🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SFC - Resolución 0136 de 2024

Superintendencia Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SFC - Resolución 0136 de 2024
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

: 0 0 1 c f s S T A 0 0 06 2 09 7 2 0 1 0 3 2 0 2 n ó i c a c i d a R a i t n e d n e t e i r c g r p 4 1 0 1 : a i D . c e S M P 8 3 : 4 0 4 2 0 2 / 1 0 / 5 2 : a h l B a d i l a S i S : s o x e n A s e d a d i t n e e d n ó i s r e v e

Fetnigo: 3 : s o l i l o p

E L A N I F A T S E U P S E R8 3 : c o D o p i T

Encaden: ado: NO

Solicitud:

SUPERINTE

DEL

DESPACHO

000000

Menem: 0

0 2 0 4 8 5 ; o n o f é l e T C . A . S A T E B S O R U G E S 7 5 11 1 : o i r a t a n i

t s e D Ent: Caja: Pos: 18/05/2024 P. 0 1 36

| Carro: MNEDVLUCIVIN NUMERO DE 2024 2 5 ENE 2024 ?

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 1965 del 17 de noviembre de 2023, por medio de la cual se aprobó la transformación de la sociedad SEGUROS BETA S.A. CORREDORES DE SEGUROS, y se cancela el certificado de inscripción como Corredor de Seguros! EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren el literal b) del numeral 1 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), y el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 del 2010, en concordancia con lo previsto en el artículo 335 del citado Estatuto y el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que mediante Resolución No, 1965 del 17 de noviembre de 2023, el Superintendente Financiero de Colombia aprobó la transformación de la sociedad Seguros Beta S.A. Corredores de Seguros, y se canceló el certificado de inscripción como Corredor de Seguros por las razones expuestas en la parte motiva de dicho acto administrativo.

SEGUNDO: Que el doctor Juan Camilo Salas Muñoz, representante legal de Seguros Beta S.A, Corredores de Seguros fue notificado de la citada resolución el 22 de noviembre de 2023, tal

como consta en el “Certificado de comunicación electrónica — E mail certificado” de Servicios Postales Nacionales S.A.S. (Radicado 2023010279-019-000).

TERCERO: Que mediante comunicación radicada con el número 2023129566-000-000, el representante legal de Seguros Beta S.A. Corredores de Seguros el 1 de diciembre de 2023 presentó recurso de reposición en contra de la Resolución 1965 del 17 de noviembre de 2023, mediante el cual se solicita la modificación del artículo primero de la parte resolutiva. Lo anterior teniendo en cuenta que “Bajo el acta 77 del 13 de diciembre del 2022 la Asamblea de Accionistas aprobó la razón social bajo el nombre de SEGUROS BETA LTDA, radicado a la SFC 2023007055-000-000 del 25 de enero del 2023.” CUARTO: Que revisada la Resolución No. 1965 del 17 de noviembre de 2023 se observa en el artículo primero de la parte resolutiva un error de transcripción de la razón social del proyecto de estatutos remitido en desarrollo del proceso de autorización de la transformación de la sociedad, al haber quedado plasmado AGENCIA DE SEGUROS BETA LTDA,, siendo la razón social correcta SEGUROS BETA LTDA, conforme a la solicitud presentada.

QUINTO: Que de conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de 'pálabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión,

ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada. a todos los interesados según corresponda”.

A y SEXTO: Que con “fundamento en lo anterior, evaluados los argumentos del recurrente, es procedente corregir la Resolución No. 1965 del 17 de noviembre de 2023, expedida por esta Superintendencia, para registrar la razón social correcta en el artículo primero de la parte resolutiva de dicho acto administrativo, según se dispondrá a continuación.

Y Radicado 2023010279

Dirección: Calle 7 No. 4 — 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201<

www.superfinanciera.gov.co (iba - sfe 1OC P. 0136 =

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2024 HOJA No. 2

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contrade la Resolución No. 1965 del 17 de noviembre de 2023, por medio de la cual se aprobó la transformación de la sociedad SEGUROS BETA S.A. CORREDORES DE SEGUROS, y se cancela el certificado de inscripción como Corredor de Seguros En mérito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero de la parte resolutiva de la Resolución No. 1965 del 17 de noviembre de 2023 por las razones y en el sentido expuesto en el presente acto administrativo. En consecuencia, se corrige el acápite referido, el cual quedará asi: “ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la transformación de la sociedad SEGUROS BETA S.A

CORREDORES DE SEGUROS a Agencia de Seguros, que operará bajo la razón social SEGUROS BETA LTDA.” ARTÍCULO SEGUNDO: ADVERTIR que, en todo lo demás, la Resolución No. 1965 del 17 de noviembre de 2023, se mantiene sin modificación alguna, lo cual implica que no se altera el sentido material de lo allí resuelto.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR que por Secretaria General se notifique el contenido del presente acto administrativo al representante lega! de Seguros Beta Corredores de Seguros S.A., entregándole copia de la misma, advirtiendo que en contra de lo resuelto no proceden recursos, según lo previsto en el artículo 45 y el numeral 2 del artículo 87 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia, para los efectos pertinentes.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

4 2 0 2 E N E 5 2 á t o a . o r . d 4 s g s e C 2 a a o s l e . n n í 0 o e e e D B e D m e l d d 2 d a d | E T N E D N E O R T E N I I C R N E A P N U I L S F E / I R A R R D R A . S

E h É F P 0 1 0 0 0 Y 4 A « 9 7 2 : o 0 d 1 a 0 c 3 i 2 d 0 a 2 R : R A C I F I T O N O I C n i I r V e p R i S E S r o t c o D O N A f D o A s D U I L A C J u a n C a m i l o S a l a s M u ñ o z : D O C U M E N T O O R I G E T I M A A N O D O W I y n o m e r c l e g a l R e p r e s e n t a n t e j u a n c F " a E C m 7 H i 0

A l : o s a l a s

O ) s e g u r o s b e t a . c o m S e g u r o s B e t a S . A . C o r r e d o r e s d e S e

g u r o s C C . A L T E ] | Carrera 63 No. 98 B-54 Barrio los Andes | Bogotá DC Elaborado por: Roberto Leonardo Polifroni - Asesor Grupo de Autorizaciones pd Revisado por: Felipe Noval Acevedo - Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros h Luz Elvira Moreno Dueñas - Superintendente Delegada para Seguros. he Luz Stella Aguilera Morales — Directora Legal para Seguros. Ls. Hernán Dario Otalora - Coordinador Grupo de Autorizaciones [hp

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201<

www.superfinanciera.gov.co

Consultar sobre este documento ...