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SFC - Provisiones. Contingencias judiciales. Aplicación normas NIIF-NIC Concepto 2016080575-002 del 10 de agosto de 2016 id2016080575

Superintendencia Financiera

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Título
SFC - Provisiones. Contingencias judiciales. Aplicación normas NIIF-NIC Concepto 2016080575-002 del 10 de agosto de 2016 id2016080575
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2016

PROVISIONES, CONTINGENCIAS JUDICIALES, APLICACIÓN NORMAS NIIF-NIC Concepto 2016080575-002 del 10 de agosto de 2016

Síntesis: De conformidad con lo dispuesto en la resolución 743 de 2013 expedida por la Contaduría General de la Nación, las entidades de naturaleza pública vigiladas por esta Superintendencia deben aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF-NIC) que para el caso específico de las provisiones mencionadas es la NIC 37, correspondiente a provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes. «(…) comunicación mediante la cual realiza diversas preguntas sobre el tema de provisiones de procesos judiciales de la entidades públicas vigiladas por esta Superintendencia.

A continuación damos respuesta a cada una de las preguntas en el orden en que fueron formuladas:

1. Cuál es la entidad competente para definir los lineamientos para el cálculo de las provisiones de procesos judiciales de las entidades públicas que están bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera? Cuál es la norma que le otorga la competencia?

De conformidad con lo dispuesto en la resolución 743 de 2013 expedida por la Contaduría General de la Nación, las entidades de naturaleza pública vigiladas por esta Superintendencia deben aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF-NIC) que para el caso específico de las provisiones mencionadas es la NIC 37, correspondiente a provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes.

2. Cuál es el órgano rector en materia contable, para definir los lineamientos para el cálculo de provisiones

de procesos judiciales de las entidades públicas que se encuentran bajo vigilancia de la Superintendencia Financiera? Cuál es la norma que le otorga la competencia? El órgano rector es la Contaduría General de la Nación, según lo previsto en el Artículo 6 de la Ley 1314 de 2009.

3. Son independientes las entidades públicas vigiladas por la Superintendencia Financiera para definir los lineamientos para el cálculo de la provisión de procesos judiciales? Cuál es la norma que le otorga la competencia?

Tal y como se manifestó anteriormente la Resolución 743 de 2013, expedida por la Contaduría General de la Nación en su artículo 1 incorporó como parte integrante del régimen de contabilidad pública, el marco normativo dispuesto en el anexo del Decreto Nacional 2784 de 2012, aplicable a las entidades definidas en el artículo segundo de la mencionada resolución.

4. Cuál es la entidad competente para definir la validez o pertinencia de los criterios adoptados para una entidad pública vigilada por la Superintendencia Financiera para efectos de definir los lineamientos para el cálculo de la provisión de procesos judiciales?

La Superintendencia Financiera es la entidad competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 en la Ley 1314 de 2009. (…).»

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