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SFC - Posesión. Revisor fiscal. Ogligaciones crediticias Concepto 2011040310-001 del 19 de julio de 2011. id2011040310

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Posesión. Revisor fiscal. Ogligaciones crediticias Concepto 2011040310-001 del 19 de julio de 2011. id2011040310
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2011

POSESIÓN, REVISOR FISCAL, OBLIGACIONES CREDITICIAS

Concepto 2011040310-001

Síntesis: Si bien la condición de estar al día en el pago de obligaciones de cualquier naturaleza no se encuentra expresamente definida en la normatividad especial que rige la materia, sí puede ser tenida en cuenta y ser determinante en la decisión que adopte esta Superintendencia al momento de autorizar o negar la posesión del revisor fiscal de una de sus vigiladas. «(…) consulta si existe alguna norma donde se establezca que para efectos de posesionarse ante la Superintendencia Financiera los revisores fiscales deben estar al día con cualquier tipo de obligaciones.

Al respecto, se debe precisar que por virtud de lo dispuesto en el artículo 326, numeral 2º, letra g) del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante EOSF), es función de esta Autoridad posesionar y tomar juramento a los revisores fiscales de las instituciones vigiladas y, en concordancia con los términos del numeral 3 del artículo 79 del EOSF, la posesión de aquéllos sólo se efectuará una vez el Superintendente se cerciore acerca de su carácter, idoneidad y experiencia.

Ahora bien: el juicio que realiza la Superintendencia Financiera al analizar la información que reposa en la hoja de vida de la persona designada como revisor fiscal de una vigilada y consentir su posesión comprende tanto aspectos objetivos como subjetivos. Entre los primeros se encuentran las situaciones de hecho previamente definidas por el legislador, como por ejemplo, las causales de inhabilidad e incompatibilidad para el ejercicio de tales cargos, y en lo concerniente a los segundos, el criterio de apreciación es discrecional. Es el

resultado de la evaluación integral y particular de la personalidad del postulante, de la cual hacen parte su formación académica, experiencia profesional, solvencia moral y datos relevantes de su comportamiento social, aspecto este último que guarda estrecha relación con la atención de los negocios privados y las obligaciones crediticias. En ese orden, se concluye que si bien la condición de estar al día en el pago de obligaciones de cualquier naturaleza no se encuentra expresamente definida en la normatividad especial que rige la materia, sí puede ser tenida en cuenta y ser determinante en la decisión que adopte este ente Supervisor al momento de autorizar o negar la posesión del revisor fiscal de una de sus vigiladas. (…).»

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