SFC - Resolución 0042 de 2012
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0042 de 2012
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2012
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0042 DE 2012 ( Enero 11 ) Por medio de la cual se modifica el Plan Único de Cuentas aplicable al Banco de la República, adoptado mediante la Resolución 534 de 1997 EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren los numerales 9 y 14 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Financiero instruir a las instituciones vigiladas y controladas sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación, así como instruir a las instituciones vigiladas sobre la manera como deben administrar los riesgos implícitos en sus actividades.
SEGUNDO: Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Financiero dictar las normas generales que deben observar las entidades supervisadas en su contabilidad sin perjuicio de la autonomía reconocida a estas últimas para escoger y utilizar métodos accesorios.
TERCERO: Que para registrar y revelar adecuadamente las acciones adquiridas por el Banco de la República en el Banco de Pagos Internacionales en virtud de la autorización
concedida por la Ley 1484 de 2011. R E S U E L V E ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la denominación y dinámica de la cuenta 1356 y adicionar la subcuenta 135650 al Plan Único de Cuentas (PUC) aplicable al Banco de la República, adoptado mediante la Resolución 534 de 1997, a saber: 1356 APORTES EN ORGANISMOS Y ENTIDADES INTERNACIONALES 135650 BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica la Resolución 534 de 1997 y aplica a partir de los estados financieros con corte a 31 de Diciembre de 2011. Publíquese y cúmplase, Dada en Bogotá D. C. a los 11 días del mes de enero de 2012.