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SFC - Resolución 0003 de 2021

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0003 de 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020091585-039-000

Fecha: 2021-01-07 18:35 Sec.día5107

Anexos:

Trámite::239-NOVEDADES OF. REPRESENTACIÓN ORGANISMOS

EXTERIOR Tipo doc::80-RESOLUCIONES

Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Destinatario: :79780701-SANTIAGO RIBERO PARRA RESOLUCIÓN NÚMERO 0003 DE 2021 ( Enero 6 de 2021 ) Por medio de la cual se aclara el anexo de la Resolución 1174 del 21 de diciembre de 2020

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO (E) En uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 1º del artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), así como en los numerales 15 y 27 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y la resolución 2619 del 24 de diciembre de 2020.

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que mediante la Resolución No. 1174 del 21 de diciembre de 2020, se modificó la autorización otorgada a BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A., para promocionar y publicitar productos y servicios adicionales a través de la Oficina de Representación en Colombia del BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, creándose un Anexo en el cual se identificaron los servicios y productos autorizados por la Superintendencia, que serán objeto de promoción y publicidad por parte de BAM en Colombia,

a través de la oficina de Representación de BCI, de conformidad con el plan general de funcionamiento remitido por la entidad bajo radicado 2020091585. SEGUNDO.- Que el Anexo creado por la Resolución No. 1174 del 21 de diciembre de 2020, adolece de un vacío en el pie de página, número 1, que resulta necesario complementar, en los términos del artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, según el cual: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el pie de página número 1 del Anexo creado por la Resolución No. 1174 del 21 de diciembre de 2020, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo, en el sentido de complementar los espacios que tenían un vacío, el cual quedará así: SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA “1. Los productos y servicios que se relacionan a continuación son los adicionales que en adelante se podrán promover y publicitar en la Oficina de Representación del Banco de Crédito e Inversiones BCI (Chile), conforme a la autorización

otorgada mediante la Resolución 1174 del 21 de diciembre de 2020.” ARTÍCULO SEGUNDO.- ADVERTIR que, salvo la modificación al pie de página número 1 del Anexo, la Resolución 1174 del 21 de diciembre de 2020 se mantiene sin ningún cambio, por lo que no se afecta el resto de su contenido y el fondo de la decisión, como tampoco se reviven los términos de notificación y ejecutoria. ARTÍCULO TERCERO.- ORDENAR que a través de la Secretaría General de esta Superintendencia se notifique el contenido de la presente Resolución aclaratoria, al representante para Colombia de BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A., Dr. Santiago Ribero Parra, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella no procede ningún recurso de conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO.- ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 6 días de enero de 2021.

JUAN CARLOS ALFARO LOZANO

Superintendente Financiero (E)

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Elaboró:

GLORIA JEANNETTE TIBOCHA FORERO

Revisó y aprobó:

--LUZ ANGELA BARAHONA POLO

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