pensiones Ley 100 41-Pensiones voluntarias 42-Pensiones con Conmutación Pensional 43-Rentas voluntarias 69 Gastos Prima Registrar el valor porcentual que se asignó como factor de gastos de administración en el cálculo de la prima con que se expidió la renta. Celda obligatoria para los ramos: 40-Pensiones Ley 100 41-Pensiones voluntarias 42-Pensiones con Conmutación Pensional 43-Rentas voluntarias 70 Prima Registrar el valor de la prima única o de la prima periódica con que se expidió la renta. Celda obligatoria para los ramos: 40-Pensiones Ley 100 41-Pensiones voluntarias 42-Pensiones con Conmutación Pensional PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 5 Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 43-Rentas voluntarias 71 Fecha Inicial Renta Diferida Para los casos que involucren una renta diferida, registre la fecha inicial que se determinó para iniciar el disfrute de dicha renta, ya sea temporal o vitalicia. Esta fecha debe ser mayor a la fecha de vigencia inicial. Si no aplica, no enviar celda. 72 Valor Mesada o Beneficio Para los casos en los cuales, durante la vigencia total se

Periódico Diferido consideren dos períodos que contemplen valores de mesada o beneficio periódico diferente, registre el valor de la mesada o beneficio periódico diferido. Si no aplica, no enviar celda. 73 Valor Auxilio Funerario Registre el valor de la indemnización por auxilio funerario. Si no aplica, no enviar celda. 74 Reserva Gastos Registre el valor de la reserva en pesos por concepto de gastos de administración. Celda obligatoria. 75 Utilidad Reconocida Registre el valor de la participación de utilidades que haya sido reconocida al pensionado. Si no aplica, no enviar celda. 76 Observaciones Registre los comentarios aclaratorios que se consideren pertinentes, indicando la columna a la cual aplica cada observación. Por ejemplo, en el caso en que en las columnas 5 – Tipo de Crecimiento y 13 – Clase de Pensión se registre el código 5, se deberá indicar cuál es el tipo de crecimiento y cuál es la otra modalidad de pensión. Información de Ajuste por la Nueva Tabla de Mortalidad de Rentistas RV08 Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución 1555 de 2010, con la cual se reemplazan las tablas de mortalidad de rentistas válidos adoptadas mediante la Resolución 0585 del 11 de abril de 1994 y se indica el procedimiento a seguir para el cálculo del ajuste gradual de la reserva matemática, en la unidad de captura 01 se diligencian los campos que contienen información necesaria para el cálculo de este ajuste. Columna Nombre Descripción 77 VR Valor de la reserva matemática calculada al 30 de septiembre de RV89 (0) 2010, t=0; utilizando la tabla RV89.

Celda obligatoria para las rentas en las que aplique el ajuste gradual de la tabla de acuerdo con la Resolución 1555 de 2010. Si no aplica, no enviar celda. 78 VR Valor de la reserva matemática calculada al 30 de septiembre de RV08 (0) 2010, t=0; utilizando la tabla RV08. Celda obligatoria para las rentas en las que aplique el ajuste gradual de la tabla de acuerdo con la Resolución 1555 de 2010. Si no aplica, no enviar celda. 79 PAR(0) Porcentaje de reserva alcanzada a 30 de septiembre de 2010; t=0. Celda obligatoria para las rentas en las que aplique el ajuste gradual de la tabla de acuerdo con la Resolución 1555 de 2010. VR RV89(0) PAR(0)= VR RV08(0) Si no aplica, no enviar celda. 80 Porcentaje de Amortización Porcentaje de amortización mensual aplicado en el mes de Mensual Adicional (PARMA) cálculo. Celda obligatoria para las rentas en las que aplique el ajuste gradual de la tabla de acuerdo con la Resolución 1555 de 2010. Si no aplica, no enviar celda. 81 Porcentaje de Amortización en Porcentaje de amortización en exceso del PARMA aplicado en el Exceso del PARMA mes cálculo. Si no aplica, no enviar celda. 82 Porcentaje de Amortización Porcentaje de amortización total acumulado. Acumulado Celda obligatoria para las rentas en las que aplique el ajuste gradual de la tabla de acuerdo con la Resolución 1555 de 2010. Si no aplica, no enviar celda. 83 Fecha de Aviso del Siniestro Registre la fecha de aviso inicial a la aseguradora para todos los

siniestros del ramo de riesgos profesionales. Para el caso de las rentas de invalidez y sobrevivencia del ramo de Pensiones Ley 100, cuya fecha de vigencia inicial sea posterior al 30 de septiembre de 2010 y para las que la misma aseguradora haya pagado el valor de suma adicional PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 6 Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA correspondiente al seguro previsional de invalidez y sobrevivencia, se debe reportar la fecha de aviso del siniestro a la aseguradora. Reservas Estados Financieros En el siguiente campo se deberá registrar el valor total de la reserva constituida en el mes de corte. Columna Nombre Descripción 84 Total Reserva Estados Financieros Para las rentas en las que aplique el ajuste gradual de la reserva por la aplicación de la Resolución 1555 de 2010, registre la reserva total ajustada a la altura t (VR(t)). Para las rentas, en las que NO aplique el ajuste gradual de la reserva de acuerdo con la Resolución 1555 de 2010, registre el total de la reserva calculada con la tabla de mortalidad de rentistas (RV08). Celda obligatoria. Mecanismo de Cobertura de Deslizamiento del Salario Mínimo El mecanismo de cobertura del riesgo de deslizamiento del salario mínimo para pensiones de renta vitalicia inmediata y renta vitalicia diferida está establecido en el Decreto 36 de 2015 y en la Resolución 3272 de 2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las normas que las modifiquen o sustituyan.

En la unidad de captura 01 se diligencian los campos que contienen información necesaria para el cálculo de la reserva matemática para las pólizas del ramo de Pensiones Ley 100 (40), inscritas en el mecanismo de cobertura de deslizamiento del salario mínimo. Columna Nombre Descripción 85 Inscripción en el mecanismo Registrar si la póliza está inscrita en el mecanismo de deslizamiento del salario mínimo. 1= Inscrito 0= No inscrito Campo obligatorio. 86 Fecha de Inscripción al Registre la fecha de expedición de la resolución mediante la cual mecanismo la Oficina de Bonos Pensionales (OBP) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público admite la inscripción de la póliza en el mecanismo. Si no aplica, no diligenciar. 87 Parámetro de deslizamiento ∆ Registre el valor del parámetro de deslizamiento descrito en el artículo 2 del Decreto 36 de 2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las normas que las modifiquen o sustituyan. Si no aplica, no diligenciar. 88 Registre el valor de la tasa del factor de seguridad vigente, Tasa del factor de seguridad  asociada al cambio de beneficiarios en el año de desarrollo de la reserva. Si no aplica, no diligenciar. 89 Registre el valor de la cobertura establecida mediante resolución COB(A) de pago de la OBP para el año A. Si la resolución de pago no ha sido expedida, debe registrarse la mejor estimación de la cobertura realizada por la entidad de acuerdo con la metodología expuesta en la Resolución 3272 de

2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las normas que las modifiquen o sustituyan. Si no aplica, no diligenciar.

PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 55 PÁGINA 7

Circular Externa 036 de 2020 Diciembre 2020

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