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SFC - Resolución 0059 de 2014

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0059 de 2014
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2014

SUPERINTENDENCIA FINANfiIFRA nF C:01 OMRIA ll l ll 111 l ll 11111111111111111111 /),Jr,·,,•lri!fifi"l"'.\,t/¡,' f ;'" "'""' " R a d i c a c i ó n 2 0 1 3 0 7 4 0 6 2 - 0 2 2 - 0 0 0 •• 4" ,:,,111\':II'" Fficha.: ! t,/0 l/í;ü! 4 l! : 22 A!! Sec. D is.: 300 Ti':j.J]i te: 240-A.I. APERTURA O C!ERRE OFlC!il Anexos: No ial ida T ipo Do c : 2-8 - r: E S P U E S -:' A F H I A L E • Fol los: 4 Ap i ¡ e:; A: - Encadenado: llü R e m i te ri t e : 15 4 [1 :JO D i , e c d ó n L e g s. i p s. r a ! fo i: e l tud : Destinatario: 7%78578 C;.N:EL OOTEE'O VAR Tfiéfono: 594 02 üO C s r :·o : Er1 t : C s. ia : F o s : l 0/04/iC:14 0059 RESOLUCIÓN NÚMERO Por medio de la cual se autoriza la apertura de una Oficina de Representación en Colombia de una institución financiera y del mercado de valores del exterior para realizar actos de promoción o publicidad de productos del mercado de valores

ENTIDAD: RENTA 4 BANCO S.A.

DOMICILIO: Paseo de la Habana N. 74 - 28036 Madrid, Reino de España

RADICACIÓN: 2013074062-000 del 23 de agosto de 2013

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En uso de sus atribuciones legales y, en especial, de la prevista en el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 201 O, • CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que de conformidad con el artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 201 O, las instituciones financieras, reaseguradoras y del mercado de· valores del exterior. que pretendan promover o publicitar productos y servicios del exterior en Colombia o .sus residentes deben establecer una oficina de representación. SEGUNDO.- Que le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones financieras, reaseguradoras y' del mercado de valores del exterior, y ejercer la inspección, vigilancia y control sobre dichas oficinas de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.1.1.12 del Decreto 2555 de 201 O. TERCERO.- Que el doctor Daniel Botero Vargas en su calidad de apoderado especial de RENTA 4 BANCO S.A. sociedad domiciliada en Madrid, Reino de España, mediante comunicación radicada con el número 2013074062-000 del 23 de agosto de 2013, solicitó autorización para la apertura de una oficina de representación de esa entidad en Colombia, remitiendo para el efecto la documentación señalada en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 201 O. CUARTO.- Que mediante oficios radicados bajo los números 2013074062-012 y 2013074062-019 del 25 de octubre y 20 de diciembre de 2013, respectivamente, el

apoderado especial de la entidad del exterior RENTA 4 BANCO S.A. se pronunció respecto de los diferentes requerimientos efectuados por esta Superintendencia acerca de la documentación allegada. QUINTO.- Que a través de la documentación remitida por el apoderado especial de la entidad del exterior RENTA 4 BANCO S.A. se acreditó ante esta Superintendencia el

SUEPRNITENDECNIFAI ANNCIAED REC OLMOBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 0095 DE HOJA No. 2

Por la cual se aprueba un trámite del proceso de Autorizaciones cumplimiento de los requisitos establecidos para el efecto por el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010, de la siguiente manera: 1. "Certificado exp'é_dfdo. por las autoridades competentes del país de origen en la cual conste su existencia como institución del exterior, representación legal y el tipo de operaciones que pueden llevar a CflbO, indicando la fecha desde la cual se encuentra autorizada para operar, así como la vigencia de tal autorización". (Numeral 1 Artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010): La entidad del exterior a través de su apoderado allegó certificación suscrita por el Registrador Mercantil de Madrid el 22 de junio de 2013 en cual consta que RENTA 4 BANCO S.A. tiene existencia legal. Así mismo, remitió certificación suscrita por el Registrador Mercantil de Madrid el 12 de julio de 2013 con la que se acredita su representación legal. Igualmente, adjunto certificación suscrita por el Secretario General de la Comisión Nacional del Mercado de Valores - CNMV del 4 de julio de 2013, así como Certificado del Banco de

España emitido el 2 de julio de 2013, en los cuales consta la inscripción y autorización para operar de RENTA 4 BANCO S.A. Adicionalmente, se verificó por parte de esta Superintendencia en la página WEB de la Comisión Nacional del Mercado de Valores - CNMV, www.cnmv.es, que RENTA 4 BANCO S.A. se encuentra registrada en los Registros Oficiales de la CNMV. 2. "Los estatutos sociales vigentes de la institución del exterior." (Numeral 2 Artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010): El apoderado de la institución del exterior allegó copia protocolizada en idioma castellano de los estatutos sociales vigentes de RENTA 4 BANCO S.A. de los cuales se extrae el objeto social de la entidad y su duración indefinida. 3. "La autorización oc onformidad expedida por la autoridad competente del lugar de : constitución de la institución del exterior para establecer una oficina de;: representación en el territorio nacional. Si en la legislación a la que está sujeta la : institución del exterior no se requiere dicha autorización oc onformidad, sed eberáfi t. presentar una opinión legal emitida por un abogado idóneo, autorizado para ejerceftfi i como tal en el país donde se encuentre el domicilio principal de la institución dfii. j:, exterior, que no sea funcionario de ésta, con destino a la Superintendencia Financierfi s)&<, de Colombia, en la que se señale que la institución del exterior respectiva encuentra sujeta a supervisión y vigilancia del organismo de supervisióASl fi· i correspondiente y que no requiere lá citada autorización." (Numeral 3 Articulo 4. 1. 1. 1 -fi\

del Decreto 2555 de 2010): . ¡::-J · El apoderado especial de RENTA 4 BANCO S.A. remitió Informe Jurídico protocolizado? rendido el 18 de Julio de 2013 por el abogado Raúl Pérez Arnaldo, del Ilustre Colegio de·i Abogados de Madrid. En tal documento se concluye, entre otras cosas, que "De conformidad con la establecido en el Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio, sobre creación de Bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito, es suficiente con comunicar al Banco.de España la intención aperturar la Ohcina de Representación con carácter previo a la presentación del expediente ante la Superintendencia Financiera" Adicionalmente, se aportó Carta del Banco de España dirigida al Director General de RENTA 4 BANCO S.A., del 1 1 de julio de 2013, en la que dicha autoridad da respuesta a la

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

0509 RESOLUCIÓN NÚMERO '• oe HOJA No. 3 · Por la cual se aprueba un trámite del proceso de Autorizaciones comunicación de intención de abrir una oficina de representación en la República de Colombia por parte de RENTA 4 BANCO S.A. 4. "La resolución o acuerdo de la asamblea, o la resolución del órgano o persona competente de la institución del exterior que apruebe el establecimiento de la oficina de representación en el territorio nacional, si fuere requerido de conformidad con sus estatutos o la ley aplicable." (Numeral 4 Artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010):

El apoderado especial de la entidad del exterior adjuntó acuerdo protocolizado del 19 de julio de 2013, en el que el Consejero Delegado de RENTA 4 BANCO S.A., con facultades suficientes, determinó el establecimiento de una oficina de representación de la sociedad en la República de Colombia. 5. "El plan general de funcionamiento de la oficina de representación, que exprese las actividades principales que esta llevará a cabo en Colombia, incluyendo, entre otras, los planes de promoción o de publicidad que pretenda realizar en e/. territorio nacional o a sus residentes (Numeral 5 Artículo 4.1. 1.1.4 del Decreto 2555 de 2010): El apoderado de RENTA 4 BANCO S.A., como anexo a la comunicación radicada bajo el número 2013074062-000 del 23 de agosto de·2013, remitió el plan de funcionamiento de la oficina de representación en Colombia. En dicho plan de funcionamiento se señalan los siguientes ocho (8) Fondos autorizados en su país de residencia y que exclusivamente pretende promover en el mercado colombiano o sus residentes: (í) Renta 4 Bolsa, FI (ii) Renta 4 Valor Europa, Fl (Antes, Renta 4 Valor, FI) (iii) Renta 4 Cartera Selección Dividendo, FI (ív) Renta 4 Monetario, FI (v) Renta 4 Renta Fija Internacional, FI (vi)· Renta 4 Pegasus, FI (vii) Renta 4 Nexus, FI (viii) Renta 4 Retorno Dinámico, FI La autorización que esta Superintendencia imparte por medio del presente acto administrativo no implica ni una opinión ni valoración de las condiciones y los riesgos

relacionados con los fondos de inversión del exterior que se promocione a través de la oficina de representación. "aL 6. resolución o acuerdo de la asamblea de socios o accionistas, o ta resolución del órgano o persona competente de la institución del exterior, relativo a la designación de la persona natural que actuará como representante de la oficina de representación, así como su hoja de vida, en la que se deberá incluir información suficiente que le permita a la Superintendencia Financiera de Colombia hacerse a una idea clara acerca de su solvencia moral y su capacidad técnica y administrativa para cumplir con el encargo." (Numeral 6 Artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010): El apoderado de la entidad del exterior adjuntó en idioma castellano Poder especial protocolizado, del 22 de julio de 2013, mediante el cual RENTA 4 BANCO S.A. designa al señor Abilio Francisco Javier Orellana Albarsanz como representante para la oficina de representación a establecerse en Colombia. De igual manera, se remitió su correspondiente hoja de vida.

SUPERINTENFDIENNACNICADI EEC ROAL OMBIA ,• •

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5 9 1,¡ RESOLUCNIÚÓMNE RO, ', , :' ÜQ HOJNAo 4. ' !· ' '

,•.1 Polrac uaslea prueubnta r ámdietpler ocedseAo u torizaciones Alr espedcetbaoed, v er·tqi'údr eecs, oen forcmoilndeo a sdt ableenee lair dutolí4 co1. 1.1. 1. 1

deDle ectr2o5 5d5e 2 0O1,l ap ersdoensai gcnoamdroae presednelt aaon ftiecd ie.n:a represednetbáaep croisóens sieeo nne ascrea ragtnoee stSau peernidnetncia. j ' « atfi 7." Lad ocumentqauceia ócnr edliatsfeca ultayd perso hiobnie·c_s toiogradas repreenstalnetgeda ell a i nstitsuocliiócniq tuapenr toem ueevlea s tablecdiem1 _;:iJc,.;e nto ofiincdae r erpesentasceiñóanl,a:un ndd oom iceinle ilto e'ir tronriaoc iopnaarllaa / ;s,·, notiafciiconaesscí,o meol n ombdreel ap ersoonp ae rsoanutaosr izpaadratasa le.f ':'.' efectLoads o.c umentdaecbiáeói rnn cleuxiprr meesnatleaf caultpaadrn aot iicfsafr'·'; , judiceinatleemn r erpseeanctiódnel ai nsutciitódnee lx terr".i( oNume7rA artli ucló•••, 41...1d4.e 1Dle cert2o5 5d5e2 0)10: • fi./ .} fiH f ¡ ,· Ela poderdaeld aoe ntiddeaeldx teardijoturóen ni diocmaeasl tlaPnood eers pe;c¡i,a l prootloiczdaed2lo2 d, ej uldie2o 0 1m3e,d iaenlct ueaR lEN TA4 B ANCSO. Ad.e siagln a

señAobri Flriaon cJiasvcOiore er lAllabnaar csoamnroze presepnatrlaaano tfei cdien a represean etsatcaibólnee ncCe orlsoem Absimíai .s msoe,s eñallaarfsoa nc ulyt ades prohibeixcpiroenseasom teonrtgeaa lmd iassm qou,ie n clluafy aecnu platara ndo tificarse judiyec xitjaruliad cinatleemnn e omebd reR ENT4AB ANCSO. A. Adicmieonntsaeels, e ñealnca o mcuanciriaódni bcaajedolna ú emr2o0 310740162d2 e-2l05 deo ctudber2 e0 31,q ueu nav ezR ENT4A B ANCSO. Ar.e cilbaaa p robadcei ón autoripzoaprcar itdóeee n s tSau perintpeanredase tnacbillaaoe fciecdrie rn eap resentación enC olom"b(..i. )la a,d icrceidóend omicyin lotiicofa icieónCn o lomdbeil aaO fiac dien repsreentaccoierósrnp onidneirmcáei natalle ad es ua podereasdd eoc,li aAr ve ni8d2aN o. 1O - 62P is5o". 8." Loess tadfoiasnn ciecroonssi odaldyoa su ditaddelo ais n sctiitódune elx terior, exrpseadocso onrfmael opsr incicpoinotsa gbelneesr alamceenpttea ednso usp aís

deo rigecno,rr eosnpdienat leosst re(s3 )eej rcicpiroesv iao lsa s olicdiet ud autzoarócini".( Nume8rA arlt íc41u.1l..o 1d.eDl4e cr2e5t5od5 e2 0)1:0 Pocro ndtoud ces ua poderRaEdNAoT 4,B ANCSO. Aa.l lseugesós tafdionsa onscc oine r susr especntoitvyaa sds e bmiednataeui dtadeoxsp,r escaodnofso lrompser incipios contagbelneesr taela cmeepnteandE ossp apñaaarl ,o esj ercciocnicolsaud iidcoisee3 m1b r de2 0O1,2 011y 2 021.C onba seenl orse suldteal daroe ssvi iódnel ai nformaanctieósn reefrildmaa i smnaop reseelnetnmate oqsui em picdoannntu iacroln aa u toriozbajcdeietóo n trámite. 9." Lamsed idadsec ornotdle stinaae dvaisqt uarle a osp eracidoeln aee nst iddeald exterpiuoerd asne ru tilizpaadraaes l o cultamimeannjteoo,,i nvse,rono aporvechameinec nutaol qfourimeadr e d ienrpor ovendieea ncttei viddealdiecst ivas, op ardaa arp anrcieidael egalail daaasdct ividdaedleisc ota il vaatssar nsacciyo nes fondovsi nculcaodnlo ams i sm"a( .Nume9rA arlt íc4u1.l1.o. 1d.e4Dle cre2t5o5d 5e 20)10:

20)10: Ela podeersapdeodc eil aealn tiddeealxd t esroiloirc aidtjaucnnottpeeói n ca a esltldaenl oa "Versvgiieónndt eeMl a nudaepl r oceednitpmoaisrl aap revendcebilló ann qduece aop itales y fiannciadceitlóe nri rosrmdoe"R ENT4A B ANCSO. ,Af .renatlce u aslu,m aad loa s aclaraceifeoacndteausps o rl ae ntiednac do mcuanciiróand icbaadjeaol n úmero 203107401622d -e20l5 d eo tcueb dre2 01,3e stSau perintae tnrdaevdnéecsáli ra e a comtpeenmtaein fensoet nó conetlreamreq nutieom sp ildaaau nt aocriiózn. 10"..( ). L .a S uperinteFnidanenincecridaae C olombpiaare,af ectdeoa su otrizoa r negalraa uotrziacipóanr laaa pertdueru an ao ficdienr ae preenstaceinóe nlp así,

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

0059

RESOLUCIÓN NÚMERO ,DE HOJA No. 5

Porl ac uaslea prubeau nt ráimtdee plr ocdeesA out oriizoances deebár eval,ue antrreo rtos(. .. )el e stánadrd es uperv11sona lq ues ee ncuterna somiedate ne lp aíse nc uytoe rritoesritéo l coailazda". La _Comisión Nacional del Mercado de Valores - CNMV del Reino de España, entidad de

supervisión del intermediario de valores del exterior RENTA 4 BANCO S.A., es miembro ordinario del "lnternational Organization of Securities Commissions (/OSCO)", organismo internacional que brinda estándares para las distintas agencias estatales que realizan supervisión de los mercados de valores. SEXTO.- Que teniendo en cuenta que RENTA 4 BANCO S.A. acreditó el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en los artículos 4.1.1.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, es procedente la autorización para la apertura de una oficina de representación en Colombia. En mérito de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.fi AUTORIZAR la apertura de la oficina de representación en Colombia de RENTA 4 BANCO S.A. con domicilio en el Reino de España, para que promueva y publicite en el mercado colombiano o sus residentes exclusivamente los siguientes ocho (8) Fondos que se relacionan, de acuerdo al plan de funcionamiento presentado a esta Superintendencia como anexo a la comunicación radicada bajo el número 2013074 062-000: (i) Renta 4 Bolsa, FI (ii) Renta 4 Valor Europa, FI (Antes, Renta 4 Valor, FI) (iii) Renta 4 Cartera Selección Dividendo, FI (iv) Renta 4 Monetario, FI (v) Renta 4 Renta Fija Internacional, FI (vi) Renta 4 Pegasus, FI (vii) Renta 4 Nexus, FI (viii) Renta 4 Retorno Dinámico, FI La autorización para la promoción de los productos y servicios antes descritos, se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables a las operaciones celebradas entre

residentes con agentes del exterior, contenidas en el régimen cambiario. Así mismo, la autorización se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las normas colombianas sobre oferta pública de valores. La promoción o publicidad que desarrolle la oficina de representación debe limitarse a los productos y servicios. del mfircado de valores del exterior expresamente señalados en esta Resolución; la promoción o·p ublicidad de servicios o productos diferentes o adicionales a estos requerirá la autorización previa de este Ente de Supervisión. ARTÍCULO SEGUNDO.- ADVERTIR que la oficina de.representación de RENTA 4 BANCO S.A., no podrá operar hasta tanto su representantfi _ legal se haya posesionado ante la Superintendencia Financiera de_Colombia. , fi-.1,: !. ::.·. fi •.I J . • .,,. fi • J ,· ,) :••! 1• • ,•: fi•. f' • • -' ARTÍCULO TERCERO.- ADVERTIR que de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 ' tercero del artículo 4.1.1 .1.2. del Decreto 2555 de . 201 O, la oficina de representación autorizada deberá cumplir , con los deberes dfi ., todo, comerciante, atendiendo las particularidades propias de su naturaleza. En desarrollo de lo anterior, la oficina de r· ·•( L' t:.i/ I J .' ¡ i • e , ·' fi . d · , ? ,·fi.1 •

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 5 9 :D·E HOJA No. 6

Por la cual se aprueba un trámite del proceso de Autorizaciones representación deberá registrarse en la Cámara de Comercio de Bogotá, y copia de dicha actuación deberá remitirse a la Oficina de Registro de esta Superintendencia para las certificaciones a que haya lugar. .. 1 ,, ' 1ARTÍC U LO CUARTO.- ADVERTIR a RENTA 4 BANCO S.A. que debe dar cumplimiento al artículo 4.1. 1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, con lo que esa sociedad asume responsabilidad srt. en la información que presente oficina de representación a· los eventuales inversionistas colombianos o residentes en Colombia a los que se les promocione o publicite los productos y servicios señalados expresamente en el presente acto administrativo, especialmente aquella relacionada con las condiciones jurídicas, financieras, contables, comerciales y administrativas en que RENTA 4 BANCO S.A. desarrolla sus operaciones; el alcance de sus responsabilidades como oficina de representación; la responsabilidad que RENTA 4 BANCO S.A. asume frente a los servicios ofrecidos, las características ·principales de la supervisión que ejercen las autoridades respectivas sobre RENTA 4 BANCO S.A.; la existencia de garantías o seguros, incluyendo seguro de depósitos u otra garantía estatal, si es del caso, que amparen incumplimientos de RENTA 4 BANCO S.A. a los clientes y los límites con que los mismos operan; así como la jurisdicción y la ley aplicable a los mismos. Igualmente la entidad deberá advertir a los eventuales inversionistas que la autorización que esta Superintendencia imparte por medio del presente acto administrativo no implica ni una

opinión ni valoración de las condiciones y los riesgos relacionados con los productos y servicios que se promocione a través de la oficina de representación. ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFICAR personalmente al doctor DANIEL BOTERO VARGAS en su calidad de apoderado especial de RENTA 4 BANCO S.A. el texto de la presente Resolucíón, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero dentro de los diez (1 O) • días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO SEXTO.- ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e. a los fi ij rt,tJ:' ?r 4OSuperintendente Financiero GEi(fiDO HERtfAfi{)EZ CORREA

Anexos: Nignuno

Notifipcearrns aoltmeea n: ·D ocotrD AINEBLOT EORV ARGAS ApoderEasdpoe cial

RENTA4B ACNOS .A.

Aveni8d2Na o 1.O - 62P is5o BogotDá. G.

SUPERIENNTDENCA FIINANCIERAD EC OLOMBA I u nrc::· o l.:·J, . J

Raidacdo2:03 1047062

Porye:c[ tACóMILGOLI BETROV ASQUEBZA RERTO]

Revis[óLA:VA ROE DUARDAOTE NCIMAATR INZ E

Superinetndencia FinncaideeCra o mlboia GurpdoeC orrseponedncia

DOCUMETNOO RIIGNAL e:..

RET1RAD0PO R:t; oS?v. - · ·fi 1t4 ! ," •, fifih: l '.f:Jl!. 'il'..!fin" ¡ ·fi;j;.f. i'!i-t 'u:·! _; !:' :¡'l • 1n ·1 1:n 1: /'. 1,fi,11u1> :rf' ·w.,1E 'P!-""'í-( 1'.:t.i?- lJf!'l.iYl.J''· • • 1 -:-fi,,E. • • 1tfii::-u1:,fi\:"' )fJfi·fi 1:r-, .1i0 lne:-; G¡.l1 .b·•. 1pE.ll·\ l ,!.:; i·11n:_-.1· ., ·E,l J 1(.I, '. ºF. }\,I:.J!,', r< ; ,"(, :·j , U . '1}!. 1, ,. \¡· fi ff, ., ·, _ : _ ¡,,:1:¡·' ,w:í..u'op ¡;1 ¡J 1 fi'! fi · '--: 1',,'I, _I fi1'- :1 •. .fi. :•- ,):i1h• .1 fitew..;1.1:· fij fi '.)1fi.J.J;::l(' , •1¡t . ,-• .r f ';:,, 111: '•• 1• . ':/f':sWU,. ¡ .fi:f ·,fifi;•}b;Jm '.fi'- fi l.•j; l_f•)¡r :ftffi!fi1;_.í'.fir.i '. f'' ..J:&l,W?f.f::•;

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