SFC - Resolución 0462 de 2015
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0462 de 2015
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2015
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 ) 16 A B2R0 15
Por la cual se revoca la autorización concedida a la Compañía Mundial de Seguros S.A. para operar el ramo de seguros de semovientes. LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA ASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que le confieren el literal e) del artículo 189 y el literal d) del numeral 2 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en armonía con el numeral 5 del artículo 11.2.1.4.40 del Decreto 2555 de 201 O, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que respecto del ramo de seguros de semovientes, esta Superintendencia mediante la Resolución 5148 del 31 de diciembre de 1991 renovó, en forma indefinida, el certificado de autorización otorgado a la Compañía Mundial de Seguros S.A. para explotar dicho ramo.
SEGUNDO: Que según información que reposa en esta Superintendencia se pudo constatar que la Compañía Mundial de Seguros S.A., ha venido presentando inactividad en el ramo de seguros de semovientes por un período superior a un (1) año, tal como se registra al 28 de febrero de 2015.
En efecto, verificada la información transmitida por la entidad en los estados financieros y particularmente en el formato 290 -Resultado Técnico y Estadístico-, con corte al 28 de febrero de 2015, identificado con el CIDT número 2015066741-05
del 7 de abril de 2015, la aseguradora no reglstra primas emitidas directas y/o aceptadas en reaseguro para el ramo de seguros de semovientes.
TERCERO: Que conforme con lo díspuesto en el literal e) del artículo 189 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la revocatoria de la autorización podrá ser decretada por la Superintendencia Financiera de Colombia cuando se compruebe la falta de actividad en algún ramo por el término de un (1) año, caso en el cual procederá la revocatoria parcial.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
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RESOLUCNIÚÓMNE RtJO{ DE2 015 HojNao 2.
Polra c uasler evolcaaa u toriczoanccíeóadnl i adC ao mpañMíuan ddieaS le gurSo.sA . paroap erealrr a mdoes egudreos se moveise.n t En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: REVOCAR la autorización concedida a la Compañía Mundial de Seguros S.A. para operar el ramo de seguros de semovientes.
ARTICULO SEGUNDO: INSTRUIR a la Compañía Mundial de Seguros S.A., en el sentido de constituir y mantener actualizadosl os montos de las reservast écnicas establecidas en las normas vigentes para el cumplimiento de las obligaciones originadas por losc ontratos de seguros expedidos durante el período en que operó dicho ramo.
PARÁGRAFO. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de notificacíón de la
presente resolución, la Compañía Mundial de Seguros S.A. deberá enviar una certificación suscrita por el Representante Legal y el Revisor Fiscal, con el monto de cada una las reservas técnicas registradas al 31 de marzo de 2015 para el ramo citado.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR personalmente al doctor Juan Enrique Bustamante Malina, en su calidad de representante legal de la Compañía Mundial de Seguros S.A. o a quien haga sus veces, el contenido de la presente resolución entregándole copia de la misma, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición ante la Superintendente Delegada para Aseguradoras e Intermediarios de Seguros y Reaseguros, interpuesto en la Secretaría General de esta entidad dentro de los diez (1 O) días hábiless iguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en el
Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE o.e., Dada en Bogotá, a los