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SFC - Resolución 0058 de 2014

Superintendencia Financiera

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Disponible

Detalles

Título
SFC - Resolución 0058 de 2014
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2014

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RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014

5E fifi2f 0 1)4 - (t Í1 Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1377 de 2010 en el sentido de autorizar la promoción o publicidad de los productos y servicios de THE BANK OF NOVA SCOTIA (CANADA) S. A., mediante la figura del

Representante a través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA

S. A. en virtud de la fusión efectuada con SCOTIABANK COLOMBIA S. A. y la promoción y publicidad de productos adicionales a los inicialmente autorizados por esta Superintendencia EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 1°. del artículo 94 del Estatuto Orgánico dfiI Sistema Financiero, el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2 y el artículo 4.1.1.1.12 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que mediante Resolución No. 1377 del 9 de julio de 201 O, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) autorizó a THE BANK OF NOVA SCOTIA (CANADA) S. A para realizar en el país actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios mediante la figura del Representante a través de The Royal Bank of Scotland (Colombia) S. A. -RBS-.

SEGUNDO.- Que mediante Escritura Pública 2079 del 9 de julio de 201 O de la Notaría 40 de Bogotá, The Royal Bank of Scotland (Colombia) S. A -RBS­ modificó su razón social por la de Scotiabank Colombia S. A. TERCERO.- Que mediante Resolución 0845 del 7 de mayo de 2013, la SFC declaró no objetar la fusión por absorción de Scotiabank Colombia S.A. por

·parte del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S. A.

Atendidos los efectos patrimoniales sobrevinientes: propios de la fusión por

incorporación antes señalada, la entidad financiera del exterior THE BANK OF NOVA SCOTIA (CANADA) S. A que venía siendo representada por Scotiabank Colombia S. A., continuará realizando su gestión de promoción o publicidad de los productos y servicios mediante un Representante a través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S. A. dada su condición de entidad absorbente de Scotiabank Colombia S. A. y subsidiaria

de THE BANK OF NOVA SCOTIA (CANADA).

CUARTO.- Que de lo expuesto en el considerando anterior se establece la permanencia del vínculo de subordinación entre el BANCO COLPATRIA MUL TIBANCA COLPATRIA S. 'A. y THE BANK OF NOVA SCOTIA ' 1 ,. .

SUPRENITENDCEINFAI NNCAIEDREAC OOLMBIA Ü5 8, 1 1

RESOLUCIÓN Nfi) de 2014 Pág. 2 Pomre didoel ac uals em odiifclaaR escoilóuNno 1.7 37d e2 0O1 e ne ls entdieda ouo trilzaa r pormocoip óunib cliddeal dop sr otdouyscs erviiodcseT HEB AKN OFN OVAS COTI(AAC NADSA.) A.m,ed inatlefa i uagrd eRle epsrnetnataet radveéBslA CNOC OLAPTRIMAU TLI BCAANC OLPTARIA S.A .e nv rtiudde l fau seiefócnt ucaondS aC TOIAABNKC OLMOBAI S.A .y l ap romoycp iuóibncl id da dep orductaodsi ncaeilsao l oisn icieaa ltumoeronistzp aoedrs tSau pereinnctiean d

(CANADA) S. A., como lo exige el parágrafo del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 201 O, en los siguientes términos: ".(. .P) a árgarfo1 .Un am simoac fiiand er eepsreancótino lae nitdamdai t,zr filoi saulbd siriaieats baelcdiaen e pla sí,q uhea ags uvse c,de esc noformdiad coenl a rtícu,.l14o1.. .15d eplers een dteecptrpodrráe psreenat avrarís a . instointeduselc e ixtoersri,ei mpe ry cuaon ldamssi masse e ncuternen relcaiaodnamsei dnaetv níucldoess ubioanrdicóo nt engunaamn a triczmo ú.n Dcihsai ctiuódanes uobrdniacideóbenr sáe arc reiadtada s astafcícidóeln a SupenriteennadcF iniacniedreCa o olmabp irop artdeel sai snttuiocniedse l etxeorirrs eepcitvsa.E nt odcoa, sc oaadu ndae la s insctoiinetsdu ele txeorir reepsrteanddaeseb ráo bntreel aa tuorzicaióa nq usee r efieelpre resn ete artíco.u l Ene le veopn retvsiteone lpe rseepn atrárgfoa,s ed eebárni mpelneatmrlos mecnsaimonsee csiaorpsaa rq uleo csel nietsd eiefrcniceonpn e erfcact lriadda etnrloes seirvcioofesrcd iopso cra duan dae l sai snittounceidsel e xitoerr

repreenstaas.d("S ubrayado fuera de texto). QUINTOQue en virtud de los hechos antes expuestos, procede la modificación de la Resolución 1377 del 9 de julio de 201 O citada en el considerando primero. SEXTO.- Que mediante comunicación radicada en la SFC con el número 2013045919-000-000 del 28 de mayo de 2013, complementada con varias comunicaciones, siendo la última la radicada con el número 2013045919-009 del 19 de noviembre de 2013, la Dra. Catherine Welling, Managing Director & Head - lnternational Wealth & Pensions de THE BANK OF NOVA SCOTIA <I (GANADA), quien ostenta las facultades de representación legal de dicha entidad financiera del exterior, informó que "The Banokf N ovaS ctoia (Gnaadac),oin nutapráro mocoinaony dp ubiltcnaidos sup roductyso e,vsi cios enC omlobai a trvaésde lB anoc Cap/atriSa. A.m edainet lafi gurad el a Repersenctia"ó.n SÉPTIMO.- Que en virtud de lo anterior, THE BANK OF NOVA SCOTIA (GANADA) S. A realizará la promoción y publicidad de sus productos y servicios mediante la figura del Representante a través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S. A. con ocasión de la fusión efectuada entre ésta entidad y Scotiabank Colombia S. A., siendo ésta última la entidad absorbida. OCTAVO.- Que en su oportunidad, mediante comunicación 2010021354-000 del 25 de marzo de 201 O la entidad financiera del exterior manifestó que los productos y servicios que deseaba promocionar mediante la figura del

Representante establecida en Colombia, eran los siguientes: Operaciones activas de crédito. - Operaciones de derivados en energía. - Opciones financieras sobre tasas de cambio. Swaps sobre tasas de interés. ' . .,

SUPREINTENDFEINANCNICEAIR AD EC OOLMBIA rJJO.5 8

RESOLUCIÓN de 2014 : ; Pá3g . ;•fi; 1 • fi• • 'Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1377 de 2010 en el sentido de autorizar la promoción o publicidad de los productos y servicios de THE BANK OF NOVA SCOTIA (GANADA) S. A., mediante la figura del Representante a través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA

S. A en virtud de la fusión efectuada con SCOTIABANK COLOMBIA S. A. y la promoción y publicidad de productos adicionales a los inicialmente autorizados por esta Superintendencia - Swaps sobre divisas y tipos de cambio. - Forwards sobre comodities. - Opciones transadas en el mercado mostrador. - Servicios de banca de inversión relacionados con operaciones de fusiones y adquisiciones de empresas NOVENO.- Que mediante comunicaciones 2013045919-004 del 21 de octubre de 2013 y 2013045919-009 del 19 de noviembre de 2013, la entidad solicitante adicionó algunos productos y, en consecuencia, en adelante promocionará y publicitará las siguientes operaciones a través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S. A.: Operaciones activas de crédito (incluyendo pero sin limitarse a: préstamos, tarjetas de crédito y cartas de crédito). - Operaciones con derivados, transacciones forwards y • swaps,

incluyendo pero sin limitarse a: i) operaciones de derivados en energía, ii) opciones financieras sobre tasas de cambio, iii) swaps sobre tasa de interés, iv) swaps sobre divisas y tipos de cambio v) forwards sobre comodities y, (vi) opciones transadas en el mercado mostrador. - Servicios de banca de inversión rel,acionados con operaciones de fusiones y adquisiciones de empresas - Depósitos bancarios, incluyendo pero sin limitarse a la generalidad de estas operaciones, con o sin intereses junto con sus operaciones y productos relacionados tales como giros, pagos o servicios de cash management (éste último es un conjunto de soluciones que permite a los clientes administrar y consolidar los saldos de sus cuentas comerciales. Los principales servlcios incluyen Plan de administración de efectivo, y administración y consolidación de saldos) DÉCIMO.- Que en virtud de la fusión por absorción de Scotiabank Colombia

S.A. por parte del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRJA S.

A.ésta última entidad podrá promover y publicitar los productos y servicios de THE BANK OF NOVA SCOTIA (CANADA) S. A. mediante un Representante, en desarrollo de la autorización impartida por esta Superintendencia en la Resolución No. 1377 del 9 de julio de 2010. DÉCIMO PRIMERO.- Que la actividad en Colombia de la figura del Representante se limita exclusivamente a promover o publicitar los productos y servicios autorizados por esta Superintendencia que constituyen el objeto social de la entidad financiera del exterior, según las reglas establecidas en los artículos 4.1. 1.1.7 y 4.1.1.1.8 del Decreto 2555 de 201 O.

DÉCIMO SEGUNDO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4, Capítulo Quinto, Título I de la Circular Básica Jurídica expedida por esta Superintendencia (Circular Externa No. 007 de 1996) "Lparo mcoióo n publiciddep arodud tcoos s rveicidoeiesfrn to easid ocniasla leoasuo trizaods polraS F,Cr qeuráe rilaa uotrizaiócnp erivad ee sete netd es ueprvisni,só in pejruidceil osas acnieosna quhebu eirel urg,ea ne le evnote nq udei cha atcivdis derea ailcseil naa tuoricziaócno rrepsondeinet. " • .1

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

U5 8

RESOULCÓINN V de2 014 Pág4.

Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1377 de 201 O en el sentido de autorizar la promoción o publicidad de los productos y servicios de THE BANK OF NOVA SCOTJA (GANADA) S. A., mediante la figura del Representante a través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA

S. A. en virtud de la fusión efectuada con SCOTIABANK COLOMBIA S. A. y la promoción y publicidad ... •' de productos adicionales a los inicialmente autorizados por esta Superintendencia DÉCIMO TERCERO.- Que de acuerdo con el artículo 4.1.1.1.12 del Decreto 2555 de 201 O, corresponde a la Superintendencia Financiera ejercer la inspección y vigilancia de las oficinas de representación y los Representantes de entidades financieras de exterior.

En mérito de lo anterior, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR la Resolución No. 1377 de 201 O en el sentido de autorizar a THE BANK OF NOVA SCOTIA (GANADA) S. A., para realizar actos de promoción o publicidad de los productos y servicíos mediante la figura del Representante a través del BANCO COLPATRIA MULT IBANCA COLPATRIA S. A., según los términos indicados en la pa_rte motiva de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a THE BANK OF NOVA SCOTIA

(GANADA} S. A., para promover y publicitar los productos y servicios descritos en el considerando noveno, mediante la figura del Representante a

través del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRlA S. A.

ARTÍCULO TERCERO.- ORDENAR que por Secretaría General de la SFC se notifique al Representante Legal de THE BANK OF NOVA SCOTIA (GANADA) S. A, la presente Resolución,· entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra· ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (1 O) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO CUARTO.- ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio· de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera. ARTÍCULO QUINTO.- REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de esta Superintendencia, para los efectos pertinentes.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 15 E E.N20 14

Dada en Bogotá, D. C.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

GERARfifiHERNANDEZCORREA

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