SFC - Resolución 0263 de 2024
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0263 de 2024
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2024
A pa
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2023088 AE Radicaci O ProseEatambla A sr he: 12/02/2024 at HEN ne % lo Er Boy 148-AA can rénite: Conversión de entidades
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. A " e R D 2 N E 0 E Ú 2 S M 4 O E L R U O C I Ó N (0 9 FEB 2024) Por la cual se aprueba la transformación de la sociedad CORREDORES DE SEGUROS
CENTROSEGUROS S.A. a AGENCIA DE SEGUROS CENTROSEGUROS LIMITADA. y
se cancela el certificado de inscripción como Corredor de Seguros. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el literal b) del numeral 1” del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante EOSF) y los numerales 11 y 27 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que de conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 2” del artículo 325 del EOSF, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010, a la Superintendencia Financiera le corresponde ejercer la inspección y vigilancia de las sociedades Corredoras de Seguros.
SEGUNDO: Que la sociedad CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS S.A., identificada con NIT 860061199-8 y con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, se constituyó mediante Escritura Pública No. 2512 del 01 de agosto de 1978 de la Notaría 2 de Bogotá, bajo la denominación CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS
LTDA. A su turno, mediante Escritura Pública No. 55 del 21 de enero de 2000 de la Notaria 61 de Bogotá, se protocolizó el cambio de la naturaleza jurídica de sociedad limitada a sociedad anónima bajo el nombre de CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS S.A.
TERCERO: Que la entonces Superintendencia Bancaria le otorgó el certificado de inscripción como Corredor de Seguros, S.B. 74 del 30 de julio de 1984. que la acredita
como sociedad corredora de seguros, facultándola para ejercer su objeto social en tal calidad.
CUARTO: Que a través de comunicación número 2023086778-000-000 del 11 de agosto de 2023, la doctora Carolina Uribe López, actuando en calidad de Representante Legal Suplente de CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS SAA., solicitó autorización para realizar la transformación de la sociedad de Corredor de Seguros a Agencia de ' Certificaclo de existencia y representación legal de CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS S.A. Consultado en la página web www. superfinanciera.gov.co a través de la siguiente ruta: Inicio / Servicios al Ciudadano / Certificados en línea / Certificados de existencia y representación legal en línea.
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201<
www.superfinanciera.gov.co
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Resolución Mp. del 2024
Hoja No. 2 2 6 3 4 Por la cual se aprueba la transformación de la sociedad Corredores de Seguros Centroseguros S.A. a Agencia de Seguros Centroseguros Limitada, y se cancela el certificado de inscripción como Corredor de Seguros. Seguros Limitada, cuya razón social según el proyecto de estatutos allegado al interior del trámite de transformación será AGENCIA DE SEGUROS CENTROSEGUROS LIMITADA. Tal decisión fue aprobada por el 100% de tas acciones suscritas y pagadas de la sociedad intermediaria de seguros, tal como consta en las Actas 63, 64 y 65 de las Asambleas
Extraordinarias de Accionistas celebradas el 09 de agosto, 28 de septiembre y 19 de octubre de 2023 respectivamente?.
QUINTO: Que bajo el régimen legal vigente, las agencias de seguros no se encuentran sometidas a la supervisión de esta Superintendencia, teniendo en cuenta la derogatoria expresa de las normas que sometían a dichos intermediarios de seguros a la vigilancia de esta Entidad, efectuada por el parágrafo 5” del artículo 75 de la Ley 964 de 2005.
SEXTO: Que en atención a lo señalado en la Resolución número.2100 del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 14 de diciembre 2023, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de otorgar la autorización formulada por
CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS S.A.
SÉPTIMO: Que en desarrollo de lo previsto en el literal a) del artículo 2” del Decreto 422 de 2006, el Consejo Asesor de la Superintendencia emitió opinión favorable sobre la operación de transformación en su sesión del 30 de enero de 2024.
En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la transformación de la sociedad CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS S.A en Agencia de Seguros, que operará bajo la razón
social AGENCIA DE SEGUROS CENTROSEGUROS LIMITADA.
ARTÍCULO SEGUNDO: CANCELAR el certificado de inscripción concedido a CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS SAA., a partir del día hábil siguiente a
la fecha en que la entidad radique en esta Superintendencia la documentación completa a que se hace referencia en el artículo tercero de la parte resolutiva de este acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR que dentro del mes siguiente a la notificación de la presente Resolución, la Representante Legal de la sociedad remita copia de la escritura pública con la cual se efectúe la reforma de los estatutos sociales y la transformación de la sociedad en agencia de seguros, así como copia del certificado de Cámara de Comercio en el cual conste su inscripción.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Notificaciones y Registro de la Superintendencia para los efectos pertinentes. ? Radicado 2023086778-000-000 (Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas No,63 del 09 de agosto de 2023) Radicado 2023086778-006-000 (Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas No,64 del 28 de septiembre de 2023 y 20:23086778010-000 y 011-000 (Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas No.65 y acta aclaratoria del 19 y 27 de octubre de 2023 respectivamente) .
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Resolución NA 2 6 Sel 2024
Hoja No. 3 Por la cual se aprueba la transformación de la sociedad Corredores de Seguros Centroseguros S.A. a Agencia de Seguros Centroseguros Limitada, y se cancela el certificado de inscripción como Corredor de Seguros.
ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente
el contenido de la presente Resolución a la Doctora Carolina Uribe López, quien actúa en calidad de Representante Legal Suplente de CORREDORES DE SEGUROS CENTROSEGUROS S.A., o quien haga sus veces, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) dias hábiles siguientes a la fecha de la notificación.
ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletin del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capitulo Superintendencia Financiera.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los 0 9 del mes de febrero de 2024
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO
CÉSAR FERRARI Ph.D
400010
Radicado: 2023086778
NOTIFICAR: . . SERVICIO
Doctora , Superintendencia
CIUDADANO
AL ÓN
AC PAD sf
López Uribe Carolina Representante legal Suplente DOCUMENTO ORIGINAL ufo A MANO Corredores de Seguros Centroseguros S.A. NOMBRE; e carolina.uribefWcentroseguros.com.co recna: Y IY AP 90 Y B o g o t á D . C . c o L
I A Elaborado por: Roberto Leonardo Polifroni — Asesor Grupo de Autorizaciones AP Revisado por: Felipe Noval Acevedo - Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros :
Luz Elvira Moreno Dueñas — Superintendente Delegada para Seguros.
Luz Stella Aguilera Morales — Directora Legal de Seguros. JA. Hernán Dario Otalora - Coordinador Grupo de Autorizaciones. Comité Asesor de Autorizaciones UN