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SFC - Resolución 0165 de 2021

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0165 de 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020205801-026-000

Fecha: 26/02/2021 03:18 PM Sec.día14917

Anexos: NO

Trámite::240-AA APERTURA O CIERRE OFICINAS DE REPRESENTACION

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO Destinatario:: -CATALINA PINILLA LOZANO RESOLUCIÓN NÚMERO 0165 de 2021

(Febrero 26) Por medio de la cual se adiciona la autorización inicialmente otorgada a la Oficina de Representación de la entidad del exterior KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., para que promocione en Colombia los productos y servicios que se prevén en el presente acto administrativo EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la que le confiere el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, las instituciones del mercado de valores del exterior que pretendan promover o publicitar productos y servicios del mercado de valores en Colombia o a sus residentes, deben establecer una oficina de representación en el país, o celebrar un contrato de corresponsalía con una sociedad comisionista de bolsa de valores o con una corporación financiera. SEGUNDO. Que corresponde al Superintendente Financiero autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones del mercado de valores del exterior, de acuerdo con lo previsto en el numeral 15 del artículo

11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, así como ejercer la inspección, vigilancia y control sobre las mismas, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.1.1.12 del mismo Decreto. TERCERO. Que mediante Resolución número 660 del 21 de julio de 2020, la Superintendencia Financiera de Colombia autorizó la apertura de la Oficina de Representación en Colombia de la entidad del exterior KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., con domicilio en los Estados Unidos de Norteamérica, para que promocione y publicite en territorio colombiano y a sus residentes, única y exclusivamente los productos señalados en el citado acto administrativo. CUARTO. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.1.3., Capítulo II, Título II, Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), expedida por esta Superintendencia, “La promoción o publicidad de productos o servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la SFC, requiere la autorización previa de este ente de control, sin perjuicio de las sanciones y/o demás medidas a las que haya lugar, en el evento en que dicha actividad se realice sin la autorización correspondiente”. QUINTO. Que la doctora Catalina Pinilla Lozano, en su calidad de apoderada especial de la entidad del exterior KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., por medio de la comunicación radicada en esta Superintendencia con el número 2020205801-000000 del 26 de agosto del 2020, sometió a consideración de este Organismo de

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Supervisión “(…) la actualización del plan general de funcionamiento de la Oficina de Representación de conformidad con el documento que se adjunta como Anexo 1”. La solicitud de actualización del Plan General de Funcionamiento de la Oficina de Representación de la entidad del exterior KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, LP, supone lo siguiente: - Eliminar el fondo Kayne Renewable Energy Income Fund, L.P. dentro de las alternativas de inversión a ser promocionadas por parte de la Oficina de Representación. - Incluir los siguientes fondos de inversión del exterior, a efectos de ser promocionados en el territorio colombiano y/o a sus residentes: (i) Kayne Anderson Real Estate Partners VI Offshore, L.P. (ii) Kayne Anderson Real Estate Opportunistic Debt II, L.P. (iii) Kayne Senior Credit IV-B Offshore Fund, L.P. (iv) Kayne CLO Partners Fund II, L.P. (v) Kayne Anderson Renewable Infrastructure Partners, L.P. SEXTO. Que con el propósito de verificar las condiciones de administración, gestión y distribución de los fondos de inversión del exterior listados en el considerando anterior, así como la habilitación de la Oficina de Representación para realizar las actividades de promoción propuestas, mediante comunicación radicada con el número 2020205801003-000 del 18 de septiembre del 2020, esta Superintendencia requirió información sobre las entidades en el exterior a cargo de la administración, gestión y distribución de cada uno de los vehículos y la documentación por medio de la cual se acredita la capacidad legal de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P para distribuirlos en Colombia. SÉPTIMO. Que por medio de la comunicación radicada con el número 2020205801010-000 del 10 de noviembre del 2020, la doctora Catalina Pinilla Lozano, en condición de apoderada especial de la Oficina de Representación KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., dio respuesta al requerimiento de formulado por este Organismo de Supervisión, remitiendo la siguiente información respecto a los fondos que serían incluidos en el Plan General de Funcionamiento: Fondo Socio General Administrador Gestor / Controlante Organismo de del Administrador y Supervisión del Socio General Gestor y Controlante Kayne Anderson Kayne Anderson Real Kayne Anderson Real Kayne Anderson U.S. Securities and Real Estate Partners Estate Partners VI, Estate Partners VI, Capital Advisors, LP. Exchange VI Offshore, L.P. LLC. LLC. Commission (SEC) Kayne Anderson Kayne Anderson Real Kayne Anderson Real Kayne Anderson U.S. Securities and Real Estate Estate Opportunistic Estate Opportunistic Capital Advisors, LP. Exchange Opportunistic Debt Debt Advisors ll, LLC. Debt Advisors ll, LLC. Commission (SEC)

II, L.P.

Kayne Senior Credit Kayne Senior Credit Kayne Senior Credit IV Kayne Anderson U.S. Securities and IV-B Offshore Fund, IV G.P., LLC. Managers, LP. Capital Advisors, LP. Exchange L.P. Commission (SEC) Kayne CLO Partners Kayne CLO Partners II Kayne CLO Partners II Kayne Anderson U.S. Securities and Fund II, L.P. G.P., LLC. G.P., LLC. Capital Advisors, LP. Exchange Commission (SEC) Kayne Anderson Kayne Anderson Kayne Anderson Kayne Anderson U.S. Securities and Renewable Capital Advisors, LP. Capital Advisors, LP. Capital Advisors, LP. Exchange

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Infrastructure Commission (SEC) Partners, L.P. OCTAVO. Posteriormente y ante un requerimiento adicional por parte de esta

Superintendencia respecto de la información aportada, la doctora Catalina Pinilla Lozano, a través de comunicación radicada con el número 2020205801-017-000 del 6 de enero del 2021, informó que los “(…) administradores son filiales de KACALP [KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P.], razón por la cual KACALP es la entidad que toma las decisiones de inversión de cada uno de los fondos y por ende tiene la capacidad para promocionar y/o distribuir cada uno de estos fondos”. Adicionalmente, fue remitida una opinión legal de la firma de abogados Paul Hastings LLP con fecha 16 de diciembre de 2020, debidamente traducida y apostillada, en la cual se afirma que KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., “(…) se encuentra registrada ante la Comisión de Valores y Bolsa de Estados Unidos de América (la ‘SEC’ por su sigla en inglés). Las entidades que participan en la administración, gestión y distribución de cada fondo a ser incluido en el Plan General de Funcionamiento (los ‘Fondos’) son Filiales de la Sociedad [Kayne Anderson Capital Advisors, LP] y están listados en el Anexo R del Formulario ADV de la Sociedad presentado a la SEC. Como asunto técnico, los socios generales de los Fondos no han sido registrados de forma independiente ante la SEC. Sin embargo, son considerados ‘Asesores de Confianza’ filiales de la Sociedad y bajo control y supervisión de ésta, y en tal calidad se consideran incluidos en el registro de la Sociedad en la SEC”. Al respecto, esta Superintendenica verificó la información consignada en el Formulario ADV de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P. ante la U.S. Securities and

Exchange Commission – SEC, constatando que la entidad del exterior se encuentra a cargo de la gestión de los productos que se pretenden incluir en el Plan General de Funcionamiento de la Oficina de Representación. NOVENO. Que en relación con los estándares de supervisión a los que se encuentra sometida la entidad del exterior KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, LP, esta Superintendencia verificó a través de la página web de la Financial Industry Regulatory Authority – “FINRA” que dicha institución continúa bajo su supervisión en condición de Investment Adviser Firm, y está registrada ante la U.S. Securities and Exchange Commission – SEC. DÉCIMO. Que la doctora Catalina Pinilla Lozano adjuntó a la comunicación radicada con el número 2020205801-017-000 del 6 de enero del 2021, copia del Plan General de Funcionamiento de la Oficina de Representación de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, actualizado de acuerdo con los términos y condiciones de la solicitud objeto de esta actuación administrativa. UNDÉCIMO. Que la Oficina de Representación de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., acreditó el cumplimiento de los requisitos previstos en la normatividad aplicable y en la lista de chequeo correspondiente, a efectos que le sea autorizada la adición de los mencionados productos, dentro de las alternativas de inversión a ser promocionada en el territorio colombiano y/o a sus residentes. En mérito de lo anterior este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR el primer inciso del artículo primero de la parte resolutiva de la Resolución 660 del 21 de julio de 2020, en lo que se refiere a los productos y servicios que pueden ser promocionados en el territorio colombiano y/o a

sus residentes por parte de la Oficina de Representación de KAYNE ANDERSON SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITAL ADVISORS, L.P., el cual a partir de la fecha de la firmeza del presente acto administrativa será del siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO. – AUTORIZAR la apertura de la Oficina de Representación en Colombia de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., con domicilio en la ciudad de Los Ángeles, California (Estados Unidos de Norteamérica), para que promueva y publicite en el territorio colombiano y a sus residentes, única y exclusivamente los productos y servicios descritos a continuación: Fondos de Capital Privado en Propiedad Raíz Nombre Administrador Supervisor Kayne Anderson Core Kayne Anderson Capital Securities and Real Estate, L.P. Advisors, L.P. Exchange Commission – SEC Kayne Anderson Real Kayne Anderson Real Estate Securities and Estate Partners VI Advisors VI L.L.C. – Filial de Exchange Offshore, L.P. Kayne Anderson Capital Commission – SEC Advisors, L.P. Kayne Anderson Real Kayne Anderson Real Estate Securities and Estate Opportunistic Opportunistic Debt Advisors, Exchange Debt II, L.P. L.L.C. - Filial de Kayne Commission – SEC Anderson Capital Advisors, L.P. Kayne Senior Credit Kayne Senior Credit IV Securities and IV-B Offshore Fund Managers, L.P. - Filial de Exchange Kayne Anderson Capital Commission – SEC Advisors, L.P. Kayne CLO Partners Kayne CLO Partners II G.P., Securities and Fund II, L.P. L.L.C. - Filial de Kayne Exchange Anderson Capital Advisors, Commission – SEC L.P. Fondos de Cobertura Nombre Administrador Supervisor Kayne Anderson MLP Kayne Anderson Capital Securities and Fund, L.P. Advisors, L.P. Exchange

Commission – SEC Kayne Anderson Kayne Anderson Capital Securities and Midstream Advisors, L.P. Exchange Institutional Fund, L.P. Commission – SEC Kayne Anderson Kayne Anderson Capital Securities and Infrastructure Income Advisors, L.P. Exchange Fund, L.P. Commission – SEC Kayne Liquid Credit Kayne Anderson Capital Securities and Fund, L.P. Advisors, L.P. Exchange Commission – SEC Kayne Global Kayne Anderson Capital Securities and Infrastructure Fund, Advisors, L.P. Exchange L.P. Commission – SEC Kayne Anderson Kayne Anderson Capital Securities and Income Partners, L.P. Advisors, L.P. Exchange Commission – SEC Kayne Anderson NonKayne Anderson Capital Securities and Traditional Advisors, L.P. Exchange

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Investments, L.P. Commission – SEC Kayne Simplified Kayne Anderson Capital Securities and Midstream, L.P. Advisors, L.P. Exchange Commission – SEC Kayne Anderson Kayne Anderson Capital Securities and Renewable Advisors, L.P. Exchange Infrastructure Commission – SEC Partners, L.P. PARÁGRAFO PRIMERO. La autorización para la promoción de los productos y servicios antes descritos se entienden sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables a las operaciones celebradas entre residentes colombianos con agentes del exterior, contenidas en el régimen cambiario. PARÁGRAFO SEGUNDO. La presente autorización se entiende concedida únicamente frente a los productos y servicios del mercado de valores del exterior antes descritos, los cuales corresponden a los señalados en el Plan General de Funcionamiento de la Oficina de Representación. Por esta razón, la promoción de productos y/o servicios distintos a los señalados, requerirá autorización previa y expresa de esta Superintendencia. PARÁGRAFO TERCERO. La autorización que se imparte a través del presente acto

administrativo no implica calificación, ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia acerca de la entidad del exterior, las personas naturales o jurídicas vinculadas a esta, ni sobre la bondad o seguridad de las inversiones en los productos y servicios que serán objeto de promoción, así como tampoco respecto de las demás entidades del exterior que intervienen en su administración, gestión y distribución. ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que la oficina de representación de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P. debe dar cumplimiento estricto a la totalidad de los parámetros de información previstos en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, frente a los productos y servicios que sean promocionados, así como respecto a los potenciales inversionistas a quienes éstos les sean promocionados. En tal sentido, es su obligación, en concordancia con lo establecido en la citada disposición normativa, solicitar a todo potencial inversionista suscribir la respectiva constancia que acredite el suministro de una debida información, independientemente de que el mismo se vincule o no a la entidad del exterior, documento que debe estar en todo momento a disposición de este Organismo de Supervisión. Respecto al modelo de constancia empleado para tales propósitos, se advierte que el mismo debe contener toda la información prevista en dicho artículo, y ser concordante con lo previsto en el Plan General de Funcionamiento y con las características propias de los productos y servicios promocionados. ARTÍCULO TERCERO. ADVERTIR que la Oficina de Representación de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, LP no podrá operar hasta tanto su representante

legal se haya posesionado ante la Superintendencia Financiera de Colombia. ARTÍCULO CUARTO. ADVERTIR a la Oficina de Representación de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P. que, conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 del 2010 y en el numeral 5 del artículo 4.1.1.1.5 del Decreto 2555 de 2010, deberán adoptarse las medidas necesarias para que el público identifique claramente los productos y servicios ofrecidos en el exterior por las SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA distintas entidades señaladas en el Plan General de Funcionamiento y en esta Resolución. ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a la doctora Catalina Pinilla Lozano, en su calidad de apoderada especial de la Oficina de Representación de KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS, L.P., o a quien haga sus veces, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que en contra de lo resuelto procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, que deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO SEXTO. ORDENAR, una vez en firme, la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera, una vez en firme.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los veintiséis (26) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero

Anexos: Ninguno

NOTIFICAR: Doctora CATALINA PINILLA LOZANO

Apoderada

KAYNE ANDERSON CAPITAL ADVISORS L.P.

Carrera 7 No. 71 - 52 Torre b Piso 9 Bogotá D.C.

Radicado: 2020205801-026-000

Proyectó: [CAMILA LIEVANO DE LA OSSA]

Revisó: [JUAN GUILLERMO AGUILAR RIVERA

JUAN CARLOS ALFARO LOZANO

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