SFC - Resolución 0033 de 2020
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0033 de 2020
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
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0033 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2020 (1 5 E N2E0 20) Por medio de la cual se revoca la autorización concedida a ZLS Aseguradora de Colombia S.A. para operar los ramos de seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT) y enfermedades de alto costo.
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA SEGUROS
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las consagradas en el literal a) del artículo 189, el literal d) del numeral 2 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 8 del artículo 11.2.1.4.36 del Decreto 2555 de 2010 y CONSIDERANDO PRIMERO: Que de conformidad con lo previsto en literal a) del numeral 2 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 201 O, le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante SFC) ejercer la inspección y vigilancia de ZLS Aseguradora de Colombia S.A.
SEGUNDO: Que mediante la Resolución No. 4673 del 12 de noviembre de 1992, la Superintendencia Bancaria hoy Superintendencia Financiera autorizó a QBE SEGUROS S.A. hoy ZLS Aseguradora de Colombia S.A. para operar el ramo de seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT).
TERCERO: Que mediante la Resolución No. 071 O del 26 de junio de 2002, la Superintendencia Bancaria hoy Superintendencia Financiera autorizó a QBE SEGUROS S.A. hoy ZLS Aseguradora de Colombia S.A. para operar el ramo de enfermedades de alto costo.
CUARTO: Que conforme con lo dispuesto en el literal a) del artículo 189 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la revocatoria del certificado de autorización otorgado para operar un ramo de seguros podrá ser decretada por la SFC, a petición
de la misma entidad vigilada.
SUPERITENNDENCFIIAN ANCIDEERC AO LOMBIA
O3 3
RESOLUCNIÚÓMNE RÜO DE2 020 HOJAN o2.
Pomre didoel ac uasler evolcaaa u toriczoanccieóadnZ i LdSAa s eguraddeCo orlao mbia S.Ap.a roap erlaorrs a modses eguorbol igadetd oarñiocoso rporcaaluessaa d loass persoennaa csc iddeentt reásn( sSiOtAoyTe )n fermeddeaa dlcetosos to.
QUINTO: Que con fundamento en lo dispuesto en el literal a) del artículo 189 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, mediante la comunicación número 2019082061-000-000 del 14 de junio de 2019, ZLS Aseguradora de Colombia S.A. solicitó la cancelación de la autorización otorgada para operar los ramos de seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito
(SOAT) y enfermedades de alto costo, para cuyo efecto remitió la documentación respectiva para adelantar dicho trámite.
SEXTO: Q ue revisada la documentación enviada, mediante los memorandos 2019082061-008, 2019082061-010, 2019082061-017, 2019082061-018, 2019082061-036, 2019082061-037, 2019082061-040, 2019082061-047, la Delegatura para Riesgos Operativos, la Dirección de Protección al Consumidor Financiero, la Dirección de Seguros Dos y la Dirección Legal de Seguros, manifestaron no tener objeciones y emitieron concepto favorable a la solicitud
presentada por ZLS Aseguradfira de Colombia S.A. para cancelar la autorización otorgada para operar los ramos de seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT) y enfermedades de alto costo. En mérito de lo expuesto RESULEVE: ARTÍCULOPR IMERROE:VO CARla autorización concedida a ZLS Aseguradora de Colombia S.A. para operar los ramos de seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT) y enfermedades de alto costo.
ARTÍCULOS EGUNDOO: R DENAaR Z LS Aseguradora de Colombia S.A., calcular, constituir y ajustar en forma mensual las reservas técnicas establecidas en las normas vigentes y remitir o trasmitir la siguiente información, hasta que se extingan las obligaciones surgidas de las pólizas de seguros expedidas durante el periodo que operaron los ramos de seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT) y enfermedades de alto costo: Clase de información Periocidad Formato 237 - Reserva para siniestros avisados Trimestral Formato 350 -Estado anual de ingresos y egresos SOAT Anual Formato 364 -Siniestros pagados - SOAT Mensual Detalle de la reserva de siniestros no avisados Trimestral Lo anterior, en adición a la información requerida en los estados financieros o en otros formatos que resulten aplicables a dichos ramos de seguros.
ARTÍCULO TERCEROO: R DENAqRue por Secretaría General se notifique personalmente el contenido de la presente resolución al doctor Cristian Alberto del
Río, en su calidad de representante legal de ZLS Aseguradora de Colombia S.A. o a quien haga sus veces, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante el
SUPERINTENDEFNICNIAAN CIDEERC AO LOMBIA OO 3 3
RESOLUCNIÚÓMNE fiO DE2 020 HOJNAo 3.
Pomre ddieol ac uasler evolcaaa u toriczoanccieóadZn iL dSAa s egurdaedC oorlao mbia S.Ap.a roap erlaorrsa modses eguorbol igdaetd oarñiocoso rpocraaulseasad loass persoennaa csc iddeent treásn( sSiOtAyoTe )n fermeddeaa ldcteooss to. SuperinteDnedleengtapeda orS ae gurdoesn,t dreol odsi e(zO1 ) d íahsá biles siguiealn aft eecsdh eas un otificación.
ARTÍCUCLUOA RTOO: R DENAlRap ublicdaecl iapó rne sernetseo luecnei ló n boledteíMlni nisdteeH raicoi eyn Cdraé dPiútbol iCcaop,í tSuulpoe rintendencia FinancdieCe orlao mbia.
NOTIFÍQUPEUSBEL,Í QUEEY S CÚMPLASE o.e.
Dadean B ogotá, el . 1 5 ENE2 002
ELS UPERINTENDDEENLTEEG ADPOA RAS EGUROS,
CHRISTIHAENN R)\M,ORAAP ONTE ,r"' SuperJntendencía i::fi:ifil#PJ;," - !=in¡¡ncdieNC ao lombia
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SUPERINTENDFEINNCAINAC IDEERC AO LOMBIA
RESOLUCIÓNN ÚMERO DE2 020 HOJAN o4.
Pomre ddieol ac uasler evolcaaa u toriczoanccieóadnZ i LdSAa s eguraddeCo orlao mbia S.Ap.a roap erlaorrs a modses eguorbol igadtedo arñiocoso rporcaaluessaa d loass pesroneansa ccidednett reásn( sSiOtAoyTe )n fermeddeaa dlcetosos to.
Trámite: 2 019082061-000-000
Entidad: Z LSA segurdaedC oorlao mSb.iAa.
Elaboproard: Eo d nMaa rcOellaaDy aaz a Revispaodro:L uEzl vMiorrae Dnuoe ñas
334000