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SFC - Resolución 0226 de 2022

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0226 de 2022
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2022017980-002-000

Fecha: 16/02/2022 06:08 PM Sec.día6393

Anexos: NO

Trámite::71-AA CANC. VOLUNT DE LA INSCRIP. EN EL RNAMV

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 430000-DELEGATURA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES

Destinatario: :14-11-SEGUROS DE VIDA SURA RESOLUCIÓN No. 0226 DE 2022 (16 de febrero) Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES En ejercicio de sus facultades legales, en particular de aquellas previstas en los numerales 6 y 7 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., identificado con el NIT. 890.903.790-5, se encuentra sometido a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 2 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010.

SEGUNDO. Que en virtud de lo previsto los artículos 5.3.1.1.1 y 7.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, fue autorizada su inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores

  • RNAMV como intermediario en el mercado de valores, según consta en la Resolución No. 1812 del 13 de octubre de 2006.

TERCERO. Que de conformidad con lo establecido por el artículo 5.3.4.1.2 del Decreto 2555 de 2010, “(…) Las personas inscritas en el RNAMV podrán voluntariamente solicitar la cancelación de su inscripción, para lo cual deberán allegar a la Superintendencia Financiera de Colombia petición en tal sentido, suscrita por el representante legal, explicando el motivo de la misma. (…)”. CUARTO. Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número 2022017980-000-000 del 28 de enero del 2022, SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., a través de su Representante Legal, doctora Melisa González González, solicitó “(…) la cancelación de SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A. a su inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores (RNAMV), toda vez que la Compañía desde el 5 de junio del 2020 canceló su afiliación a los sistemas negociación y/o registro de operaciones a través de las cuales venía ejerciendo la actividad de intermediación (…)”. QUINTO. Que, en consideración a la naturaleza jurídica de SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A. y a las actividades propias de su objeto social, la Representante Legal de la entidad manifestó que esta solo ejercía actividades de intermediación de valores por cuenta propia y, en consideración a ello, certificó ante esta Superintendencia que su representada “(…) no tiene obligaciones pendientes de pago provenientes de las actividades

que tenía autorizadas como intermediario de valores (…) no tiene en su poder, ningún título, valores ni recursos de terceros para inversión, depósito o administración (…) ha informado a sus clientes de manera adecuada y oportuna, la decisión adoptada por la Sociedad, indicándoles el procedimiento que puede seguir a efectos de lograr la trasferencia de sus recursos o valores (…)”. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA SEXTO. Que de acuerdo en con las facultades previstas en los numerales 6 y 7 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010, corresponde a la Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores administrar el Registro Nacional de Agentes del Mercado de ValoresRNAMV y velar por su actualización, así como ordenar la cancelación voluntaria o de oficio de las inscripciones. En virtud de lo expuesto, la Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR la cancelación voluntaria de la inscripción de SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A. identificado con el NIT. 890.903.790-5, en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV. ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que, en virtud de la presente decisión, SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A. no podrá desarrollar las operaciones de intermediación de valores que, de acuerdo con su naturaleza jurídica y objeto social autorizado, pueden desarrollar las compañías de seguros. ARTICULO TERCERO. ADVERTIR que la cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV que aquí se ordena, no libera

a la sociedad del cumplimiento de las obligaciones que tenga pendientes frente a terceros o inclusive frente a esta Superintendencia. ARTÍCULO CUARTO. ORDENAR, una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia. ARTICULO QUINTO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución a la Representante Legal de SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., o a quien haga sus veces, acto en el cual deberá entregársele copia de esta y advertírsele que contra lo resuelto procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante este Despacho, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días del mes de febrero de dos mil veintidós (2022).

SANDRA MILENA VILLOTA MARIÑO

430000-DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES

Anexos: Ninguno

NOTIFICAR: Doctora MELISA GONZÁLEZ GONZÁLEZ

Representante Legal

SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A.

RqExt@suramericana.com.co Medellín (Antioquia) Radicado: 2022017980-002-000

Proyectó: [PATRICIA FIERRO HERNÁNDEZ]

Revisó: [JUAN GUILLERMO AGUILAR RIVERA

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