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SFC - Resolución 0141 de 2024 2

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0141 de 2024 2
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

Radicación: 2024005065-001-000

Fecha: 2024-01-26 15:18 Sec.día742

Anexos: No

Trámite::773-CORRESPONDENCIA INFORMATIVA Tipo doc::80-RESOLUCIONES

Remitente: 420000-420000-DELEGATURA PARA FIDUCIARIAS

Destinatario::424000-424000-DIRECCION LEGAL DE FIDUCIARIAS

RESOLUCIÓN NÚMERO 0141 DE 26 DE ENERO DE 2024 ( ) Por medio de la cual se acepta un impedimento LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA FIDUCIARIAS, En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las que le confieren el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el numeral 8 del artículo 11.2.1.4.54 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que el doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN fue nombrado como Director Legal de Fiduciarias mediante Resolución 2170 de 2 de diciembre de 2014, cargo en el cual se posesionó y en virtud del cual le corresponde desempeñar las funciones establecidas en los artículos 11.2.1.4.56, 11.2.1.4.45 y 11.2.1.4.35 del Decreto 2555 de 2010. Dentro de las ________________________________________________________________________________ Página | 1

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RESOLUCIÓN NÚMERO 0141 DE 26 DE ENERO 2024 HOJA No. 2

Por la cual se acepta un impedimento funciones a su cargo se encuentran, entre otras, participar en las actividades de Supervisión de las Sociedades Fiduciarias vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. SEGUNDO.- Que el Director Legal de Fiduciarias, doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN, mediante Memorando radicado bajo el número 2024005065-000-000 de 17 de enero de 2024, manifestó ante este Despacho, su impedimento para conocer y pronunciarse sobre los asuntos y trámites relacionados con la Sociedad Fiduciaria Alianza Fiduciaria S.A. TERCERO.- Que el doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN sustentó su impedimento con fundamento en lo siguiente: «(…) 1. Desde el mes de enero del año 2014 hasta el mes febrero del año 2017 me desempeñe como Director Legal para Pensiones, Cesantías y Fiduciarias. 2. Con ocasión de la expedición del Decreto 1848 de 2016, desde el mes de febrero del año 2017 me desempeño como Director Legal para Fiduciarias. 3. De acuerdo con lo dispuesto por el legislador en los artículos 11.2.1.4.35 aplicable por remisión expresa de los Artículos 11.2.1.4.45 y 11.2.1.4.55 todos del Decreto 2555 de 2010, dentro de las funciones a mi cargo se encuentran entre otras, participar en las actividades de Supervisión de las Sociedades Fiduciarias vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. 4. Dentro de las

Sociedades Fiduciarias sometidas a la vigilancia y supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia se encuentra la Sociedad Alianza Fiduciaria S.A.

5. El día 15 de enero de 2024 la Sociedad Alianza Fiduciaria S.A. mediante contrato laboral de la misma fecha vinculó a dicha Entidad a mi esposa Carolina Andrea Peña Miranda. (Se anexa contrato laboral) (…) Precisado lo anterior y teniendo en cuenta que el legislador señala que todo servidor público que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas debe declararse impedido por la configuración de cualquiera de las causales antes transcritas, es mi deber exponer a usted en calidad de superior inmediato, que a partir del 15 de enero de 2024 mi cónyuge, Carolina Andrea Peña Miranda, con motivo de su vinculación laboral a Alianza Fiduciaria S.A., podría tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión de los asuntos que como Director Legal para Fiduciarias debo asumir en el ejercicio funcional del cargo configurándose de esta forma la causal de que trata el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 (...).

Solicitud Por las razones expuestas en el acápite anterior, con fundamento en las normas en él citadas y dado que como Director Legal para Fiduciarias, tengo a mi cargo participar en las actividades de Supervisión de las Sociedades Fiduciarias, entre ellas la Sociedad Fiduciaria Alianza Fiduciaria S.A., considero que debo apartarme del conocimiento e impulso de cualquier trámite o asunto relacionado con la citada compañía. ________________________________________________________________________________

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RESOLUCIÓN NÚMERO 0141 DE 26 DE ENERO 2024 HOJA No. 3

Por la cual se acepta un impedimento Por lo anterior, teniendo en cuenta los hechos relacionados en este memorando y las consideraciones en las que soporto mi solicitud, de manera respetuosa solicito a usted en calidad de mi superior inmediato que acepte el impedimento manifestado y que es formalizado en el presente documento y que como consecuencia de tal decisión se designe un Director Legal para Fiduciarias Ad Hoc para que conozca y se pronuncie sobre todos los asuntos relacionados con la Sociedad Fiduciaria Alianza Fiduciaria S.A. (…)». (Subrayas por fuera del texto y negrilla propia) CUARTO.- Que al doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN, en calidad de Director Legal de Fiduciarias y según lo previsto en los artículos 11.2.1.4.35, 11.2.1.4.45 y 11.2.1.4.56 del Decreto 2555 de 2010, le corresponde ejercer, respecto de las entidades cuya supervisión le compete, entre otras, las funciones consistentes en: i) participar en las actividades de supervisión desarrolladas por la Delegatura y las dependencias que hacen parte de ésta, ii) promover la unidad de criterio de los resultados de los procesos de supervisión en los que participa, iii) evaluar los informes de visita y los hechos susceptibles de investigación que le sean trasladados o

informados, iv) desarrollar e implementar las actividades, adelantar las actuaciones y adoptar las medidas necesarias o conducentes al ejercicio de la facultad sancionatoria de la Superintendencia dentro del ámbito de su competencia, en cumplimiento de las políticas institucionales, v) recomendar al Superintendente Delegado las decisiones que a este correspondan, dentro del ámbito de su competencia, vi) adelantar las investigaciones administrativas, dentro del ámbito de su competencia, y proponer las medidas administrativas al Superintendente Delegado, vii) asesorar al Superintendente Delegado y a las demás dependencias que conforman la Delegatura, en los temas legales de competencia de sus dependencias, viii) proyectar las decisiones mediante las cuales se resuelven los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa presentados contra los actos de la Delegatura, ix) evaluar y someter a aprobación del Superintendente Delegado, los modelos de contratos que celebren las sociedades fiduciarias por adhesión o para la prestación masiva del servicio, x) Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. Por lo anterior, resulta claro que el doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN, al ejercer las mencionadas funciones, según corresponda, deberá conocer y pronunciarse sobre los asuntos y trámites que involucren a Alianza Fiduciaria S.A., sociedad en la cual se desempeña como empleada su cónyuge, CAROLINA ANDREA PEÑA MIRANDA y quien con motivo de su vinculación laboral, podría tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión de los asuntos que como Director Legal para Fiduciarias debe asumir en el ejercicio

funcional del cargo. QUINTO.- Que el artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo dispone lo siguiente: ________________________________________________________________________________

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RESOLUCIÓN NÚMERO 0141 DE 26 DE ENERO 2024 HOJA No. 4

Por la cual se acepta un impedimento «CONFLICTOS DE INTERÉS Y CAUSALES DE IMPEDIMENTO Y RECUSACIÓN. Cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido. Todo servidor público que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas podrá ser recusado si no manifiesta su impedimento por:

1. Tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto, o tenerlo su cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho (…)».

(Subrayas por fuera del texto). SEXTO.- Que, en consecuencia, teniendo en cuenta la causal de impedimento prevista expresamente en el numeral 1° del artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y en aras de preservar la imparcialidad y transparencia en la decisión de los asuntos relacionados con la supervisión de Alianza Fiduciaria S.A., resulta necesario designar un Director Legal de Fiduciarias Ad Hoc para que asuma el conocimiento de

dichos asuntos. SÉPTIMO.- Que en mérito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por el doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN, Director Legal de Fiduciarias, para conocer y pronunciarse sobre los asuntos relacionados con Alianza Fiduciaria S.A., por las razones señaladas en la parte motiva de esta Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente el contenido de esta decisión al doctor MARCO FIDEL MARTÍNEZ ALBARRACÍN, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que en su contra no procede recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ________________________________________________________________________________

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RESOLUCIÓN NÚMERO 0141 DE 26 DE ENERO 2024 HOJA No. 5

Por la cual se acepta un impedimento ARTÍCULO TERCERO: REMITIR al Despacho del Superintendente Financiero para que se designe un Director Legal de Fiduciarias Ad Hoc, para conocer y pronunciarse sobre todos los asuntos y trámites relacionados con ALIANZA FIDUCIARIA S.A.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. el 26 de enero de 2024.

LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA FIDUCIARIAS,

FARIDE ALFARO IBAGON

420000-DELEGADO PARA FIDUCIARIAS

Elaboró:

MONTSERRAT VALDES CONCHA

Revisó y aprobó: FARIDE ALFARO IBAGON ________________________________________________________________________________

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