SFC - Resolución 0477 de 2014
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0477 de 2014
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2014
llll 1U1l1ll l1l111 111111111111111 11 º º13º29 º -fifi-· Fecha: 2aiofJziffi2fi4fi pf fififi:iit:-fifi1 Tramite·. 416-AA RAMOS DE SEGUROS Anexos: Si Sal ida
Tipo Doc: 39-RESPUESTA FINAL E Folios: 2
Apl ice. A: - Encadenado: NO Remitente: 131000 Dirección de Seguros Solicitud: Destinatario: 14-13 METL!FE CX)LOMBIA SEG Teléfono: 594 02 00
Carro: Ent: Caja: Pos: 24/07/2014
RESOLUCIÓN NÚMERO
Qfi 77
D E 20.14 ( 2 6 .MAR>2014
Por la cual se autoriza a METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., para operar el ramo de Seguro de Desempleo.
LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA ASEGURADORAS
E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS
. ... , En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las consagradas en el literal d) del numeral 2 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 5ºd el artículo 11.2.1.4.40 del Decreto 2555 de 201 O, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que mediante comunicación radicada bajo el número 2013029888-000-000 del 1 O de abril de 2013 el representante legal de METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., solicitó a la Superintendencia Financiera de Colombia, autorización para
comercializar el ramo de Seguro de Desempleo.
SEGUNDO: Que mediante oficios radicados bajo los números 2013029888-010, 011, 022, 027, 032, 038, 041, 043, 052 y 065 del 15 y 16 de mayo, 3 de julio, 2 y 30 de agosto, 16 de oct_ubre, 5 y 6 de noviembre, 12 de diciembre de 2013 y 21 de enero de 2014, respectivamente, la Superintendencia realizó requerimientos relacionados con la . solicitud presentada por la entidad, los cuales fueron atendidos con las comunicaciones radicadas bajo los derivados 014, 015, 024, 033, 036, 042, 046, 048, 054, 057, 67 y 72 del mismo expediente, de fechas 14 de junio, 9 de julio, 2 y 30 de septiembre, 6, 15 y 20 de noviembre, 23 y 27 de diciembre de 2013, 18 de febrero y 13 de marzo de 2014, respectivamente.
TERCERO: Que la mencionada entidad ha dado cumplimiento a los requisitos legales y reglamentarios sobre la materia, en especial los contenidos en el numeral 1.1. del
Capítulo Segundo del Título Sexto de la Circular Básica Jurídica.
CUARTO: Que la póliza que pretende comercializar la entidad bajo el ramo indicado así como la tarifa, se ajustan a las previsiones contenidas en los numerales 2º y 3º del artículo 184 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, así como a lo dispuesto en los numerales 1.1.6, 1.2.1, 1.2.2 y 1.8 del Capítulo Segundo del Título Sexto de la
Circular Básica Jurídica.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA . . 0477
RESOLUCION NUMERO DE 2014 HOJA No. 2 . J, Polrac uaslea utoarM iEzTaL ICFOEL OMBSIEAG URODSEV IDSA. Ap.a,ro ap erealrr a mdoeS eguro deD esempleo. En mérito de lo expuesto, este Despacho
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR a METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., para operar el ramo de Seguro de Desempleo ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR para su comercialización dentro del ramo indicado en el artículo precedente, el modelo de la "Póliza Colectiva de Seguros de Desempleo o de Incapacidad Temporal", identificado con el Código DD/MM/AAAA1413-P-24-DESEMPLEOITT0001, remitido por !a compañía mediante la comunicación radicada con el número 2013029888-072 del 13 de marzo del 2014, y las metodologías de cálculo de la tarifa sustentadas en la nota técnica correspondiente, identificada con la nomenclatura DDMMAAAA-1413-NT-P-24-DESEMPLEOITT0001, remitida con la comunicación de número 2014029888-067 del 18 de febrero de 2014, los cuales fueron ajustados a las observaciones formuladas dentro del mismo trámite por esta superintendencia.
PARÁGRAFO: De conformidad con lo establecido en los numerales 1.2.3.1. y 1.8.1.2.
del Capítulo Segundo del Título Sexto de la Circular Básica Jurídica, tratándose de pólizas y notas técnicas enviadas para efectos de la autorización de un ramo, se entenderá que la fecha a partir de la cual se utilizan corresponde a la fecha de expedición del presente acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR que de manera previa a la fecha prevista para su utilización, se remita a esta superintendencia, en papel y en medio magnético, el texto de la póliza y la nota técnica, en donde conste la fecha a partir de la cual se utilizan los documentos acogiendo para tal fin la del presente acto administrativo, de conformidad con el procedimiento establecido en la Circular Externa 017 de 2013.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR personalmente al doctor JESÚS SANTIAGO OSORIO FALLA en su calidad de representante legal de METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., o a quien haga sus veces, el contenido de la presente resolución, entregándole copia de la misma, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición ante la Superintendente Delegada para Aseguradoras e Intermediarios de Seguros y Reaseguros, interpuesto en la Secretaría General de esta entidad dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de
Colombia.
SUPREINTENDENCIFAI ANNCIRAED E COLOMBIA
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RESOLUCIÓNN ÚMREÓJ fi DE 2014 HOJAN o. 4
Por la cual se autoriza a METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., para operar el ramo de Seguro de Desempleo.
Radicación: 2013029888-000-000
Proyectó: Lilian Orjuela Cuervo
María Liliana Forero Bote o ·
Revisó: Rodrigo Cerón Arciniegasfi. ,,., .
Luz Elvira Moreno Dueñás !) . •- Superintend&ncirfi 'F inearndacieC olornbis Grupo de Corresp111idrmc1t'i
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
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RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014 HOJA No. 3
Por la cual se autoriza a METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., para operar el ramo de Seguro de Desempleo.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los t.6 Mf\R 201 ¿}
LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA ASEGURADORAS E
INlERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS. t
NA ALIA ESCOBAR MEJiA
130000 Bogotá, D.C Doctor
JESÚS SANTIAGO OSORIO FALLA
Presidente CC: 11.304.420 Carrera 7 No. 99 - 53 Piso 17 o.e. Bogotá (Colombia) ,. 1