SFC - Resolución 0442 de 2020
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0442 de 2020
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020088333-000-000
Fecha: 2020-05-05 09:11 Sec.día319
Anexos: No
Trámite::773-CORRESPONDENCIA INFORMATIVA Tipo doc::80-RESOLUCIONES
Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO
Destinatario: :52250789-ANA MARIA TORRES OCHOA RESOLUCIÓN NÚMERO 0442 DE 2020 (4 de mayo de 2020) Por la cual se crea un Grupo Interno de Trabajo en la Superintendencia Financiera de Colombia y se determinan sus funciones EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las previstas en los incisos 2º y 3º del artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y en concordancia con los numerales 1º y 23° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y CONSIDERANDO PRIMERO. Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 115 dispone que el jefe del organismo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad, podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.
SEGUNDO. Que las economías se están trasformando para dar cumplimiento a iniciativas internacionales tendientes a contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y a las metas planteadas internacionalmente en el Acuerdo de París, representando una fuente de responsabilidades y oportunidades que el sector financiero debe abordar.
TERCERO. Que el cambio climático y los problemas ambientales se reconocen cada vez más como fuentes importantes de riesgo para el sector financiero con posibles implicaciones en la estabilidad financiera y la integridad de los mercados, lo cual requiere crear un grupo interno de trabajo para dar respuesta y responder al nuevo modelo de gestión institucional y estructura de la Entidad. CUARTO.- Que el grupo se asignará a la Dirección de Innovación y Desarrollo, de conformidad con las funciones contenidas en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 11.2.1.4.15 del Decreto 2555 de 2010, que establecen: i) Proponer lineamientos respecto a la innovación; gobierno de los datos; estándares prudenciales y de gestión de riesgos; y prácticas de supervisión para el desarrollo de la industria; ii) coordinar el desarrollo de soluciones normativas, metodologías de supervisión, análisis y estudios de interés para la industria y la Superintendencia; y iii) Coordinar el desarrollo de investigaciones, estudios, indicadores y reportes sobre aspectos económicos y financieros, análisis de riesgos y estándares internacionales aplicables a las industrias supervisadas, identificando retos y necesidades de cada sector.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Resolución Número 0442 de 2020 Hoja No. 2 Por la cual se crea un Grupo Interno de Trabajo en la Superintendencia Financiera de Colombia y se determinan sus funciones ___________________________________________________________________________________ En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Crear en la Dirección de Investigación, Innovación y Desarrollo de la Superintendencia Financiera de Colombia el Grupo Interno de Trabajo que se denominará “Finanzas
Sostenibles”, el cual tendrá las siguientes funciones:
1. Liderar la estrategia de finanzas sostenibles de la Superintendencia Financiera de Colombia, entendida como aquella que propende por el desarrollo social a través de la inclusión financiera y la sostenibilidad ambiental por medio de la promoción de las finanzas verdes y la gestión de riesgo ambiental y climático, en línea con los objetivos de preservar la estabilidad, seguridad y confianza del sistema financiero y asegurador colombiano, promover el mercado de valores y proteger a los inversionistas, ahorradores y asegurados.
2. Adelantar los estudios especiales, investigaciones y propuestas en materia de finanzas sostenibles y adelantar los análisis correspondientes que permitan proponer a las instancias pertinentes aquellos lineamientos en materia de inclusión financiera, financiamiento verde y riesgo ambiental y climático, en línea con las tendencias y mejores prácticas internacionales.
3. Realizar recomendaciones y propuestas técnicas a las Subdirecciones de Regulación y la Subdirección de Metodologías de Supervisión y Gobierno Corporativo en el desarrollo normativo y metodológico cuando se identifiquen necesidades en los temas asociados a finanzas inclusivas y sostenibles ambientalmente.
4. Ofrecer apoyo técnico y acompañamiento a las diferentes Delegaturas de la Superintendencia en asuntos de sostenibilidad, incluyendo la inclusión financiera, las finanzas verdes y el riesgo climático.
5. Realizar la coordinación y punto focal de las membresías a redes internacionales que promuevan el aprendizaje y la transferencia de conocimiento sobre la inclusión financiera, las finanzas verdes y el riesgo climático.
6. Coordinar estrategias con otras autoridades nacionales e internacionales que implementen
mecanismos que buscan aumentar conocimiento y compartir buenas prácticas en materia de regulación y supervisión de riesgos climáticos y en el desarrollo de un mercado financiero sostenible e inclusivo.
7. Liderar al interior de la Superintendencia el desarrollo y construcción del reporte de inclusión financiera y otros informes de este tipo que se requieran para poder fortalecer la toma de decisiones que propendan por el logro de objetivos asociados a las finanzas inclusivas y sostenibles con el medio ambiente.
Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C.
Conmutador: (571) 5 94 02 00 – 5 94 02 01
www.superfinanciera.gov.co
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Resolución Número 0442 de 2020 Hoja No. 3 Por la cual se crea un Grupo Interno de Trabajo en la Superintendencia Financiera de Colombia y se determinan sus funciones
8. Desarrollar, implementar y publicar los resultados de la encuesta bianual sobre los riesgos y oportunidades de cambio climático dirigida a las entidades vigiladas por la Superintendencia.
9. Realizar el diseño y apoyar la implementación de iniciativas o proyectos especiales que propendan por mejorar las condiciones para el desarrollo de las finanzas verdes y aumentar la inclusión financiera en el país. 10.Realizar actividades de capacitación respecto de los diferentes asuntos relacionados con las finanzas verdes y los riesgos ambientales, incluido el riesgo climático a nivel nacional e internacional. 11.Atender las consultas y solicitudes relacionadas, atendiendo los procedimientos establecidos en el proceso de consultas de la Superintendencia Financiera de Colombia.
12.Las demás que se le asignen y que estén acordes con la naturaleza del Grupo. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de mayo de 2020.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO
Elaboró:
ANA MARIA TORRES OCHOA
Revisó y aprobó:
--LYDA PATRICIA CAIZA ROSERO
MONICA AMELIA ANDRADE VALENCIA
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MONICA AMELIA ANDRADE VALENCIA
LYDA PATRICIA CAIZA ROSERO
MONICA AMELIA ANDRADE VALENCIA
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