SFC - Resolución 0460 de 2020
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0460 de 2020
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020040124-012-000
Fecha: 11/05/2020 09:50 AM Sec.día3576
Anexos: NO
Trámite::240-AA APERTURA O CIERRE OFICINAS DE REPRESENTACION
Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E
Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO
Destinatario: : -CRISTIAN MOSQUERA CASAS RESOLUCIÓN NÚMERO ( 0460 ) 11 de Mayo Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación en
Colombia de MUFG SECURITIES AMERICAS INC EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), y el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC o Superintendencia) autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de entidades financieras del exterior.
SEGUNDO: Que, de acuerdo con el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010 le corresponde al Superintendente Financiero “Autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros, reaseguradores e instituciones del mercado de valores del exterior, así como el cierre de dichas oficinas”.
TERCERO: Que mediante la Resolución Nº 0140 del 31 de enero de 2012, esta
Superintendencia autorizó a MUFG Securities Americas INC, para realizar actos de promoción y publicidad de sus servicios en Colombia a través de una Oficina de Representación.
CUARTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.2.4. del Capítulo II, Título II de la parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), en armonía con la función prevista en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, la clausura o cierre de las oficinas de representación de instituciones del mercado de valores del exterior requiere autorización previa de esta Superintendencia.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0460 DE 2020 HOJA 2 DE 4
QUINTO: Que mediante comunicación radicada con el Nº 2020040124 del 13 de marzo de 2020, suscrita por el apoderado de MUFG Securities Americas INC, se solicitó autorización para llevar a cabo el cierre de la Oficina de Representación, aportando la documentación transcrita en el numeral 2º de la presente comunicación y sin que se informaran las razones que la motivaron.
De igual forma en la comunicación antes mencionada se allegó copia de la Certificación debidamente apostillada, en donde el Director Secretario Corporativo de MUFG Securities Americas INC señala la decisión del Comité Ejecutivo de la Compañía de clausurar la Oficina de Representación abierta en Colombia, decisión suscrita el 12 de febrero de 2020.
SEXTO: Que en la documentación antes referida (complementada mediante comunicación
2020040124-006 del 7 de abril del 2020), se indicó que para los clientes que se habían vinculado con la citada Oficina de Representación, la entidad del exterior pondrá a su disposición, para continuar obteniendo información general de esa entidad, de sus productos y canales, y presentar peticiones, quejas y/o solicitudes, los siguientes mecanismos y canales de atención, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del numeral 1.2.4, Capítulo II, Título II, Parte I de la CBJ: “Por intermedio de la presente nos permitimos informar que la Oficina de Representación de MUFG Securities Americas INC (“Musa”) que existía en la ciudad de Bogotá, Colombia ha cerrado definitivamente. Aquellas personas que, poseyendo un vínculo para presentar una petición o reclamo o deseen poseer información adicional, podrán contactar a MUSA al número 1+212-405-7000 o en la siguiente dirección: MUFG Securities Americas Inc, 1221 Avenue of the Americas, 6th Floor, New York, NY, Estados Unidos, Atención: Compliance” Con posterioridad y como se señaló anteriormente, la entidad informó que adicional a los canales antes referidos, tiene previstos otros para la atención al público: “Así mismo me permito acompañar el “link” (vínculo) de la página web donde las personas que poseyendo un vínculo para presentar una petición o reclamo o deseen poseer información adicional sobre la Oficina de Representación en Bogotá, Colombia de MUFG Securities podrán contactarse, a saber: https://mufgamericas.com/what-we-do/corporate-and-investment-banking-andmarkets”
SÉPTIMO: Que El apoderado de la citada oficina de representación informó acerca de la fecha en que se realizaría la clausura de la misma, señalando que la “fecha esperada de cierre (…) sería a más tardar el 30 de abril del presente año”.
OCTAVO: Que, en la actualidad, esta Superintendencia no registra ninguna queja en contra de la Oficina de Representación en Colombia de MUFG Securities Americas
INC.
NOVENO: Que una vez analizada la documentación pertinente, se encontró que la solicitud se ajusta a los requerimientos exigidos por las disposiciones que rigen la materia, razón por la cual esta Superintendencia estima viable acceder a la solicitud de cierre de la Oficina de Representación en Colombia de MUFG Securities Americas INC.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 0460 DE 2020 HOJA No. 3 DE 4
En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de MUFG Securities Americas INC, por las razones previstas en la parte motiva de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR al apoderado de la Oficina de Representación en Colombia de MUFG Securities Americas INC, la publicación de un aviso en un diario de amplia circulación nacional, informando acerca del cierre de la oficina, así como los mecanismos y canales dispuestos para efectos de atender potenciales peticiones, quejas o reclamos.
El original de la página completa del periódico, en el que se aprecie el nombre del diario, la fecha, el número de página y el aviso publicado, deberá ser remitido a esta
Superintendencia dentro de los 5 días hábiles siguientes a su publicación. Así mismo se deberá remitir correo electrónico o correo físico a las personas que tuvieron relación con la mencionada Oficina de Representación indicándoles el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de MUFG Securities Americas INC.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de
Colombia.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de esta Superintendencia, para los fines pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaria General de esta Superintendencia, se notifique al doctor CRISTIAN MOSQUERA CASAS, en calidad de apoderado de la Oficina de Representación en Colombia de MUFG Securities Americas INC, el texto de la presente Resolución, entregándole copia de la misma advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los once (11) días del mes de Mayo de dos mil veinte (2020).
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero
Anexos: Ninguno
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 0460 DE 2020 HOJA No. 4 DE 4
NOTIFICAR: Doctor [Cristian Mosquera]
[Apoderado Especial] [Oficina de Representación MUFG Securities Americas ]
[Carrera 7 N° 21 Torre A Oficina 603 (Bogotá) ] [E-mail: cmosquera@mosquera-abogados.com] Radicado: 2020040124-012-000